Informe Final N° 928-17 - Departamento de Salud de San Ramón - sobre Auditoria a las Contrataciones a Honorarios Imputadas Al Programa Servicio de Atencion Primaria de Urgencia - Febrero 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 705820913

Informe Final N° 928-17 - Departamento de Salud de San Ramón - sobre Auditoria a las Contrataciones a Honorarios Imputadas Al Programa Servicio de Atencion Primaria de Urgencia - Febrero 2018

PonenteDe acuerdo con los antecedentes proporcionados por la entidad fiscalizada, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2017, el total de funcionarios de la dotación de salud contratados con cargo al programa Servicio de Atención Primaria de Urgencia, fue de 49 personas, lo que equivale a un gasto total de $ 81 .166.494.
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2018
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago
ServicioDepartamento de Salud de San Ramon
Número de informe928/2017
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral
Departamento de Salud
Municipalidad
de San Ramón
11
11
Informe
Final : 928/2017
26
de
febrero
2018
CONTRJ\LQRÍA GENERAL DE
~
REPÚB~ICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORÍA 3
PUCE.
RE
F.
ICRM
No 13.063/2017
218.571/2017 REMITE
INFORME
FINAL
QUE
INDfCA.
No 2.413/20171
CON
TAA!..OR
IA
GENERA
~
DE
LA
REP
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ICA.
REG!ON
131
SANTIAGO,
28
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234
Adjunto. remito a Ud., para su conocimiento
y fines pertinentes, Informe Rnal No 928, de 2017, debidamente aprobado, sobre
auditoría a las
contratacion~s
.
a honorarios imputadas al programa servicio de
. atención primaria de urgencia, en el Departamento de Salud de la Municipalidad de
San Ramón.
_ Sobre el particular; corresponde que esa
autoridad adopte las medidas pertinentes, e implemente las acciones que
en
cada
caso se señalan, tendientes a
sut;>sanar
las situaciones observadas, aspectos que
se verificarán' en una próxima visita que practique en esa entidad
este
Organismo de
Control. ·
AL
SEÑOR
ALCALDE
DE
LA
MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN
PRESENTE
le
' .
..
Unidad
de Seguimiento de
la
Fiscalía,
de
la
Contraloría General
Unidad
Técnica de Control
Externo,
1 Contraloría Regional Metropolitana de Santi
ago
Unidad
de
Apoyo
al
Cumplimiento, 1 Contraloría Regional Metropolitana de Santiago
,,
...
~t.n
~
..
/..
....
~
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1
CONTRALORÍA
REGIONAL
METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORÍA
3 .
PUCE
_
REF
.
ICRM
No 13.063/2017
218
.5
71/2017 j
2.4\5
/2017 /
REMITE
INFORME
FINAL
QUE
INDICA.
COiffl:!,.L
ORIA
GENERAL
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LA REI'OBLICA
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IÓN
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FES 2016 W 2.
235
·
SANriAGO.
I
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Adjunto,
rem
i
to
a Ud.,
para
su conocimiento
y fines pertinentes, 1 nforme Final No
928
,
de
20
17 , ..debidamente
aprobado
,
sobre
auditoría a las contrataciones a honorarios imputadas al programa servicio
de
atención primaria
de
urgencia, en el Departamento
de
Salud
de
la
Municipalidad
de
San
Ramón
.
Al
réspecto, Ud. deberá acreditar
ante
esta
Contraloría Regional Metropolitana. en
su
calidad
de
secretario
del
concejo y ministro
de
fe
, el cumplimiento
de
este
trámite
dentro
del
plazo
de
diez días
de
~fectuada
esa
sesión.
-
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-RTE
.
ANl'ECED
AL
SEÑOR
SECRETARIO
MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD
DE
SAN
RAMÓN
PRESENTE
CONTRALORtA-GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORÍA 3
PUCE.
REF.
ICRM
No
13.063/201}
No 218.571 /2017 /
No
2.414/20171
REMITE INFORME FINAL QUE INDICA.
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LA
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FEB 2018 W 2.236
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SG22.223e
Adjunto, remito a Ud., para su conocimiento
y fines pertinentes, Informe Final No
928
,
de
2017, debidamente aprobado, sobre
auditoría a las contrataciones. a honorarios imputadas al programa servicio
de
atención
pr
.imaria de urgencia, en el Departamento
de
Salud
de
la
~unic
i
palidad
de
, San Ramón.
A
LA
SEÑORA
DIRECTORA DE CONTROL
MUNICIPALIDAD
DE
SAN RAMÓN
PRESENTE
nte a Ud.,
..
.,
·' .
. CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLiCA
. 1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
ÜNIDAD DE .AUDITORÍA 3 . . .
PUCE.
REF.
'ICRM
No
13
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063
/2017
'N°
'218.571/2017 .
No ·
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RESERVA.
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FINAL QUE INDICA.
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~
·. . ' Adjunto, remito a ·Ud., para su conoCimiento
. , y fines pertiflentes, Informe Final No 928, de· 2011, debidamente aprobadó, sobre
. · . atJditoría a las
~ontrataciones
a honorarios imputadas· al programa
servic~o
de
atención primaria'
de
urgenCia, en el Departameo.to de Salud
de
la Municipalidad de
San Ramón. . · ·
·.
. ..
/
Saluda atentamente a Ud.,
RTE
ANTECED
' '
·.
, ,
CONTRALORIA
GENERAL
DE
LA
REPUBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORÍA 3
Resumen Ejecutivo Informe Final
No
928
de
2017
Departamento de Salud
de
la Municipalidad
de
San Ramón .
'
Objetivo: Realizar una auditoría a las contrataciones a honorarios de la dotación de
salud, imputadas al programa Servicio de Atención Primaria de Urgencia, cuyos
servicios hayan sido efectivamente devengados y pagados durante el período
comprendido entre el 1 de enero al
31
de marzo de 2017, en el
Departa~J~ento
de
Salud de la Municipalidad de San Ramón. Asimismo, verificar si' dicho departamento
cuenta con procedimientos de control de stock y mecanismos de seguridad, para
resguardar los medicamentos que se almacenan en
su
bodega y en las farmacias
de los centros de salud que administra.
Adicionalmente,
se
atendieron dos
presentaciones ingresadas a este Organismo Fiscalizador bajo las referencias
5 168.915 y 179.453, ambas de
201.7,
que denuncian eventuales irregularidades
relacionadas con las contrataciones a honorarios efectuadas por el Departamento
de Salud de la Municipalidad de San Ramón y posibles pérdidas de medicamentos
de la bodega de la farmacia comunal dependiente del aludido depar:tamento.
Preguntas
de
la auditoría
'•
· ¿Los gastos cursados con cargo a los recursos transferidos por el Servicio de
Salud Metropolitano Sur Oriente,
se
enmarcan
en
los objetivos fijados
en
el
programa Servicio de Atención Primaria de Urgencia?
¿La entidad municipal verificó que el personal contratado no· se encuentre
afecto a las inhabilidades de ingreso a la administración pública contempladas
en
el
artículo 54 de la ley No 18._575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado?
¿El municipio cuenta con procedimientos o mecanismos idóneos que le
permitan llevar un control efectivo de la realización de las labores pactadas
en
los
contratos a honorarios?
¿La repartición comunal dispone de un sistema idóneo que permita cont'rolar
y resguardar de manera eficiente y eficaz el stock de medicamentos de la bodega
de la farmacia comunal? ;
Principales Resultados
Se constató que esa municipalidad con cargo a distintos prográmas
financiados con recursos transferidos por el Servicio de Salud Metropolitano Sur
Oriente, desembolsó la suma total
de$
10.901 .227, por la contratación de personas
para cumplir funciones administrativas, gásfiter y guardia, situación que resultó
improcedente, toda vez que las referidas prestaciones no se encuentran
enmarcadas dentro de los objetivos definidos en las resoluciones aprobatorias de
aquellos prograrl)aS,
po
r lo que ese municipio deberá acreditar a este Órgaoo de
Control,
en
el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente
(\
\ / informe, la rectificación de la rendición
efectu~da
al Servicio de Salud Metropo"litano
\4}' l L..
sur
Oriente, correspondiente al año 2017, descontando la cifra individualizada.
,,
y
'
~
estituyéndola
a la
cu
,enta corriente y a los saldos
c.ontables
respectivos. . ·· .
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SA
NTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORÍA 3
Se verificó que ninguno de los 36 prestadores examinados contaba con el
certificado de antecedentes,
ni
con
la declaración jurada de probidad, útiles para el
ingreso a la Administración Pública.
En
el mismo sentido, se comprobó que
28
de
enos, pertenecen a la dotación del Departamento de Salud Municipal,
cu
ya revisión
de sus carpetas personales determinó que
19
no contaban con
el
mencionado
·certificado de antecedentes,
y,
8 no adjuntaban. la aludida declaración jurada de
probidad. Asimismo, respecto de la funcionaria municipal señora Elizabeth Carrasco
· Urrutia, contratada a honorarios en el Departamento de Salud Municipal, se
estableció que
en
su
carpeta individual no
fi.gura
ninguno de los documentos
mencionados, incumpliendo
Jo
preceptuado
en
de
la
precitada ley
Al
respecto, el Alcalde deberá instruir
un
procedimiento disciplinario
. tendiente a determinar las eve.ntuales responsabilidades administrativas que
pudieran derittar de la situación representada, remitiendo el acto administrativo que
así lo disponga a la Unidad de Seguimiento de Fiscalía de esta Entidad de Control,
en
el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe. A
su
vez, procede que esa entidad municipal solicite,
en
su
oportunidad, a las personas
que requiera contratar vía honorarios, los anotados documentos, de manera de
cumplir con lo preceptuado en el anotado artículo 55.
En
tan~o
,
tratándose de los empleados que pertenecen a la dotación del
Departamento de Salud Municipal y a la funcionaria municipal que presenta además
una contratación bajo la modalidad de honorarios, que acredite
en
el
plazo de 60
días hábiles, contado desde la .recepción del presente informe, que el personal
individualizado
en
el Anexo
No
3 cuenta con el referido certificado de antecedentes
y declaración jurada, conforme lo exige la citada norma legal.
1
Se comprobó que ese municipio no contempla mecanismos para validar que
los contratados. a honorarios cumplan los horarios estipulados
en
sus acuerdos de
voluntades y que el contenido de los informes de desempeño que emitan
corresponda a , las acciones .. efectivamente realizadas, lo que genera, como
consecuencia, la imposibilidad de contrastar la ejecución de las horas informadas por
ellos y los días que hicieron uso de permiso administrativo, feriado legal y licencia
médica, hecho que devela que ese departamento actuó sin apego a lo previsto en
,
Jos
artículos y de la ley No 18.575, por
lo
que el municipio deberá implementar
un
mecanismo de control orientado a verificar el estricto cumplimiento de los horarios
estipulados' en los acuerdos de voluntades celebrados bajo la modaüdad de
honorarios.
Se determinó que
en
el libro implementado por la unidad de farmacia del Centro
-de Salud Familiar
La
Bandera, para el control del medicamento fenobarbital, no se
consignaba la entrada y salida del anotado fármaco,
sitt~ación
que transgrede lo
previsto
en
los numerales
57
y 58 .de la resolución exenta No 1.485, de 1996.
La
precitada unidad deberá registrar en el libro habilitado para
el.
control del enunciado
fármaco, el total de los comprimidos adquiridos, a través de la factura
No
158.725,
C\.
V de .2017, ajustar el stock
exi~tente
en esa dependencia, y registrar la entrada y salida
~
1 del mismo, informando de ello en el plazo de 60 días hábiles, contado desde
~
a
.
~
recepción
de este documento.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORÍA 3
PUCE.:
No
13.063/2017
REF No 218.571/2017
UA
No
3 .
INFORME FINAL No
928
,
DE
2017, SOBRE
AUDITORÍA A
LAS
CONTRATACIONES A
HONORARIOS IMPUTADAS AL
PROGRAMA SERVICIO
DE
ATENCIÓN
PAlMARlA DE URGENCIA,
EN
EL
DEPARTAMENTO
DE
SALUD
DE
LA
MUNICIPALIDAD DE
SAN
RAMÓN.
SANTIAGO, 2 6
FEB.
20\8
En cumplimiento del plan anual de
fiscalización de esta Contraloría Regional Metropolitana para
el
año 2017, y
en
conformid.ad
con
lo establecido en los artículos
95
y siguientes de la ley
No
1 0.336,
de Organización y Atribuciones de esta Institución, y
54
del decreto ley
No
1.263, de
1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, se efectuó una auditoría a
las contrataciones a honorarios imputadas al programa Servicio de Atención
Primaria de Urgencia, en el Departamento de Salud de la Municipalidad de
Sañ
Ramón.
La auditoría además, incluyó
el
análisis de
dos denunciéls acogidas a reserva de identidad del recurrente, relacionadas con
eventuales irregularidades en las contrataciones a honorarios efectuadas por
el
Departamento de Salud de la Municipalidad de San Ramón y con pérdidas de
medicamentos en la bodega de la farmacia comunal.
El
equipo que ejecutó la auditoría fue
integrado por
el
señor Adrián Briones Escobar y la señora Jacqueline Airaldi Correa,
auditor y supervisora, respectivamente.
JUSTJFICACIÓN
La
revisión
se
fundamenta
en
el análisis
realizado a la información presupuestaria y contable remitida a esta Entidad de
Control, por los municipios de la Región Metropolitana,
el
que determinó
-en
el
marco del proceso de planificación para
el
año 2017, de este Organismo de
Fiscalización- que
el
Departamento de Salud de la Municipalidad de San Ramón, al
28 de febrero de 2017, presentaba una ejecución presupuestaria del ítem 21-03,
otras remuneraciones, de M$ 190.484, equivalente
al
72,8 % del presupuesto
actualizado a esa data, de M$ 261.386. -
AL SEÑOR
RENÉ MORALES ROJAS
CONTRALOR REGIONAL
(S)
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
PRESENTE
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
_ Asimismo, a través de esta auditoría, esta
Contrataría Regional busca contribuir a la implementación y cumglimiento de los 17
Objetivos de Desarrollo Sostenible, ODS, aprobados por la Asamblea General de las
Naciones Unidas
en
su
Agendé:!
2030, para la erradicación de la pobreza, la
protección del planeta y la prosperidad de toda la humanidad.
En
tal sentido, esta revisión se enmarca en
el ODS
No
16, Paz, Justicia e Instituciones Sólidas.
ANTECEDENTES
GE
NE~LES
Sobre la materia en revisión, cabe precisar
que el programa Servicio de Atención Primaria de Urgencia,
en
adelante, SAPU, se
enmarca dentro del sistema de Atención Primaria de Salud, APS, que constituye el .
, primer nivel de contacto de los individuos, la familia y la comunidad con el sistema
público de salud, administrados por las municipalidades y corporaciones municipales
del país.
En
este contexto, mediante la resolución
exenta No 1
.207, de 16 de noviembre ·de 2016, el Ministerio de Salud, aprobó er
programa Atención Primaria de Urgencia, con el objeto de entregar prestaciones
que, siendo de baja complejidad, aseguren un acceso inmediato y una actuación
oportuna para resolver situaciones-de salud que los usuarios consideran que no
admiten espera y eventualmente salvar situaciones emergentes que pongan
en
riesgo la integridad de la salud y la vida de las personas, constituyéndose
en
la
primera instancia de la salud de -
1?
Red
de Urgencia de Sistema Público de Salud,
que se complementa con el Servicio de Atención Médico de Urgencia SAMU,
encargado del transporte especializado, las Unidades de Emergencia Hospitalarias,
UEH y la red de Camas Críticas del
Servici
Nacional de Salud.
Entre los objetivos específicos del programa están:
.
. Mejorar la accesibilidad y resolutividad de la atención médica de
Emergencia/Urgencia, otorgando atención médica inmediata a la demanda de
la población, en horario alterno a los de funcionamiento de los
establecimientos CESFAM.
Gestionar la demanda de la atención de urgencia-emergencia que requiera
de consultas y referencias a otros niveles.
Aplicar tratamientos y procedimientos· que ayuden a recuperar, estabilizar o
evitar el agravamiento de pacientes en situaciones de urgencia-emergencia.
Derivar y trasladar oportunamente y
en
condiciones de coordinación y
seguridad, aquellos cases que por su complejidad o recursos requeridos
deben ser
ate_ndidos
en
otros establecimientos de mayor capacidaa resolutiva
de la
Re,
d Asistencial.
4
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
Coordinar la conti"!uidad de la atención de la población inscrita
en
la
red
local
de APS , que consulta en los SAPU , realizando la referencia de los
policonsultantes,
entr~
otros, a sus CESFAM de origen.
. . Ahora bien, es dable precisar que el
programa en cuestión establece cuatro modalidades de funcionamiento para
la
atención regular complementaria de la Atención Primaria
d~
Salud, a saber,
el
· "SAPU Avanzado
",
el
"SAPU Largo",
el
"SAPU Corto
''
y el "SAPU Verano", siendo la
modalidad "SAPU Avanzado" y "SA
PU
Corto" las fiscalizadas en esta oportunidad y
que
se
describen a continuación: /
Modalidad ·sAPU Avanzado.
1.
Funciona durante
24
horas al día, los 365 días del año.
2.
Tiene por labor concentrar y resolver la atención de los casos de consultas
por urgencias comunales que requieren mayores y mejores medios de
resolutividad. '
3. Cuenta con médico y enfermera
24
horas al
día
~
6 camillas de observación
por 6 horas, radiología y laboratorio de urgencia, es
el
dispositivo ·de mayor
resolutividad
en
APS.
1
Modalid~d
SAPU Corto.
1 . Funciona durante 67 horas semanales distribuidas en los días hábiles desde
las 17:00 horas hasta·las 24:00 horas, y los días inhábiles desde las 8:00
hasta las 24:00 horas.
2. Cuenta con médico, enfermera, técnico paramédico, oficial administrativo
(optativQ)
y chofer de ambulancia, en cantidad acorde a la población que
atiende. 1
3.
No dispone de servicio de radiología
df?
urgencia ni camillas de observación.
Por
su
parte, la Municipalidad de San
Ramón cuenta con
un
Departamento de Salud dependi'ente de la
Di
rección de
Desarrollo Comunitario, según consta \
en
el
artículo 85, del Reglamento de
Organización Interna de esa entidad comunal, aprobado por
el
decreto alcaldicio
No
2.239, de 22 de noviembre de 2013, y sus modificaciones posteriores.
En
la actualidad, esa repartición edilicia, a
través del precitado departamento, administra tres centros de salud familiar
(CESFAM), dos centros comunitarios de salud mental (COSAM),
un
centro
comunitario de salud familiar (CECOSF), los que se indican· a continuación:
Centro de Salud Familiar La Bandera (CESFAM).
(ex Consultorio San Ramóñ)
(CESFAM).
5
\
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGI
ONAL
METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
Centro de Salud Familiar Gabriela Mistral (CESFAM).
Centro Comunitario de Salud Mental La Bandera (COSAM).
Centro Comunitario de Salud Mental Rinconada (COSAM).
Centro Comunitario de Salud Familiar Modelo (CECOSF).
Por otra parte, y en lo referente al control de
los medicamentos, se estableció que el Departamento de Salud dispone de un
manual de procedimientos para
su
bodega y para las farmacias de
Jos
centros
de
salud, sancionado por el decreto alcaldicio N. 1 .917, de 20 de
·
s~ptiembre
de 2013.
Dicho acto municipal regula, en lo que interesa, la recepción , almacenamiento y
despacho de
Jos
medicamentos que
se
distribuyen desde la bodega central a los
-establecimientos de salud, los que posteriormente
son
entregados a los usuarios, a
través de sus farmacias. -
Cabe mencionar que, con carácter
confidencial, a través del oficio
No
1'6.001
, de 6 de noviembre de 2017, fue puesto
eh conocimiento de la autoridad comunal, el Preinforme de Observaciones No 928,
de igual año, con la finalidad que formulara los alcances y precisiones que a
su
juicio
procedieran, lo que
se
concretó mediante el oficio ordinario No 302, de 5 de
diciembre de la misma anualidad, emitido por el Alcalde de la Municipalidad de San
Ramón.
OBJETIVO
La fiscalizaciÓn tuvo por objeto realizar una
auditoría a las contrataciones a honorarios de la dotación del Departamento de Salud
Municipal, imputadas al programa Servicie de Atención Primaria de Urgencia, cuyos
pagos_ hayan sido efectivamente devengados y pagados durante el período
comprendido entre el 1 de enero al
31
de marzo de 2017, en el Departamento de
Salud de la Municipalidad de San Ramón.
En este sentido, la revisión se orientó a
determinar _si las transacciones cumplen con las disposiciones legales y
reglamentarias; se encuentran debidamente documentadas; sus cálculos son
exactos y están adecuadamente registradas. Todo lo anterior,
en
conco'rdancia
con
la aludida ley
No
1 0.336.
Asimismo, verificar si dicho departamento
cuenta con procedimientos de control de stock y mecanismos de seguridad, para
resguardar los medicamentos que se almacenan
en
su
bodega y
en
las farmacias
de los centros de salud que administra.
Adicionalmente, se atendieron dos
presentaciones ingresadas a este Organismo Fiscalizador bajo las referencias
5 168.915 y 179.453, ambas de 2017,
en
las que se denuncian eventuales
irregularidades relacionadas con las
contratac~ones
a honorarios efectuadas por el
Departamento de Salud de Municipalidad de San Ramón y posibles pérdidas de
6
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
medicamentos desde la bodega de la farmacia comunal, dependiente de la aludida
dependencia.
METODOLOGÍA
El examen se ejecutó de acuerdo con la
metodología de auditoría de esta Entidad Fiscalizadora, contenida
en
la resolución
No 20, de 2015,
qu~
Fija Normas que Regulan las Auditorías Efectuadas por
Contraloría General de la República, y con los procedimientos de control
sancionados mediante la resolución exenta No 1 .485, de 1996,
qu~
Aprueba Normas
qe Control Interno de esta Entidad de Fiscalización, considerando
.el
resultado de la
evaluación de control interno respecto de la materia examinada
y,
determinándose
la realización de pruebas de auditoría en la medida que se estimaron necesarias,
tales como, análisis documental, validaciones en terreno, entre otras. Asimismo,
se
realizó
un
examen de las cuentas relacionadas con el tópico en revisión.
Cabe precisar que las observaciones que
este Organismo de Control formula con ocasión de las fiscalizaciones que realiza,
se clasifican en diversas categorías, de acuérdo con
su
grado de complejidad. En
efecto, se entiende por Altamente complejas
(AC)
/Complejas
(C)
, aquellas
observaciones que, de acuerdo a su magnitud, reiteración, detrimento patrimonial,
eventuales responsabilidades funcionarias, son consideradas de especial relevancia
por esta Entidad Fiscalizadora;
en
tanto, se clasifican como Medianamente
complejas
(MC)
/Levemente complejas
(LC)
, aquellas que tienen menor impacto
en
esos critérios.
UNIVERSO Y MUESTRA
De acuerdo con los antecedentes
proporcionados por la entidad fiscalizada, entre
el
1 de enero y
el
31
de marzo de
2017, el total de funcionarios de' la dotación
de
salud contratados con cargo
al
programa Servicio de Atención Primaria de Urgencia, fue de 49 personas, lo que
equivale a
un
gasto total de $
81
.1
~6.494.
Lqs
partidas sujetas a examen
se
determinaron analíticamente, efectuando la revisión de 26 casos, equivalentes a
un
53,1% del universo antes identificado, cuyo gasto asociado ascendió
a$
67.466.694.
Además} se analizaron partidas adicionales
correspondientes a 1
O personas, 5 de las cuales fueron seleccionadas con
el
propósito de atender las denuncia,s anteriormente individualizadas; mientras que las
5 restantes,
se
escogieron
en
atención a que las labores encomendadas no
guardarían relación con las descritas en la aludida resolución exenta
No
1 .207, de
. 2016, que aprobó
el
programa SAPU.
~
\..¡_
El
total examinado, considerando la
~
J
~uestra
analítica y las partidas adicionales, ascendió a 36 personas contratadas a
~
onorarios,
de acuerdo al siguiente detalle:
7
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ·
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
U
NI
DAD
DE
AUDITORIA 3
CUADRO No 1
TOTAL
MATERIA UNIVERSO MUESTRA EXAMINADO
ESPECÍFICA $ No {*) $ No{*) $ N
o{
*)
Honorari
os
de
vengados y 81.166.494
49
67.466.
694
26
67.466.
694
26
pagados entre enero y
marzo
de
2017
Partidas Adicionales 12.906.959
10
12.906.959 10 12.906.959 10
TOTAL 94.073.453 59 80.373.653
36
80.373.653
36
.,
" ' . .
~
uente
de
lnformac
1o
n: Elaborac
16
n propta sobre la base
de
la mformacton propor
ct
onada por la Mumc1pahdad
de
San Ramón, mediante
co
rreo elec
tr
ón
ico de fecha 7
de
ago
st
o
de
2017.
(*): mero de per
so
nas
La información utilizada fue proporcionada
por la señora Mónica Chacón Ríos funcionaria dependiente. de la Secretaría
Municipal y puesta a disposición de esta Contraloría Regional Metropolitana,
mediante
corr.eo
electrónico de 7 de agosto de 2017.
RESULTADO DE LA
AU
DITORÍA
Del examen practicado, y considerando los
argumentos y antecedentes aportados por
la
autoridad alcaldicia respecto de las
situaciones observadas en este informe, se determinó lo siguiente:
l.
ASPECTOS DE CONTROL INTERNO
El eStudio
de
la
estructura de control interno
y de sus factores .de riesgo, permitió obtener una comprensión del entorno en que
se ejecutan las operaciones, del cual se desprende
Jo
siguiente: '
1 . Organización interna.
La Municipalidad de San Ramón dispone
de
un reglamento de organización y funcionamiento interno, aprobado por el ya citado
decreto alcaldicio No 2.239,
de
2013, cuya última modificación fue sancionada, a
través del decreto alcaldicio
No
493, de 22 de septiembre de 2017, de acuerdo con
lo previsto en el artículo
31
de la ley No 18.695, Orgánica Constitucional de
Municipalidades. Dicho instrumento fija las funciones específicas asignadas a las
distintas unidades involucradas en la gestión municipal, entre las que se encuentra
el Departamento de Salud.
Sobre la materia fiscalizada, el citado acto
municipal establece en el artículo 86, las unidades que dependerán del
mencionado departamento, entre ellas, la Sección
de
Recursos Humanos, a la que
según la letra b), le corresponde realizar la contratación de los funcionarios, A su
\\
\..¿
vez, y en lo que atañe al control de los medicamentos, la letra
f)
del aludido
~
ocument
~
señala q
ue
la Secci
órÍ
de Fa:macia
Comunal
deberá, tanto programar
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UN
lDAD
DE
AUDITORIA 3
los
pe.Pidos
de fármacos como también
r~cibirlos
y distribuirlos a los consultorios,
y almacenarlos en las condiciones de higiene y seguridad necesaria.
En otro ámbito, se comprobó que el referido
reglamento se encuentra publicado
en
la página web municipal,
en
concordancia a
lo dispuesto
en
el artículo de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de
Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo
primero de la ley No 20.285, no determinándose situaciones que objetar.
2. Manual de procedimientos.
El
departamento fiscalizado, mediante la
resolución interna No 23-B, de 4 de abril de 2016, fijó las acciones que corresponde
llev
ar
a cabo
en
el proceso de contratación de personas bajo la modalidad de
honorarios, documento que identifica la línea de responsabilidad de los funcionari0s
participantes en el proceso
en
comento, no constatándose hechos que observar.
tn
este mismo orden, y en cuanto a la
existencia de un manual de procedimiento para el reclutamiento, selección,
cor;¡tratación y pago , como a su vez, para la verificación de las normas sobre
incompatib
il
idades e inhabilidades aplicables a los servidores del Departamento de
Salud, se estableció que esa unidad municipal no cuenta con un documento formal
que describa las rutinas a seguir para las materias señaladas .
.
Lo expuesto, no se ajusta a lo previsto en el
numeral 45, de la resolución exenta No 1.485, de 1996, de este Organismo de
Control,
el
cual consigna que "La documentación relativa a las estructuras de control
interno debe incluir datos sobre la estructura y políticas de una institución, sobre sus
categorías operativas, objetivos y procedimientos de control. Esta información debe
figurar
en
documentos tales como la guía de gestión, las políticas administrativas y
los manuales de operación y de contabilidad".
En
.atención a que la autoridad municipal no
se pronunció sobre la objeción formulada,.
ella debe ser mantenida. 1
Enseguida, y tal como se índicó en el
apartado "Antecedentes Generales", el Departamento de ·salud dispone de un
manual de procedimientos para su' bodega y para las farmacias de los centros de
salud, el que fue formalizado por el
ya
citado decreto alcaldicio N" 1.917, de 2013,
no determinándose observaciones que representar.
1
3. Programas de control.
La
entidad edilicia cuenta con una Dirección
de
ControJ
, conforme lo dispuesto
en
los artículos
15
y 29 de la aludida ley
No
18.695,
encargada
en
términos generales, de realizar la auditoría interna del municipio,
cont
ro
lar la ejecución financiera y presupuestaria municipal, informar trimestralmente
eventuales déficit al concejo municipal y representar al Alcalde los actos que estime
ilegales, entre otras tareas.
9
'
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
Al respecto, se constató que esa dirección
durante el año 2015 desarrolló una ·actividad de control sobre las unidades de
farmacia de los Centros
de
Salud Familíar La Bandera, Dr. Salvador Allende y
Gabriela Mistral, y del Centro Comunitario de Salud Familiar Modelo, según consta
, del informe de auditoría remitido por la directora de esa unidad al Alcalde mediante
el memorándum No 3.324,
de
31
de
diciembre
de
2015.
Sin perjuicio de lo anterior, no se verificaron
revisiones
ni
auditorías en los últimos 3 años, respecto de la contratación a
honorarios en el Departamento de Salud,
lo
que constituye una debilidad de control
interno que se aparta de lo previsto en la resolución exenta No 1.485, de 1996,
de
esta Entidad pe Fiscalización, normas generales, letra e), vigilancia de los controles,
No
38, en cuanto a que los directivos deben velar continuamente por sus operaciones
y adoptar inmediatamente las medidas oportunas ante cualquiera evidencia de
irregularidad o de actuación contraria a los principios
de
economía, eficiencia y
eficacia; y, en concordancia con el capítulo V del mismo instrumento, letra a)
responsabilidad de la entidad, No 72, en lo .concerniente a que la dirección es
responsable de la aplicación y supervisión de los controles internos específicos,
necesarios para sus operaciones, por lo que debe ser consciente
de
que una
estructura rigurosa en este ámbito es fundamental para controlar la organización, los
objetivos, las operaciones y los recursos.
En
su oficio
de
respuesta, el Alcalde no se
refirió respecto de la omisión apvertida, por lo que se mantiene el hecho objetado
inicialmente.
4. Cuenta corriente.
En
torno a ssta materia, se determinó que
ese municipio, para efectos de disponer los pagos derivados de los contratos a
honotarios, habilitó la cuenta corriente No 67582632, Fondos Remuneraciones, del
Banco Santander, respecto de la cual se verificó que esta Institución
Cc
;mtralora
otorgó autorización para su apertura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54
de
la precitada ley No 10.336, sin que se establecieran observaciones que informar.
5.
Autorización de giradores de cuenta bancaria.
En
cuanto al cumplimiento de la obligación
prevista en el artículo 54 de la anotada ley No 10.336, se advirtió que los funcionarios
que a continuación se detallan, qurante el período fiscalizado, contaron con la
autorización
de
este Organismo
de
Control para desémpeñarse como giradores
de
la citada cuenta corriente No 67582632, no determinándose situaciones que
representar.
10
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
CUÁDRO
No
2
NOMBRE
RUTW
W OFICIO CONTRALORÍA
GENERAL
Bernardo Suarez Ortiz
Maritza Cerda Bastías
Ana
Guzmán Carrillo
i
5.541,
de
2014
María
Arángui¡
Muñoz
-
Laura Espinoza Torres -
Kelly Venegas
Grez
4.722,
de
2017
·~
.
Fuente
de
lnformac1on: Elaboración prop1a
sobre
la
base
de
la
1nformac1ón
cons
1
gnada
en los ofic1os N s 5 .541,
d.e 2014 y 4. 722,
de
2017,
de
esta Entidad
de
Control. ·
6.
Cauciones de los giradores de la,puenta bancaria.
\
En
cuanto a las cauciones destinadas a
asegurar
el
correcto cumplimiento de deberes y obligaciones de los giradores de la
cuenta bancaria individualizada en
el
numeral 4 del presente capítulo, las
validaciones efectuadas en
el
S§tema de Información y Control del Personal de la '
Administración del Estado de esta Entidad Fiscalizadora, SIAPER, comprobaron
que, durante
el
período examinado, los funcionarios detallados en
el
punto anterior,
otorga
ron
d.icha
garantía, fal como lo exige
el
artículo 68 de la aludida ley
No
10.336,
no detectándose irregularidades que informar.
7.
Sobre
el
control de fármacos.
En lo relativo
al
control de los
medicamentos, se constató que los fármacos e insumas médicos adquiridos por
el
· departamento
~xaminado
son almacenados
en
su bodega central ubicada en la calle
Vicuña Mackenna
No
1'.758,
de la comuna de San Ramón, unidad que dispone del
sistema RAYEN y una
planiUa
Excel, para
el
registro
de
la entrada y salida de los
anotados productos. Asimismo,
se
estableció que la distribución de aquellos
se
efectúa mediante la emisión de una guía de despacho.
Además, se verificó que
Jos
requerimientos
de los encargados de las farmacias de los centros de _salud
se
realizan, a través
de
correo electrónico o memorándum, y que los productos de que se trata son
controlados por las farmacias de modo similar
al
procedimiento utilizado por la
aludida bodega central.
Cabe puntualizar que los fármacos
psicotrópicos son resguardados
en
la unidad de farmacia del Centro de Salud
Familiar La Bandera, y no en la bodega centtal, atendida las condiciones de
seguridad que brinda dicho recinto, esto es, cámaras de seguridad, caja
fuert~.
entre ·
otros. Para
el
contr-ol
de tales medicamentos, ese recinto de salud utiliza
un
libro
en
el
que
se
consigna la entrada y salida de aquellos, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 18 del decreto
No
405, de 1983, del Ministerio de Salud, que aprobó
el
Re,glamento de Productos Psicotrópicos, en concordancia con el artículo 98, del
~
ódigo
Sanitario,
no
advirtiéndose
as~ectos
que
objetar. .
11
' :
.....
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
8.
Validación del stock físico de los fármacos en los centros de salud.
Con respecto a esta materia, cábe indicar
que, como parte de las actividades de fiscalización, se efectuó una visita el día 22
de
septiembre de 2017, a la bodega central y a las unidades de farmacia del Centro
de Salud Familiar La Bandera, y Centro Comunitario
de
Salud Familiar Modelo, con
la finalidad de verificar la existencia, exactitud, e integridad de los fármacos
adquiridos, a tras de la factura No 158.725, de 28 de marzo de 2017, de la Central
de
Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, por
-Un
total de
$ 864.81
O,
la que incluía la compra de 3.000 comprimidos de anfetamina de 1 O mg;
5.000 comprimidos de diazepam de 1 O mg; y, 6.000 comprimidos de fenobarbital de
1
00 mg, prueba. que para los dos primeros medicamentos no determinó diferencias
entre el stock físico y lo registrado en los libros habilitados para tales efectos.
No obstante lo anterior, respecto del
medicamento fenobarbital, se estableció que el libro implementado para el control
de los mismos, por la unidad
de
farmacia del Centro de Sal
ud
Familiar La Bandera,
no consignaba la entrada y salida del anotado fármaco, figurando como último
registro una entrada de 5.000 comprimidos, el día 28 de septiembre de 2015,
situación que transgrede
lo
previsto en los numerales 57 y 58, de la aludida
resolución exenta No 1.485;
de
1996, de este Órgano de Control, relacionad0s con
la supervisión competente y necesaria para garantizar el logro
de
los objetivos del
control interno.
La -jefatura comunal acompaña en su
respuesta, una fotocopia del libro de control del fármaco fenobarbital que incluye la
guía No 70017771 , relacionada con la factura sujeta a validación No 158.725, de
2017, de cuya revisión se observó que éste consigna 3.000 unidadss, en
, circunstancias que la adqüisición fue de 6,
000
unidades, cantidad que fue adquirida
mediante el precitado documento tributario. Además, informa que la funcionaria
encargada
de
cumplir con
di
labor fue objeto
de
una anotación de demérito.
-Sin perjuicio de la medida informada, y dado
que el libro
de
control en referencia registra menos unidades que las adquiridas, lo
que gene!a una diferencia, se mantiene la observación formulada.
11.
EXAMEN DE LA MATERIA AUDITADA.
Con fecha 10
de
febrero
de
2017, la
Municipalidad de San Ramón suscribió dos convenios con el Servicio de Salud
Metropolitano Sur Oriente, en adelante, SSMSO, para la ejecución del programa
Servicio de Atención Primaria
de
Urgencia, en los establecimientos Centro
de
Salud
Familiar D
r.
Salvador Allende (ex Consultorio San Ramón) y Centro de Salud
Familiar Gabriela Mistral, los cuales fueron formalízados por el municipio, a través
de
los decretos alcaldicios
S.
490 y
491
, ambos de
20
de septiembre
de
2017, por
un total
de$
127.169.609, cada uno, con vigencia hasta el31 de diciembre de 2017.
Según lo establece la cláusula cuarta de
dichos convenios, el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente asigna a la
municipalidad la suma consignada en el párrafo precedente, para .financiar el
12
'
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBUCA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
Programa SAPU en
tos
individualizados centros de salud,
en
la modalidad de SAPU .
Corto.
1
Posteriormente, el 4 de abril de 2017, ese
municipio suscribió un convenio con el referido SSMSO para el desarrollo del
precitado programa
en
el establecimiento Centro de Salud Familiar
La
Bandera,
sancionado mediante el decreto alcaldicio No 419, de 28 de julio de 2017, por la
suma total de
hasta$
341.057.199, con vigeneia hasta el
31
de diciembre de 2017.
Las partes acordaron en la cláusula cuarta de dicho instrumento, que la modalidad
de funcionamiento sería SAPU Avanzado.
En
tanto, la cláusula sexta de los acuerdos
en
comento, dispone que el municipio se obligará a utilizar los recursos entregados
para finañciar las siguientes actividades:
a)
b)
e)
Consultas médicas de urgencia de baja complejidad, en horarios alternos a
los de centros madres, en los SeNícios
de
Atención de Urgencia SAPU.
Aplicación de tratamientos y/o procedimientos terapéuticos médicos o
quirúrgicos de urgencia requeridos, ya sea por médico u otro profesional y/o
despacho de recetas por una vez.
Derivación o traslado en condiciones de estabilización a centros
de
mayor
complejidad de aquellas patologías que no puede resolver localmente.
Ahora bien, el examen de los contratos a
honorarios suscritos por esa entidad comunál, como también de
tos
decretos
alcaldicios que los sancionaron y de las circunstancias que rodearon su celebraciÓn
y ejecución, determinaron las siguientes situaciones:
·
1.
Contratación de profesionales médicos.
Sobre el particular, cabe señalar que el
artículo 1 o de la ley No 20.261 , que Crea Examen Unico Nacional de Conocimientos
de Medicina, Incorpora Cargos que indica al Sistema de
Altá
Dirección Pública y
Modifica la ley 19.664, en lo que interesa, contempla como requisito de ingreso
· para los cargos o empleos de médico cirujano
en
los SeNicios de Salud,
en
los
establecimientos de carácter experimental creados por el artículo de la ley
No 19.650, Perfecciona Normas del Área de la Salud, y en los establecimientos de .
atención primaria de salud municipal, la
r-endición
del examen único nacional de
conocimientos de medicina,
en
adelante, EUNACOM, y
hab~wobtenido
,
a lo menos,
la puntuación mínima que determina el decreto
No
8, de 2009, del Ministerio de
Salud, que aprobó el Reglamento que Establece Los Criterios Generales y
Disposiciones sobre Exigencia, Aplicación, Evaluación y Puntuac!ón Míninia para el
Diseño y Aplicación del Examen Unico Nacional de Conocimientos de Medicina.
A
su
vez, el citado reglamento en
su
artículo
13, establece que el antedicho exam·
en
debe ser
ap~obado
por los médicds cirujanos,
~
;itulados
en
Ch_ile
después del 18 de abril de 2009, y también por aquellos médicos
\"W
cirujanos que hayan obtenido en el país, después de esa misma techa,
el
13 \
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITA
NA
DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AU
DI
TORIA 3
reconocimiento, revalidación o cenvalidaci
ón
de dicho
tulo profesiona
l,
de
ac
uerdo
c9n la normativa aplicable en la materia.
Por su parte, el artículo r de la ley
No 20.816, que Perfecciona Normativa sobre Profesionales y Trabajadores del
Sector Público de Salud, dispone que los médicos cirujanos que, al31 de diciembre
de 2014, se encuentren desempeñando cargos
en
calidad de contratados en los
términos del artículo 14 de la ley No 19.378, que Establece Estatuto de Atención
Primaria de Salud Municipal, o a contrata o sobre la base de honorarios
en
establecimientos dependientes de los Servicios de Salud, sin contar con el Examen
Único Nacional de Conocimientos de Medicina, a que se refiere el artículo 1 o de la
aludida ley No
20.261, podrán mantener sus contrataciones u honorarios por
un
plazo
máximo de dos años contados desde la publicación de esa ley.
Enseguida, el inciso segundo de ese
artículo, prescribe que, dentro del período indicado, "los médicos cirujanos deberán
aprobar'' el EUNACOM "de conformidad a lo que establece la ley No
20
.
261
y su
reglamento
",
añadiendo que transcurrido dicho plazo, "de no haber obtenido la
puntuación mínima para aprobarlo, deberán cesar
en
sus funciones y hacer dejaci
ón
a e sus cargos".
Ahora bi
en
, al tenor del marco normativo
antes expuesto y de acuerdo con la información tenida a la
..v
ista, se constató que la
Municipalidad de San Ramón contrató a los médicos que se detallan
en
el cuadro
siguiente,
en
calidad de honorarios, para prestar sus servicios
en
los centros de
salud de la comuna, respecto
de
quienes no consta que cuenten con .el EUNACOM
rendido y aprobado. '
' CUADRO No 3 ·
, DE
CRETO
ALCALDICIO
QUE
NOMBRE '
RUTW
AUTORIZA
CONTRATACIÓN A
HO
NORARIOS
No FECH
PER
IODO
An
dr
és
Ruiz Miranda
Bea
tr
iz Villalobos Tarqui
01
/
01
/2
017
al
Claudia Harambillet Watkins
David
rdova Viera 68 30/
01
/2017 28/02/2
017
.
Javier Villamiz
ar
Arellano
271
16
/
03
/2017
01
/
03
/2
017
al
Juan Ricaurte Crespín
María Mendie
ta
Za
mbra
no
31
/05/2
017
Wil
mer
Núñez Anava
..
Fuente d_e Info
rma
ción: Elaborac1on prop1a sobre la base de los expedientes y contratos a honorarios
proporcionados por la Municipalidad de
Sa
n
Ram
ón.
En
su respuesta, la autoridad alcaldicia
señala que los profesionales médicos Wilmer Núñez Ana ya, Juan Ricaurte Crespín
y Beatriz Villalobos Tarqui, se encuentran debidamente inscritos para rendir el
examen
en
comento o bien .
en
fase de aprobación d.e la parte práctica, acompañañdo
una copia del compropante de la convocator-ia de rendición del EUNACOM.
14
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTI
AGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
Adicionalmente, adjunta copia de
la
aprobación
de
la
referida prueba respecto de
la
profesional Claudia Harambillet
Watkins. ·
Enseguida, 'acerca de los prestadores
Andrés Ruiz Miranda y María Mendieta Zambrano, indica que están inscrjtos para
rendir el examen en el mes de diciembre de 2017. Agrega, respecto de los
contra~ados
señores David Córdova Viera y Javier Villamizar Arellano, que el primero
renunció a sus funciones a contar del11 de mayo de 2017, y que el segundo termi
su contrato el 2 de junio
de
esa misma anualidad , no remitiendo antecedentes que
respalden lo informado para cada uno de los casos cuestionados.
Cabe tener, presente lo manifestado al
respecto por este Organismo de Control, mediante sus dictámenes Nos 83.399, de
2013; 99.7
91
,
de
2014, y 337, de 2016, en orden a que en situaciones especiales y
excepcionales, cuando sea imprescindible a fin de asegurar
la
entrega de las
prestaciones de salud a que se refieren el artículo 19, No
9,
de
la
Constitución Política
de
la
República y el artículo 1 o del decreto con fuerza de ley No 1,
de
2005, del
MINSAL, es admisible que el sistema público de salud recurra transitoriamente a
la
contratación de médicos que no hayan rendido y aprobado el EUNACOM, sin
perjui
ci
o de que la entidad estatal respectiva adopte las medidas tendientes a
procurar que se regularice
la
situación de los facultativos respectivos.
Ahora bien, es del c_aso indicar que
el
municipio no ha aportado en su respuesta antecedentes que den cuenta de
la
concurrencia en
la
especie de una situación excepcional que, acorde con
lo
expresado en la jurisprudencia administrativa contenida en los dictámenes recién
reseñados, justifique que el municipio haya recurrido a la contratación de médicos
que no contaban con el EUNACOM aprobado;
ni
tampoco que se esté en presencia
de las circunstancias previstas en
la
ley
No
20.985, que intrqdujo modificaciones a
la
citada
ley
No
20.261 .
En
mérito de lo anterior, y atendido que
la
contratación de tales seNidores a pesar de que no contaban con el EUNACOM
aprobado constituye una situación consolidada , se mantiene
lo
obseNado al
....
respecto.
2. Labores ejecutadas con anterioridad a la celebración del contrato.
Efectuado el examen a los contratos de
honorarios celebrados por el municipio, como también a los informes de actividades
emitidos· por los coordinadores SAPU, visados por la Jefa del Departamento de
Salud, se verificó que las personas que se individualizan en el Anexo No 1, realizaron
labores antes de
la
fecha de suscripción de los respectivos convenios.
