INFORME INVESTIGACIÓN ESPECIAL 12-2014 MUNICIPALIDAD DE POZO ALMONTE SOBRE PRESUNTAS IRREGULARIDADES - OCTUBRE 2014
Fecha de Resolución | 9 de Octubre de 2014 |
Emisor | Regional Tarapacá |
Servicio | MUNICIPALIDAD DE POZO ALMONTE |
Número de informe | 12/2014 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe de Investigación Especial |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas en el cuerpo de la presente investigación especial, y considerando los hechos denunciados por el recurrente, corresponde concluir el trabajo, debiendo la Municipalidad de Pozo Almonte adoptar las acciones correctivas que en cada caso se indican, a fin de subsanar las situaciones irregulares observadas: 1) Respecto de los contratos a honorarios del señor Mauricio Salazar Pincheira, no se encontró evidencia suficiente que permita acreditar con exactitud la ejecución de las labores encomendadas por la Municipalidad de Pozo Almonte a través de los respectivos acuerdos de voluntades. En consecuencia, y sin perjuicio de las acciones legales que esta Contraloría General realice al respecto, corresponde que la autoridad municipal instruya formalmente a las unidades municipales correspondientes y a los propios prestadores para que los servicios contratados por la vía de honorarios, se realicen de conformidad con los respectivos contratos, con antecedentes que respalden el cumplimiento íntegro de los trabajos encomendados, como por ejemplo, los informes de trabajos realizados con las debidas aprobaciones de las jefaturas atingentes, de modo tal de velar por una eficiente y eficaz administración de los recursos municipales, acorde con las normas del decreto ley N° 1.263, de 1975, y evitar un potencial daño al patrimonio público. 2) Sobre el personal municipal que posee doble contratación con la municipalidad y también con la CORMUDESPA, los cuales, además, perciben estipendios por horas extras, se concluye que efectivamente tres funcionarios de la Municipalidad de Pozo Almonte mantenían contratos de honorarios con dicha Corporación en el período 2013 y enero a junio de 2014, para desarrollar labores de apoyo a esta repartición, y además percibieron horas extras pagadas por la entidad edilicia.:
Al respecto, cabe consignar, que del análisis y estudio de los antecedentes y pruebas realizadas, no se acreditó fehacientemente que los servicios contratados se hayan realizado. Asimismo, respecto del personal municipal encargado de resolver materias o asuntos relacionados con dicha corporación dentro de la municipalidad, como en la especie ha ocurrido, corresponde que se instruya y supervise que se abstengan de mantener relación contractual con aquella, a fin de evitar posible trafico de influencias de cualquer forma.:
Aplica dictamen N° 52.542 de 2013, de este Organismo Contralor. 3) Respecto de las inasistencias de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba