INFORME FINAL DE OBSERVACIONES N°41, DE 2010, SOBRE AUDITORÍA DE TRANSACCIONES, DE PERSONAL Y REMUNERACIONES AL INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Fecha de Resolución | 22 de Septiembre de 2010 |
Emisor | Auditoría Administrativa |
Servicio | INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL |
Número de informe | 41/2010 |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Central |
El Instituto Nacional de Propiedad Industrial ha aportado antecedentes que permiten subsanar parte de las observaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 41, de 2010. No obstante, la Institución deberá arbitrar las medidas tendientes a subsanar las observaciones comentadas, las cuales deberán contemplar las siguientes acciones:
1.- Contabilizar los depósitos por la suma de $17.371.898, de acreditaciones no identificadas.
2.- Reiterar a los solicitantes de patentes y marcas, el procedimiento relativo a la acreditación del pago del arancel, esto es, que inmediatamente efectuado el depósito en la cuenta corriente que corresponda, lo acredite ante el Instituto, para comenzar el proceso de peritaje de la solicitud respectiva.:
3.- Registrar las transacciones en el mismo momento en que ocurren a fin de que la información siga siendo relevante y útil para los directivos que controlan las operaciones y adoptan las decisiones pertinentes. tales operaciones y que acredite el cumplimiento de las leyes tributarias, de ejecución presupuestaria y de cualquier otro requisito que exijan los reglamentos o leyes especiales, de acuerdo al artículo 55 del decreto ley N°1.263, Ley Orgánica de la Administración Financiera del Estado, y la Circular 759, de 2003, de esta Contraloría General.
5. Emitir las resoluciones exentas que formalizan los cometidos funcionarios, antes que ocurran éstos.
6.- Regularizar las diversas observaciones efectuadas en cuanto a las horas extraordinarias, respecto de horas realizadas en días sábados, domingos y festivos, así como las diferencias de remuneraciones de las funcionarias Julia Chaparro y Bárbara Devia, y los reintegros por aplicación de reajuste a la base de cálculo del pago de los trabajos extraordinarios del mes de noviembre de 2009.
7.- Restituir los montos cobrados en exceso a las funcionarias Marta Bustamante Aguilar y Mónica Reyes Ruiz, respecto a las obligaciones legales, específicamente a los descuentos por concepto de fianzas.
8.- Ajustarse a la jurisprudencia emitida por esta Contraloría General, además de aplicar la sanción del artículo 65 del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del...
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