En
este contexto, cabe hacer presente que
quienes prestan seNicios sobre la base de honorarios tienen como norma reguladora
de sus relaciones con
la
entidad de que se trate, el respectivo convenio, de modo
que las partes se encuentran subordinadas a
lo
acordado por ellos, por lo que resulta
imprescindible, para los efectos de determinar los deberes y derechos que a cada
15
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD DE AUDJTORJA 3
una
le
asisten,
la
efectiva y oportuna. celebración
de
los contratos, conforme
al
principio
de
celeridad, dispuesto en el artículo r. de la ley,
No
19.880, Establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de
la. Admirlistración del Estado; cuestiones
~ue
en
la
especie resultan observables,
atendido
el
desfase indicado (aplica
cr
iterio conte.nido en el dictamen
No
26.904, de
2013; de este Organismo de Control). ·
El Alcalde sostiene en
su
oficio de
respuesté),
en
síntesis, que su actuar tuvo como fundamento la cláusu
ra
décimo
tercera' de los convenios suscritos con el Servicio de Salud Metropolitano Sur
Odente, el cuál señala que "las partes dejan constancia que por tratarse de
un
programa ministerial que· se ejecuta todos los años, las
prestacione~
descritas en
éste se comenzaron a otorgar desde el
01
de enero de 2017, razón por
la
cual dich
as
atenciones se imputarán a los recurso$ que· se transferirán
en
qonformidad a lo
señalado en el presente convenio".
Además, invoca como sustento legal el
principio de servicialidad ·de la administración, contenido en el artículó 1 o de
la
Constitución Polítita, y lo previsto en los artículos y
28
de
la
Concluye, manifestando que en las
circunstancias indicadas se está dando cumplirri'iento al mandato contenído en el
artículo
19
, No _9, de la Constitución Política, que establece que le asiste al Estado
tutelar el derecho a
la
protección
de
la
salud, ya que se trata de medidas que tienen
como propósito facilitar el acceso de
la
poblaci9n a las acciones
de
salud que por
mandato de la ley
1~
corresponde otorgar.
Lós argumentos esgrimidos por esa jefatura
comunai no permiten desvirtuar
lo
observado,
pot
cuanto lo informado
no
se
contra·pone
GOn
el argumento que establ·ece como la norma reguladora de las
re~ac'iones
entre los servidores a honorarios y
la
municipalidad es el respectivo
contrato .. y que dicha convención debe ser
ef~ctiva
y oportunamente celebrada.
De conformidad con
lo
expuesto, y dado que
la
objeción corresponde a un hecho ya acaecido, que no es posible de corregir para
el período examinado, se mantiene
la
observaciól) formulada.
3.
Inhabilidades.
3 ..
1 Ausencia de cláusulas
de
inhabilidades de ingreso en los contratos.
De
la
revisión efectuada a los contratos a
honorarios de la muestra, se comprobó que en la totalidad de ellos no se .incluyó una
cláusula relativa a
la
·aplicación de las normas sobre inhabilidades e
incompatibilidades administrativas establecidas en los artículos 54, 55 y 56 de
la
No 18.575, transgrediendo lo dispuesto por el inciso octavo del artículo so de
la
ley
..
No
19.896, Introduce Modificaciones·
al
Decreto Ley
No
1.263, de 1975, Orgánico de
Administración Financiera del Estado y Establece Otras Normas sobre
Adminis~racjó·n
.
Pres~pves~aria
y de Personal, que prescribe
-e~
lo
que.intere~a~
que
tales ex1.
genc1as
seran aplicables a los contratados a honoranos, deb)endo
deJarse
.
16
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
constancia en éstos, en una cláusula que así
Jo
disponga. El detalle se expone en el
Anexo No 2.
La autoridad municipal corrobora lo
objetado, señalando que se solicitará a la Dirección Jurídica incorporar en los nuevos
contratos a honorarios la disposición sobre inhabilidades e incompatibilidades a que
aludeR los enunciados preceptos legales.
En virtud de lo expuesto, y considerando
que
la
omisión determinada se trata de una situación consolidada, que no
es
posible
regularizar para el período examinado, se mantiene lo observado.
3.2 Falta de certificados de antecedentes y declaración jurada de probidad.
Examinados los expedientes de las 36
personas seleccionadas en la muestra, se determinó que ninguno de ellos adjuntaba
el certificado de antecedentes útil para el ingreso a la Administración Pública ni la
declaración jurada de probidad, documentos que permiten acreditar que
el
respectivo servidor, al momento de ser contratado, no se encuentra afecto a las
inhabilidades contempladas en el artículo 54 de la aludida ley No 18.575, que de
acuerdo con lo concluido en los dictámenes 5 5.620, de 2013 y 53.913, de 2014,
ambos
de
este Órgano Fiscalizador, son plenamente exigibles a las personas
contratadas bajo la modalidad de honorarios.
El
detalle consta en el Anexo No 3.
En este orden , cabe precisar que de los 36
servidores precitados, 28 de ellos, pertenecen a la dotación del departamento de
salud municipal, cuya revisión de carpetas personales determinó que 19 no contaban
con el mencionado certificado de antecedentes, y 8
no
adjuntaban la declaración
jurada
de
probidad, situación que consta en el referido Anexo No
3.
En este mismo sentido, respecto de la
funcionaria municipal señora Elizabeth Carrasco Urrutia, además contratada a
honorarios en el Departamento de Salud, se constató
que
en su carpeta individual
no se encuentra ninguno de los documentos mencionados.
·Las omisiones detectadas, no permiten dar
cumplimiento a lo preceptuado en los artículos 54 y 55 de la.precitada ley
No
1 f}.575,
sobre lo cual, es necesario recordar, que el principio de probidad se consagra en el
artículo 8
°,
inciso primero,
de
·la Carta Fundamental, reiterado en el artículo 13, inciso
primero, de la ley No 18.575, y cuyo concepto se encuentra desarrollado en
el
artículo
52, inciso seguodo, del mismo cuerpo legal, el cual dispone que, "consiste en
observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de
la
función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular''.
Sobre el particular, el Alcalde informa que,
C\
\1 por un error administrativo de la Unidad de Recursos Humanos, no fueron
y proporcionados los antecedentes, los cuáles son aportados en esta ocasión.
Considerando que en.el oficio de respuesta
17
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
no constan los documentos a que alude esa jefatura, y atendido que la falta
comprobada para los servidores a honorarios se trata de una situación consolidada
no susceptible de regularizar para el período auditado, s.e m.antiene lo objetado.
De igual modo, se mantiene
la
observaci
ón
relacionada con los servidores que pertenecen a
la
dotación del Departamento de
Salud Municipal, y que además presentan contratación bajo esa modalidad, como
también
lo
cuestionado acerca de
la
funcionaria municipal señora Elizabeth Carrasco
Urrutia, toda vez que los documentos a que se refiere esa autoridad no fueron
acompañados en su respuesta.
4.
Horas trabajadas en el período en que el funcionario se encontraba haciendo
uso de licencia médica.
En
torno a esta materia, se constató que 3
servidores contratados bajo
la
modal.idad de hoQorarios para cumplir funciones de
médico, en el Programa de Atención Primaria de Urgencia, según consta de los
decretos alcaldicios que sancionan los contratos N°S. 68, de 30 de enero, y
271
, de
16
de marzo, ambos de 2017, informaron horas trabajadas para el referido programa,
en circunstancias que se encontraban haciendo uso de licencia médica en
su
calidad
de fun
ci
onarios del Departamento de Salud,
en
el mismo período. Los casos
objetados
se
muestran en el Anexo No 4.
El hecho advertido, implicó una transgresión
a lo dispuesto en el artículo
51
del decreto N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud,
que Aprueba Reglamento de Autorización de Licencias Médicas por las COMPIN e
Instituciones de Salud Previsional, que establece, en
lo
que interesa, que el
empleadbr deberá adoptar las medidas destinadas a controlar el debido
cumplimiento de
la
licencia de que hagan uso sus trabajacfores. Agregando que,
aquél deberá
res~etar
rigurosamente el reposo médico de que hagan uso sus
dependientes, prohibiéndoles que realicen cualquier labor durante su vigencia,
situación que en la especie no se verificó.
A su vez, lo planteado vulnera lo dispuesto
en los artículos 3
°,
inciso segundo, y 5
°,
de
la
ley No 18.575, ya citada, los cuales
consignan, en lo que pertinente, que
la
administración debe observar en
su
actuar,
entre otros principios, los
de
responsabilidad, control y transparencia.
El Alcalde en
su
respuesta manifiesta que.
dado que los señores Javier Villamizar Arellano y Osear Zavala Agu
il
era en la
actualidad no mantienen vínculo laboral con esa municipalidad, no es posible aplicar
medida alguna sobre· ellos.
Enseguida, acerca de don Andrés Ruiz
Miranda indica que
se
solicitará
la
instrucción de un sumario administrativo para
determinar eventuales responsabilidades administrativas en los hechos
comprobados por esta.Jnstitución Fiscalizadora. ello, sin perjuicio
de
la
anotación
de
demérito de que será objeto, acompañando como prueba
de
ello, los memorándums
N·s 1.914 y 1.916, ambos de 4 de. diciembre de 2017, de
la
Jefa del Departamento
de Salud.
18
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REP-ÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
. UNIDAD DE AUDITORIA 3
Además, n;mitió el memorándum No 1.917,
de igual fecha, mediante. el cual la antedicha jefatura instruyó a las unidades
dependientes de su departamento respetar el reposo médico, prohibiendo a todos
los funcionarios realizar cualquier labor durante su vigencia.
Pese a lo informado por esa autoridad, y en
atención a que lo objetado se trata de
un
hecho ya acaecido que no es posible de
corregir para el período examinado, la observación planteada se mantiene.
5. Falta de sistema de control de jornada pactada.
Según lo previsto en la cláusula segunda de
los convenios que se detallan en
el
Anexo No 5, los honorarios de las personas
contratadas se calculan de acuerdo a lós valores por hora efectivamente realizada,
previo informe de actividades, estableciéndose para tales efectos, los siguientes
horarios y montos asociados a los mismos.
-Médico: lunes a viernes de 17:00 a 23:00, valor hora
de$
13.000; de 23:
01
a 08:00,
valor hora
de$
14.000; y, sábados, domingos y festivos, valor
hor;a
de$
14.000.
-Enfermero SAPU Centro de Salud Familiar Dr. Salvador Allende: lunes a viernes
de 17:30 a
23
:00; de 23:
01
a 08:00; y , sábados, domingos y festivos, por los
períodos enero y febrero, y marzo a mayo, por las sumas
de$
950.000
y$
800.000,
por
cumplir con un tope de 102 y
91
horas dentro de la jornada que señala,
respectivamente.
-Enfermero SAPU Centro de Salud Familiar Gabriela Mistral: lunes a viernes de
17:30 a 23:00; de 23:
01
a 08:00; y, sábados, domingos y festivos, por la suma total
de$
550.000, por cumplir con
un
tope de 72 horas dentro de la jornada que señala.
-'Técnico Superior en Enfermería: lunes a viernes de 17:30 a 23:00; de 23:
01
a
08:00; y sábados, domingos y festivos, valor hora de $ 4.1
OO.
-Rondín: Los horarios
que
percibirá, ascienden a la suma de $ 2.500, por hora
efectivamente realizada.
ConsultadO sobre el mecanismo de control
implementado por ese municipio para verificar la ejecución efectiva de los servicios
contratados, el Jefe
de
Recursos Humanos del Departamento de Salud, mediante el
·certificado S/N°, de 20 de septiembre de 2017, informó que los turnos realizados por
los prestadores para el programa SAPU, son acreditados a través de planillas que
detallan los horarios en los cuales se desarrollaron las labores convenidas,
documento que, según señala, es visado por la Jefa del Departamento de Salud y la
Coordinadora SAPU, indicando además, que tales contratados no disponen de
un
registro de marcación horaria.
A su vez, respecto de las personas que a
continuación se individualizan, quienes prestaron servicios én el Programa Salud
f\
\(
Mental PPV GES y NO GES, en la Atención Secundaria de COSAM
La
Bandera, se ·
"\J
verificó que
sus
contratos consignan en la cláusula segunda que sus honorarios se
19
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
pagarán de acuerdo a los valores por hora efectivamente realizada o días por
servicios prestados, acordándose los horarios y montos que enseguida se detallan:
CUADRO No 4
NOMBRE RU
TN"
CONTRATO HONORARIO
FECHA FUNCIÓN
Pedro Los ho
nor
a
ri
os que percibi
,
Jaque 30/01/2017 Administrativo
asc
ienden a la suma
de
$ 444.444, de
" Lunes a viernes de 17:30 a 23:59
",
Cavada "sábado, domingo y festivos".
Elizabeth Trabajadora Los honorarios que percibirá ,
Carrasco 30/01/2017 ascienden a la suma
de$
444.444, de
Urrutia Social
"Lunes
a viernes de 18:
01
a 21:00".
..
Fuente de Información: Elaborac1on
prop1a
sobre la base
de
los expedientes y contratos a honoranos suscntos
entre la Municipalidad de San Ramón y los prestadores individualizados.
Sobre el particular, el Jefe de Recursos
Humanos del Departamento de Salud , informó mediante certificado S/N°, de
13
de
octubre de 2017, que las funciones que realizan los mencionados servidores se
acreditan, a través del informe de actividades, documen.to_ que lo visa la Jefa del
Departamento de Salud y
el
Coordinador del Programa de Salud de Mental del
COSAM
La
Bandera. . .
1
La
situación indicada precedentemente ,
permite evidenciar que ese municipio no contempló mecanismos de verificación para
validar que se cumplieran los horarios estipulados en dichos acuerdos y que el
contenido de los informes de desempeño emitidos por los servidores corresponda a
las acciones efectivamente realizadas.
Al
respecto, corresponde anotar que
tratándose de las funciones desarrolladas por quienes laboran bajo el régimen de
honorarios sujetos a una jornada,
la
autoridad debe supervisar el cumplimiento de
aquella, debiendo fijar para tal efecto un mecanismo de control de asistencia
obligatorio (aplica criterio contenido en el dictamen
No
68.222, de 2012, de este
Organismo de Control).
Al tenor de lo expuesto, se debe anotar que
la
predicha inadvertencia genera como consecuencia,
la
imposibilidad de contrastar
la
ejecución de las horas informadas por los prestadores a honorarios con los días
en· que ellos, en su calidad de.funcionarios del Departamento de Salud, hicieron uso
de licencia médica.
El hecho antes descrito, devela que el
Departamento de Salud de
la
Municipalidad de San Ramón actuó sin apego a
lo
previsto en los artículos 3° y
, de
la
ley No
18
.575, que indican que la administración
debe observar en su actuar, entre otros principios, los
de
control, responsabilidad ,
eficiencia y eficacia.
En
su respuesta, la autoridad alcaldicia
\\
~
eñala
que los servicios de urgencia y los centros comunitarios
de
salud mental,
'\-)
cuentan con libros para el registro de
la
asistencia qe los funcionarios que laboran
20
CONTRAL9RÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOUTANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
en ellos, y que las funciones pactadas se controlan con el informe que emite el
prestador
de
servicios, el cual es visado por
el
superior a cargo
de
supervisarlo.
En este sentido, es preciso aclarar
previamente que, la observación formulada por esta Entidad Fiscalizadora, dice
relaci
ón
con la falta de un mecanismo que permita validar el cumplimiento de la
jornada pactada con los servidores a honorarios, y no de las labores asignadas a los
funcionarios regidos por la ley No 19.378.
Teniendo en consideración que los
argumentos esgrimid.os por esa jefatura no desvirtúan la observación inicialmente
formulada y
que
lo cuestionado corresponde a una situación consolidada, que no es
susceptible de regularizar para el período auditado, lo objetado se mantiene.
6. Cumplimiento
de
la ley No 20.285.
En el marco de la verificación de la
obligación prevista en el artículo
r,
letra d) de la aludida ley No 20.285, se determi
que el Departamento de Salud de la Municipalidad de San Ramón mantiene en su
banner de Gobierno Transparente la documentación relativa a la dotación de
personas contratadas bajo la modalidad de honorarios, con los correspondientes
pagos, sin
que
se evidenciaran situaciones que observar.
7.
Validaciones en terreno.
En
re
lación con las labores efectivas que
desarrollaron los servidores a honorarios, se procedió a efectuar validaciones en
terreno, el día 5 de octubre de 2017, advirtiéndose las siguientes situaciones:
a) Respecto de los profesionales Javier Villamizar Arellano y Andrés Ruiz
Miranda, RUT
s.
y respectivamente, quienes fueron
contratados para cumplir funciones de médicos en el Programa de Atención Primaria
de Urgencia, según los decretos alcaldicios N"s 68 y 271, de 30 de enero y 16 de
.marzo, en cada caso, ambos de 2017, se constató que informaron horas trabajadas
durante el período en que se encontraban haciendo uso de licencia médica, en su
calidad de funcionarios del Departamento
de
Salud. El detalle pertinente se muestra
a continuación:
21
PROFESIONAL
Javier Villamizar
Are llano
Andrés Ruiz
Miranda,
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
CUADRO No 5
PERÍODO No DÍAS EN LOS CENTRO DE
LICENCIA DÍAS QUE TRABAJÓ SALUD FAMILIAR
MÉDICA
30-01-2017 al 03- 5 02-02-2017 Gabriela Mistral
02-2017 03-02-2017
27/03/2017 al 5 30-03-2017 La Bandera
31
/03/2017
Fuente de Información: Elabora ción ro ia sobre la base de las validaciones en terreno
ef
ectuadas en los cen tros p p
de salud de li'l comuna de San Ramón, el día 5
de
octubre de 2017.
b) Acerca del profesidnal
áscar
Zavala Aguilera, RUT
No
contratado para desempeñar labores como médico
en
el Programa
de
Atención
Primaria
de
Urgencia, conforme los decretos alcaldicios N·s
68
y
271
,
de
30
de
enero
y 16 de marzo, respectivamente, ambos de 2017, se estableció que éste informó haber
desempeñado labores
en
el SAPU del Centro
de
Salud Familiar Gabriela Mistral, el
día 4
de
febrero
de
2017, en circunstan'cias que se encontraba haciendo uso de
licencia médica.
Además, de la revisión practicada en
conjunto con la coordinadora SAPU, doña Natalia Chepu Ramírez, a las respectivas
fichas médicas confeccionadas el mismo día 4
de
febrero·de 2017, se detectó que el
citado profesional médico no registra atención a pacientes.
Cabe precisar·
que
la
revisión del gasto
relacionado con el contrato en comento, se contiene en el numeral 2, del capítulo
111
,
examen
de
cuentas, del presente informe.
Sobre los literales a) y b) precedentes, la
jefatura comunal reitera lo informado para el numeral 4, en cuanto a que atendido
que
los señores Javier Villamizar Arellano y
áscar
Zavala Aguilera
en
la actualidad
no mantienen vínculo laboral con
el
municipio por lo
que
no
es
posible aplicar medida
alguna sobre ellos, y que respecto
de
don Andrés Ruiz Miranda se solicitará la
instrucción
de
un sumario administrativo para determinar eventuales
responsabilidades
admin
i
~trativas
en los hechos comprobados
por
esta Insti
tuc
ión
Fiscalizadora, ello, sin perjuicio de la anotación
de
demérito
que
será objeto, por lo
que
, procede confirmar lo allí concluido,
por
tratarse
de
un hecho consolidado que
no
es
posible
de
regularizar
para
el
período fi_?calizado.
111.
EXAMEN DE CUENTAS
El examen practicado a los pagos derivados
de
las 36 contrataciones bajo el régimen
de
honorarios seleccionadas, durante el
primer trimestre de 2017
ascendente
a$
80.373.653, determinó
que
, en general, las
operaciones se ajustaron a la normativa legal y reglamentaria vigente, además,
de
contar con la documentación de respaldo correspondiente, a excepción
de
los casos
que se indican a continuación:
22
'
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONT-RALORÍA REGIONAL METROPOLIT
ANA
DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
1.
Servicios no incluidos en el programa Servicio de Atención Primaria de
Urgencia, formalizado por
la
resolución exenta No 1.207, de 2016, del
Ministerio
de
Salud.
a) Se constató que esa repartición comunal desembolsó
la
suma de
' $ 6.J87.253, con cargo al programa Servicio de Atención Primaria
de
Urgencia', por
la
contratación de personas para prestar servicios de gasfiter y seguridad.
Al respecto, cabe hacer presente que las
precitadas funciones no se encuentran contempladas en la ya aludida resolución
exenta No 1.207, que aprobó el programa SAPU, por lo que aquellas debieron ser
financiadas con recursos municipales, ya que según lo dispuesto en la cláusula
décima primera del convenio suscrito entre el SS MSO y
la
entidad edilicia, los fondos
transferidos a esa entidad solo podían ser destinados al cumplimiento
de
los
objetivos que el propio acuerdo señala en la cláusula tercera.
Refuerza
lo
anterior,
la
circunstancia de que
la
cláusula cuarta del citado
~onvenio
,
al referirse a
la
dotación mínima que debe
contar cada turno, esto es, un médico; una enfermera; un técnico paramédico;
un
chofe
r;
y,
un
oficial administrativo, optativo, no considera los servicios objetados.
El
detalle se expone en el Anexo No 6 .
b) Se estableció que esa entidad municipal pagó por concepto de honorarios
la
suma
de$
4.113.974, por
la
contratación de personas para ·cumplir las funciones de
administrativo y guardia, con cargo a los programas "GES Odontológico en·
referencia al Componente
2:
Atención dental en embarazadas"; "Modelo de atención
integral de salud familiar y comunitaria en atención primaria
";
"Apoyo
al
desarrollo
biopsicosocial en la red asistencial
'';
y, "Programa· Salud Mental PPV GES y NO
GES, en la Atención Secundaria COSAM
La
Bandera
",
aprobados por las
resoluciones N·s 1.270, 1.275, 1.363 y 1.180,
de
28 y 29 de noviembre, 14 de
diciembre
de
2016 y 7 de abril de 2017, respectivamente, situación que resultó
improcedente, toda vez que las referidas labores no se encuentran enmarcadas
dentro de los objetivos definidos en las resoluciones aprobatorias de los
individualizados programas.
En
el Anexo No 7 se muestran los casos cuestionados.
En
este sentido, es menester consignar
que, en materia de administración de haberes públicos,
el
Estado y sus organismos
deben observar el principio de legalidad del' gasto, conforme al cual los egresos que
se autoricen con cargo a esos fondos, solo pueden emplearse para los objetivos y
situaciones expresamente contemplados en
la
regulación presupuestaria,
la
que
debe ser interpretada en forma estricta, tal como lo han señalado, entre otros, los
dictámenes
Nos
15.010 y 50.611, ambos de 2009, 14.880, de 2010 y 67.450, de
2012, de este Organismo de Control.
_ Respecto del monto observado en
la
letra b)
precedente, cabe puntualizar que no fue posible examinar los egresos N"s 382 y 456,
correspondientes al pago
de
los honorarios de los meses de febrero y marzo de
2017, del señor Pedro
~aque
Cavada,
por$
444.444
y$
555.555, respectivamente;
(\
V y, 435, relacionado con el pago de los servicios prestados en el mes de marzo de
"\Jl)
igual anualidad, por
el
señor Pedro Jaque Olguín, por $ 444.444, debido a que,
23
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
según lo informado por la Tesorería Municipal, mediante
er
memorándum
No
431, de
11
octubre de 2017, tales documentos fueron incautados por la Poficía de
Investigaciones de Chile (POI), el día 2 de octubre de 2017.
