INFORME INVESTIGACION ESPECIAL 35-2013 MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA SOBRE EVENTUALES IRREGULARIDADES EN LA EJECUCION DE PROYECTOS EN EL CONDOMINIO MANO DEL DESIERTO - AGOSTO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565135038

INFORME INVESTIGACION ESPECIAL 35-2013 MUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA SOBRE EVENTUALES IRREGULARIDADES EN LA EJECUCION DE PROYECTOS EN EL CONDOMINIO MANO DEL DESIERTO - AGOSTO 2014

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2014
EmisorRegional Antofagasta
ServicioMUNICIPALIDAD DE ANTOFAGASTA
Número de informe35/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, es posible concluir lo siguiente:

  1. En relación con lo expuesto en el numeral 1 de este informe, sobre una presunta donación de la anterior Alcaldesa de Antofagasta por la suma de $2.500.000, para la confección de instructivos familiares y llaveros, cuya inversión no habría sido rendida a la comunidad del Condominio Mano del Desierto, este Organismo de Control debe desestimar tal reclamo, dado que no se hallaron registros en la Municipalidad que den cuenta de dicha operación.

  2. Respecto del cobro de gastos comunes reclamado por la recurrente, esta Entidad Fiscalizadora debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre la materia, porque no le corresponde intervenir en asuntos o problemas entre particulares, tal como se precisó en el apartado 2 del presente informe.

  3. Sobre lo expuesto en el acápite 3, referente al cobro de $100.000 a las 148 familias integrantes del condominio, para destinarlos a la pavimentación de calles del recinto, esta Contraloría Regional debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre la materia, dado que se trata de recursos o aportes privados, y porque la situación descrita constituye un conflicto entre particulares.

  4. En cuanto al pago de energía eléctrica al contratista Silvia Cuevas Suárez, ascendente a $4.000.000, descrito en el numeral 4 de este informe, corresponde precisar que este Organismo de Control carece de competencia para intervenir en las actuaciones de las organizaciones comunitarias, o en situaciones producidas en su interior, y por ende, debe abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre el particular.

  5. En referencia al reclamo de la peticionaria, respecto del pago que el SERVIU de Antofagasta efectuó a doña Carla Galaz Romero, por la suma de $2.985.000, en virtud de un mandato especial otorgado a la misma por la EGIS lntegrant Chile Ltda., no se advirtieron hechos ni antecedentes que demuestren la existencia de irregularidades o incumplimientos normativos de los deberes y funciones de la señalada repartición pública, por lo que este aspecto de la denuncia debe desestimarse, de acuerdo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR