Informe final n° 939-2018 Municipalidad de galvarino, sobre remuneraciones pagadas 2017 y 2018- enero 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 840028265

Informe final n° 939-2018 Municipalidad de galvarino, sobre remuneraciones pagadas 2017 y 2018- enero 2019

Número de informe939/2018
Fecha24 Enero 2019
EmisorRegional Araucanía

OBJETIVO

Efectuar una auditoría y un examen de cuentas a las remuneraciones pagadas en la Municipalidad de Galvarino, en el período comprendido entre el 1 de julio de 2017 y el 30 de junio de 2018, con el fin de verificar la legalidad, imputación, fidelidad de la documentación de respaldo, exactitud de los cálculos, proporcionalidad y acreditación.

CONCLUSIONES

• Se constató que la fórmula utilizada para el cálculo de las horas extraordinarias nocturnas, del personal de la entidad edilicia, considera un recargo de un veinticinco por ciento (25%) de la hora diaria de trabajo, sobre el cual se aplica el recargo de un cincuenta por ciento (50%), establecido en la norma, lo que generó un pago en exceso de horas extras nocturnas durante el período auditado de $ 5.738.715.
• Se advirtió que la entidad edilicia consideró como base de cálculo para las horas extraordinarias los conceptos de sueldo base, asignación municipal y bienios, no correspondiendo considerar este último, lo que generó, en definitiva, un pago en exceso en el cálculo de horas extras diurnas del periodo auditado, por un monto total de $ 594.832.
• Se observó que en la base de cálculo para aplicar el impuesto único del personal municipal, no se consideró las horas extraordinarias como tributables, motivo por el cual, durante el período auditado, no se descontó impuesto único por la suma de $ 1.648.389.
• Se verificó que al Director de la Dirección de Desarrollo Comunitario se le pagaron, por concepto de horas extraordinarias nocturnas, un monto de $ 1.446.075, no obstante, las realizaciones efectivas de éstas no pudieron ser acreditadas por el municipio ni por el citado funcionario.
• Se concluyó que la Municipalidad de Galvarino pagó indebidamente a sus funcionarios el incremento previsional contemplado en el decreto ley N° 3.501, de 1980, que fija nuevo sistema de cotizaciones previsionales y deroga disposiciones legales que indica, por la suma total de $ 60.345.683, durante el periodo comprendido entre el mes de abril de 2016 y julio 2017.
• Se estableció que las funcionarias señoras Javiera Bustamante Ulloa y Scarlett Sepúlveda Avello registran 6 y 3 horas de atrasos, sin justificar, equivalentes a $ 82.782 y $ 25.617, respectivamente, no obstante, dichos montos no han sido reintegrados.
Respecto de todos los resultados citados, el municipio deberá acreditar documentadamente el reintegro de los valores mal percibidos, al igual que en los casos en que el servicio deba determinar el cálculo...

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