Acerca
de
to
obseNado en la letra
a)
, ·la
autoridad municipal indica, en síntesis, que la naturaleza de las labores
encom.endadas para el SeNicio de Atención Primaria de UrgenCia determinó la
necesidad de contratación de dicho personal, agregando que solicitará al SSMSO
incorporar al convenio que suscriban para el ejercicio . ?018, las prestaciones
cuestionadas, ya que
en
su opinión corresponden ser financiadas con cargo
al
programa examinado.
En cuanto a la situación
exp1,.1esta
en la letra
b), el jefe comunal·ma.nifiesta, en lo que interesa, que la designación de personal
para desempeñar las funciones de auxiliar, administrativo y guardia, es
absolutamente necesaria para el correcto cumplimiento de las disposiciones
establecidas en los respectivos convenios. Enseguida, funda su decisión en el hecho
de que fas rendiciones de cuentas presentadas en anos anteriores y que incluían
gastos derivados de este tipo de contratación, fue(on aprobadas sin objeciones por
el SSMSO. .
Los argumentos esgrimidos por esa jefatura
comunal no permiten desvirtuar lo objetado, toda vez que no justifican que
el
municipio haya solventado con los recursos del programa SeNicio de Atención
Prrmaria de Urgencia, contrataciones a honorarios
que
requiere para ámbitos
divérsos a los admitidos por los convenios suscritos al efecto, motivo. por el cual, se
mantiene la observación formulada.
2. Pago total por prestación de seNicios parciales.
Como ya se mencionara en la letra b), del
punto
No
7, acápite
11,
examen de la materia auditada, el profesional Ósea
!'
Zavala
Aguilera; RUT No· , contratado para desempeñar labores como médico
en el Programa de Atención Primaria de
Urgencic;t
, informó haber desempeñado 14
horas en el SAPU del Centro de Salud Familiar Gabriela Mistral, el día 4 de febrero de
2017, a pesar de que se constató ·que en esa fecha· se encontraba haciendo uso de
licencia méqica. Sin embargo durante
ese
día no registra atención de pacientes, según
la verificación efectuada por esta Entidad Fiscalizadora a las fichas médicas
confeccionadas
en
la misma data.
En efecto, se observó que el municipio pagó
la suma
de$
'196.000, al señor Zavala Aguilera, correspondiente a 14 horas, por el
f"\.
'\1 día cuestionado, lo que
resuJtó
improcedente, porque se encontraba con reposo
~
médico. El detalle se ei}CUehtra contenido en el cuadro siguiente:
.
1
24
NOMBRE N •
Osear Zavala
52
7
Aguilera
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL.METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
CUADRO
No
6
BOLETA
DE
HONORARIOS
EGRESO
VALOR
MONTO
POR PAGADO
MONTO
MON
TO
HORA
POR HORAS
NO
LIQU
I
DO
IMPUESTO
TOTA
L N•
FECHA
TRABAJADAS
$ $ $ $ $
1.337.400 148.
600
1.486.0
314 09-03-2017 14.
000
196.000
TOTAL
PA
GADO
POR
HORAS
NO
TRABAJADAS .196.0 00
..
Fuente de Información: Elaborac1on propia sobre la base del egreso y boleta
de
honoranos proporcionados por
la Municipalidad de San Ramón.
En
su respuesta, el Alcalde informó que
considerando que el profesional Óscar Zavala Aguilera actualmente no mantiene un
vínculo laboral con el Departamento de Salud, se solicitará a la Dirección de Jurídica
Municipal adoptar las medidas pertinentes para recuperar los recUfsos que
improcedentemente se pagaron al individualizado servidor, por lo que corresponde
mantener lo cuestionado, en atención a que esa autoridad no informa gestiones
concretas para regularizarlo.
CONCLUSIONES
Atendidas las consideraciones expuestas
durante el desarrollo del presente trabajo , y que la Municipalidad de San Ramón no
aportó antecedentes
ni
informó acciones que permitieran salvar las situaciones
representadas en
eJ
Preinforme de Observaciones
No
928, de 2017, de esta 1
Contraloría Regional Metropolitana, deben estas mantenerse en su totalidad.
En
lo
c
a lo expuesto en el
acápite
111,
examen de cuentas, numeral 1, letras a y b), relacionadas con
la
contratación de servicios no
in~luidos
en los programas Servicio de Atención
Primaria de Urgencia; GES Odontológico en referencia al Componente
2:
Atención
dental en embarazadas; Modelo de atención integral de salud familiar y comunitaria
en atención primaria; Apoyo al desarrollo biopsicosocíal en
la
red asistencial; y,
Programa Salud Mental PPV GES y
NO
GES, en
la
Atención Secundaria COSAM
La
Bandera, por un total de $ 10.901.227 (AC)1, esa entidad comunal deberá
acreditar a este Órgano
de
Control, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde
la
recepción del presente informe,
la
rectificación de
la
rendición efectuada al Servicio
de Salud Metropolitano Sur Oriente, correspondiente
al
año 2017, descontando
la
cifra individualizada, y restituyéndola a
la
cuenta corriente respectiva y a los saldos
contables respectivo.
En
cuanto a
lo
indicado en el apartado
11,
examen de
la
materia auditada, punto 3.2 , concerniente a
la
falta de certificados de
antecedentes y declaración jurada
de
probidad, (AC)2, el Alcalde debera instruir
un
procedimiento disciplinario tendiente a determinar las eventuales responsabilidades
1 AC: Observación Altamente Compleja: Rendiciones presentadas con adulteraciones.
2 AC: Observación Altamente Compleja: Incumplimiento legal respecto a inhabilidades e incompatibilidades
25
CONTRALORÍA GENERAL DE-
LA
REPÚBLICA
1 CQNTRALORiA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
administrativas que pudieran derivar
de
la situación representada, remitiendo el acto
administrativo que así lo disponga a la Unidad de
Seguimi~nto
de
Fiscalía
de
esta
Entidad
de
Control, en el plazo
de
15 días hábiles, éontado desde la recepción del
presente
i11forme.
En lo
que
atañe a lo establecido en los
numerales 4 y 7, literales a) y b), atingentes a horas trabajadas en el período en que
los funcionarios
se
encontraban hac.iendo uso
de
cencia médica y validaciones en
terreno, (ambas C)3, ese municipio deperá remitir el acto administrativo que dispuso
el proceso administrativo que alude en su respuesta, a la Unidad
de
Seguimiento de
Fiscalía
de
este Organismo
de
Control, en el plazo de 15 días hábiles, contacto
de
la
recepción del presente informe.
Respecto
de
aquellas observaciones que se
mantienen, esa entidad comunal debefá adoptar las medidas pertinentes
con
el
objeto
de
dar
estricto cumplimi'ento
~
las hormas legales y reglamentarias que las
rigen, entre las cuales se estima necesario atender, a lo menos, las siguientes:
1. Sobre lo \observado en el capítulo
1,
aspectos
de
control interno, numeral 2, referido a la falta
de
un manual
de
procedimientos que fije los cursos
de
qcción respecto del reclutamiento, selección,
contratación y pago, como a su vez, para la verificación
de
las normas sobre
incompatibilidades e inhabilidades aplicables a
IÓs
servidores del Departamento de
Salud, (C)4, e.sa entidad edilicia deberá confeccionar dicho instrumento en armonía
con lo previsto en el numeral 45,
de
la resolución exenta
No
1.485,
de
1996,
de
esta
Entidad Fiscalizadora, y proceder a sancionarlo a través del decreto alcaldicio
respectivo,
de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo
de
la ley
No
19.880, lo que
deberá
ser
acreditado documentadamente en el plazo
de
60 días hábilesJ contado
desde la recepción del· presente informe.
En torno a lo indicado en el numeral
3,
atingente a la omisión
qe
programas
de
control,
(MC)~.
el municipio deberá
inch.,IÍÍ"
en
su planificación la realización
de
auditorías sobre la materia examinada, ppra así
dar
cumplimiento a lo.s numerales 38 y 72 , letras e) y a), respectivamente, de la
resolución exenta
No
1.485,
de
1996, de este Ente Fiscalizador.
En /relación con lo mencionado en ef
numeral
8,
alusivo a la, validación del stock físico
de
los fármacos en los centros
de
salud (AC)6,
la
unidad de farmacia del Centro
de
Salud Familiar La Bandera deberá
registrar en el libro habilitado para el control del medicamento fenobarbital el total de
los comprimidos adquiridos, a través de la factura
No
158.725,
de
2017, y ajustar el
stock existente en esa dependencia, ¡'nformando
de
ello eh el plazo de 60 días
hábi!es, contado desde la recepción
de
este documento.
3 C: Observación Compleja: Falta de ·revis.ión de operaciones, procesos y actividades .
4
C:
Observación Compleja: Falta de revisión de operaciones, procesos y actividades.
5
MC
: Observación Medianamente Compleja: Incumplimiento de procedimientos que dicta la ho.rmativa.
6 AC: Observación Altamente Compleja: Inexistencia de los bienes adquiridos o falta
de
justificación de
su
entrega ..
26
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE· AUDITORIA 3
2. Referente a lo planteado en el
apartado
11,
examen de la materia auditada, numeral1, contratación de profesionales
médicos, (MC)5, la municipalidad deberá solicitar, en su oportunidad, a los
profesionales médicos que requiera contratar, los documentos que acrediten que
aquellos aprobaron el examen único nacional de conocimientos de medicina
(EUNACOM), de conformidad con lo establecido en la ley No 20.261.
En cuanto a lo observado en el numeral 2,
concerniente a labores ejecutadas anteriores a la celebración del contrato,
(LC)Z,
la
municipalidad deberá velar por la oportunidad
en
que se materialicen los acuerdos
de voluntades, conforme al principio de celeridad, dispuesto en el artículo r , de la
ley
No
19.880 ..
Acerca de lo señalado en el punto 3.1, que
dice relación con la ausencia de cláusulas de inhabilidades
de
ingreso en los
contratos, (MC)8, ese órgano edilicio deberá, en lo sucesivo, incluir en las
convenciones
que
celebre una estipulación relativa a la aplicación de las normas
sobre inhabilidades e incompatibilidades administrativas previstas en los artículos
54, 55 y 56 de la ley
18.575, con el fih de dar cumplimiento a lo indicado en el
inciso octavo del artículo , de la ley
No
19.896.
Tratándose de lo establecido en el punto
3.2, referido a la falta
de
certificados de antecedentes y declaración jurada de
probidad, (C)9, procede que esa entidad municipal solicite los anotados documentos,
en
su
oportunidad, a las personas que contrate bajo la modalidad de honorarios, de
manera de cumplir con lo preceptuado en el artículo 55, de la antedicha ley
18.575. Asimismo, en cuanto a los empleados que pertenecen a la dotación del
departamento de salud y a la funcionaria municipal quien además, está contratada
bajo la modalídad de honorarios, la repartición comunal deberá acreditar en el plazo
de 60 di as hábiles, contado desde la ·recepción del presente informe, que las
personas individualizadas en 'el Anexo . No 3 cuentan con el certificado de
antecedentes y declaración jurada de probidad, conforme lo exige la citadcr-norma
legal.
En torno a lo expuesto en los numerales 4 y
7, literales a) y b), atingentes a horas trabajadas en el período en que los funcionarios
se encontraban haciendo uso de licencia médica y validaciones
en
terreno, (ambas
C)1
o,
ese municipio deberá establecer
un
procedimiento que permita controlar el
debido cumplimiento de la licencia médica de que hagan uso los empleados del
Departamento de Salud que presenten además contratación a honorarios, de
manera de evitar
que
informen horas trabajadas en esta última calidad durante el
lapso de reposo médico.
