Informe de investigacion especial 207-16 departamento de educacion Municipalidad de linares eventuales irregularidades en la contratacion de servicios empresa buses villar ltda - mayo 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 840024638

Informe de investigacion especial 207-16 departamento de educacion Municipalidad de linares eventuales irregularidades en la contratacion de servicios empresa buses villar ltda - mayo 2016

Fecha16 Mayo 2016
Número de informe207/2016
EmisorRegional Maule

OBJETIVO

Verificar la existencia de eventuales irregularidades en que habría incurrido el Departamento de Administración de Educación Municipal de Linares, respecto a las contrataciones realizadas con la empresa Buses Villar Limitada.

CONCLUSIONES

Respecto de aquella observación que se subsana:

La observación contenida en el capítulo II "Examen de cuentas", numeral 3, "Falta de acreditación en pagos", se da por subsanada considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad auditada.

Respecto de aquellas observaciones que se mantienen:

1. En cuanto a la situación representada en el acápite I "Sobre los hechos investigados", punto 2 "Registro de inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores", corresponderá al DAEM, en lo sucesivo, verificar que toda persona que participe en el transporte de menores de edad, no figure en el registro antes descrito, en concordancia con lo dispuesto en la ley N° 20.594. (C)

2. Referente a lo indicado en el mencionado capítulo I, numeral 3, "Situación ocurrida en Escuela D-456, República de Francia", el alcalde deberá informar a esta Contraloría Regional, los resultados de la investigación sumaria incoada.
Adicionalmente, tendrá que fortalecer los procedimientos de control en el proceso de adquisición, con la finalidad de ajustarse a la normativa legal vigente. (C)
3. En cuanto a lo establecido en acápite II "Examen de cuentas", numeral 2, "Pago en exceso de servicios contratados", el alcalde deberá arbitrar las acciones pertinentes a fin de obtener el reintegro de los $8.680.370, pagados en exceso a la empresa Buses Villar Limitada, informando a esta Contraloría Regional en un plazo máximo de treinta días hábiles, contado desde la recepción del presente documento, vencido el cual, y de no obtener respuesta por parte del municipio, se dará inicio al respectivo juicio de cuentas. (AC)

Conjuntamente, la autoridad comunal tendrá que comunicar a esta Sede Regional, los alcances y resultados de la investigación sumaria instruida para determinar presuntas responsabilidades administrativas en los hechos acontecidos en la especie.

4. En lo que atañe al capítulo III "Otras Observaciones", punto 1, "Extemporaneidad en acto administrativo", el municipio deberá ajustar su acometer a lo dispuesto en el artículo 52 de la ley N°...

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