Informe Investigación Especial 28 - 15 Municipalidad de Contulmo Relativa a Presuntas Irregularidades - Junio 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 682372601

Informe Investigación Especial 28 - 15 Municipalidad de Contulmo Relativa a Presuntas Irregularidades - Junio 2015

Fecha de Resolución26 de Junio de 2015
EmisorRegional Bío-Bío
ServicioMunicipalidad de Contulmo
Número de informe28/2015
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional
CONTRALORíA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORíA REGIONAL DEL BíO-BÍO
UNIDAD DE CONTROL EXTERNO
REF. N" 601.381/15
RNG/SMS/JOG/vvu. SOBRE SOLICITUD DE
RECONSIDERACIÓN AL INFORME FINAL
DE INVESTIGACIÓN ESPECIAL N" 28, DE
2015, DE LA MU N ICIPALIDAD DE
CONTULMO.
CONCEPCIÓN, 000222" 06.01.2016
Esta Contraloría Regional ha recibido a través
del oficio N" 424, de 20 de julio de 2015, una presentación de don Diego lbáñez
Burgos, Alcalde de la Municipalidad de Contulmo, en el cual solicita reconsideración a
la observación que dice relación con entregas de licencias de conducir a
contribuyentes que registraban domicilio en otras comunas distintas a la de Contulmo,
determinado por esta Entidad Fiscalizadora en el numeral 10, acápite lV.
Conclusiones del informe de investigación especial N" 28, de 2015, sobre presuntas
irregularidades ocurridas en la Municipalidad y en el Departamento de Administración
de Educación de la aludida comuna.
La autoridad edilicia señala en su oficio
N' 424, que en su momento la Municipalidad de Contulmo no se pronunció sobre la
materia, debido a que no se contaban con los antecedentes suficientes para fundar
una respuesta, razón por la cual esta Contraloría Regional procedió a mantener la
observación form u lada.
Agrega, que ninguna de las comunas donde
residen los interesados en obtener, renovar o extender licencia de conducir, está
autorizada legalmente para otorgar licencias de conducir, no así la Dirección de
Tránsito de la Municipalidad de Contulmo, la cual sí cuenta con autorización por parte
del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, por lo que se estimó en su
momento que no existÍa impedimento alguno para efectuar dicho trámite.
Es útil recordar que el artículo 11 de la ley
N' 18.290, Ley de Tránsito, previene en lo que interesa, que "la persona que desee
obtener licencia, deberá solicitarla en la Municipalidad de la comuna donde tenga
residencia. Sin embargo, si ésta no estuviere autorizada para otorgar licencia, el
postulante concurrirá a la municipalidad territorialmente más próxima que estuviere al
efecto".
AL SEÑOR
ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD DE CONTULMO
CONTULMO.
O'Higgins Poniente N" 74, Concepción, fono 41-31 1 3000
www.contraloria.cl - concepción@contraloria.cl

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