1 LC : Observación Levemente Compleja: Incumplimiento de procedimientos que dicta la normativa.
6 MC: Observación Medianamente Compleja: Incumplimiento de procedimientos que dicta la normativa.
9 C : Observación Compleja: Falta
de
docum.entación
de
respaldo.
1° C : Observación Compleja: Falta
de
revisión de operaciones. procesos y actividades.
27
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1
CONTRAtORÍA
REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNlD,A,D
DE
AUDITORIA 3
En lo concerniente a
Jo
· observado en el
numeral
5,
relativo a la falta de un sistema de control
de
jornada pactada, (C)
11
; la
municipalidad deberá implementar un mecanismo
de
control orientado a verificar el
estricto cumplimiento
de
los horarios estipulados en los acuerdos de voluntades
celebrados bajo la modalidad de honorarios.
3.
Respecto a lo .i(ldicado en el ac$pite
111,
examen
de
cuentas, ·numeral 1, letras a y b), relacionadas con la contratación-de
servicios no incluidos en el programa Servicio de Atención Primaria de Urgencia,
(AC)
12
, esa entidad comunal deberá ceñirse estrictamente a lo dispuesto por el
Ministerio de Salud, a través de
la
resolución que aprueba el programa SAPU, y a lo
pactado en los convenios
que
suscriba con el SSMSO, referido .a
que
los fondos
remitidos sean destinados al cumplimiento de los objetivos allí estableci.dos.
A su turno, sobre lo mencionado en el
numeral 2, que atañe al pago total por prestación de servicios parciales, (AC)13, la
'municipalidad deber'á demostrar documentadamente, en el plazo de 60 días 'hábiles,
contado desde
.
1~
recepción de este documento, las gestiones
de
cobro realizadas
para
recupe.Far
la suma de $ 196.000, pagada indebidamente al señor
áscar
Zavala
Aguilera.
Finalmente, para aquellas observaciones
que se
man_tienen
, la Municipalidad de San Ramón deberá remitir el "Informe de
estado de observaciones
";
de acuerdo
al
formato adjunto en el Anexo
No
8, en el
plazo de 60 días hábiles, o el que se haya estable.cido en cada caso, contado desde
la recepción del ·presente informe, comunicando las medidas adoptadas y
acompañando los antecedentes de respaldo
respectivo~.
Transcríbase al Alcalde de la Municipalidad
de San Ramón, al Concejo Municipal y a la Dirección de Control de dicha entidad
edilicia; y a la persona denunciante.
Saluda atentamente a Ud. ,
MANUEL
ALVAREZ
SAPUNAR
JEFE
UNlOAO
DE
AUDlTORIA
3
1
CONTRALORlA
REGIONAL
METROPOUTANA
DE
SANTtAGO
\\V 11 C: Observació
t1
Compleja. Incumplimiento
de
asistencia y control horario.
~
12 AC: Observación
Altament~
Compleja
~
Rendiciones presentadas con ·adulteración.
13
AC.
: Observación Altamente Compleja. Error en el cálculo de los valores que establece
el
convenio.
28
\
'
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
'UNIDAD DE AUDITORIA 3
ANEXO
No
1
DETALLE DE PRESTADORES DE SERVICIOS CON LABORES EJECUTADAS ANTERIORES A
LA
CELEBRACIÓN DEL '
CONTRATO
-
-
CALIDAD FECHA
IN
ICIO W DIAS DE
JURÍDICA
EN
LABORES FECHA ATRASO EN
No
NOMBRE DOTACIÓN DE RUT
No
CARGO SEGÚN SUSCRIPCIÓN ELABORACION
SALUD 1 INFORMES DE CONTRATO CONTRATO
1 HORAS
/
Andrés
Ru
iz 03/
01
/2017 30/
01
/2017 27
1 Miranda 1 Plazo Fijo Médico 02/03/2017 16/03/2017 -14
'
Beatriz 04/
01
/2017 .
30
/
01
/2017 26
2 Vi
ll
alobos Plazo Fijo Médico '
01
/03/2017
Tarqui 16/03/2017 15
· Claudia 02/01/2017
30
/01/2017 28
3 _HarambiUet Plazo Fijo Médico -
Watkins ' 04/03/2017 16/03/2017 12
.
4 David Córdova
~
l
azo
Fijo Méd ico 02/
01
/2017
30
/
01
/2017 28
Viera , ---
' 03/01 /2017
5 - Ernesto Salas Plazo Fijo Médico 30/01 /2017 27
Carabaño 07/03/2017 16/03/2017 9 .
Javier
01
/
01
/2017
30
/
01
/2017 29
- 6 Vi
ll
amizar Plazo Fijo Médico
Are
ll
ano
01
/03/2017 16/03/2017 15
'
Juan Ricaurte . 02/
01
/
201
T 30/01/2017 28
7 Crespín Plazo Fijo -Médico 05/03/2017. 16/03/
2017.
11
' Karla
01
/
01
/2017 30/
01
/2017 . 29
8 Rodríguez Plazo Fijo Médico
Requiz 03/03/2017 16/03/2017 -13
..
29
-
CA
LI
DAD ,
'-
JURÍDI
CA
EN
No
NOMBRE DOTACIÓN
DE
SALUD
Katherine
9 Jaque Cavada_ Plazo Fijo
/ -
María Mendieta
10 - Plazo Fijo·
Zambrano
Matías Moreno
11
Venegas Plazo Fijo
~
12 Osear Zavala Plazo ·Fijo 1
Aguilera '
13 Tito Gabino Plazo Fijo -
Zúñiga
Wiímer Núñez -
14 · Plazo Fijo
· Anaya
' . Andrea
15 Machuca -Indefinido
Pon ce .
Cynthia Rojas
16 Indefinido
Vilches
Daniela Castillo·
17 Zúñiga Indefinido
18 · Fernanda Ríos Indefinido
Rozas
Irene Rubio
19 Indefinido
Riquelme
_CQNTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
ICONTRALORÍA
R-EGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UN
I
DAp
DE
AUDITORIA 3
'
FECHA
IN
ICIO
' LABORES FECHA
RUT
No
CARGO SEGÚN SUSCRIPCIÓN
INFORMES DE CONTRATO
.HORAS '
. TENS 03/
01
/2017 30/
01
/2017
' 04/03/2017 16/03/2017
03/
01
/2017 30/
01
/2017
Médico 03/03/2017 ' 16/0i3/20 1 7
01
/
01
/2017 30/
01
/2017
Médico
01
/03/20 17 16/03/2017
Médico -02/03/2017 16/03/2017
-
Médico
01
/
01
/2017 30/
01
/2017
06/03/2017 16/03/2017
-1
Médico 04/
01
/2017 30/
01
/2017
03/03/2017 16/03/2017
03/
01
/2017 30/
01
/2017 -
TENS 02/03/2017 16/03/2017
02/01/2017 30/
01
/2017
TENS 08/03/2017 16/03/2017
'
01
/01/2017 30/
01
/2017
Enfermero/a
1)
1 /03/2017 16/03/2017
TENS
04/01 /2017 .30/01 /2017
01/03/2017 16/03/2017
01
/
01
/2017 30/
01
/2017
TENS
.
~
01
/03/2017 16/0.3/2017
30
No
DIAS DE
ATRASO
EN
ELABORACION
-CONTRATO
27 . '
12
27 -
13
29
15
14
29
10
26
13
27
. 14
-28 -
-a
29
15
26
15
29
15
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3 , . .
-1 FECHA INICIO -
-CALIDAD W OlAS
DE
' JURÍDI
CA
EN LABORES FECHA ATRASO
EN
No
NOMBRE RUT
No
CARGO SEGÚN SUSCRIPC IÓN \
DOTACIÓN
DE
ELABORACI
ON
SALUD
INFORMES
DE CONTRATO CONTRATO
-HORAS \ -
'
20 Jorge
Indefinido -Enfermero
01
/
01
/2017 30/
01
/2017 ' 29
Pineda .
01
-/03/2017 16/03/2017 15
-02/
01
/2017 30/
01
/2017 " 28
Lorena Guiñez '
21
. Indefinido · TENS
Vergar.a · 1
01
/03/2017 16/03/2017 15
22 Luz Correa Indefinido TENS
01
/
01
/2017 30/
01
/2017 29
Leyton 1 02/03/2017 16/03/2017 14
Marcela
Ga.stro
lrtaefinido 04/
01
/
201-7
30/
01
/2017 26
23 San Martin TENS ' .
04/03/2017 16/03/2017 12
. Pamela
~
.
01
/
01
/2017 . 30/
01
/2017 29
24 Cepeda Indefinido TENS 04/03/2017 16/03/2017 12
-Patricia ' ' 04/
01
/2017 30/
01
/2017 26
25 Escobar Flores Indefinido Médico
01
/03/2017 16/03/2017 15
Patricio Garrido
01
/
01
/2017 30/
01
/2017 29 '
26 Astudi
ll
o Indefinido · TENS'
-05/03/2017 16/03/2017 .
11
ctor Esparza 01(01 /2017 30/
01
/2017 29
27 N/ A Rondín
Rodríguez . 02/03/
201
7 : 1_6/03/2017 14
Luis Astudi
ll
o
01
/
01
/2017 25/
01
/2017 24
28 / Fuentes
~
N/ A Rondín
01
/03/2017 16/03/2017 15
Humberto \
01
/
01
/2017' 30/
01
/2017 . 29
. 29 Pacheco N/ A . . Rondín '
Abarca
01
/03/2017 16/03/2017
f5
31
CALIDAD
JURÍDI
CA
EN
No
NOMBRE DOTACIÓN DE
SALUD
Guill ermo
30 Qu
il
aqueo N/ A
Millapán
31
Carlos Ortiz N/ A
' Morales
32 Pedro Jaque Plazo Fijo
Cavada
Gui
ll
ermo -
':
33 Rodríguez N/ A
Labruyer
34 Marcelo Cruz N/ A
Jaque
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
·
uNIDAD
DE
AUDITORIA 3
'
FECHA INIC IO
LABORES FECHA
-
RUTW
CARGO SEGÚN
·SUSCR
IPCIÓN
INFORMES DE CONTRATO
HORAS . -
' r
/ 03/
01
/2017 30/
01
/2017
· Rond'ín 01/03/2017 16/03/2017
Gásfíter
01
/
01.12017
30/
01
/2017
01
/03/2017 16/03/2017
'
Administrativo
01
/
01
/2017 30/
01
/2017
l -
Rondfn 01/03/2017 16/03/2017
- Rondín 02/
01
/2017 30/
01
/2017
-
0~
/
03
/
2017
16/03/2017
-
No
DIAS
DE
ATRASO
EN
ELABORACION
CONTRATO
27
.15
29
15
29
-
15
' .
28
15
. .
..
Fuente
de
Información: Elaboración
prop
1a sobre la base
de
los contratos a honoranos suscntos entre la Mun1c1pahdad
de
San Rampn y los prestadores 1nd1
V.
1
dua
hzados, como
también del correo electrónico de fecha 7 de agosto
de
2017, esa entidad edilicia. - ·
N/A: servi
dor
a honorario
que
no· pertenece a la dotación ,del departamento
de
sa
lud
de
ese municipio. /
32
No
1
2
3
4
5
6
7
8
9 -
10
11
12 .
13
14
15
16
H
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
CONTRALORÍA
GE
N
ERA
L
DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIO
NA
L
MET
ROPOLITA
NA
DE
SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
A
NE
XO
No
2
CON
TRA
TOS SIN CLÁUSU
LA
S DE IN HABILIDAD DE INGRESO
NOMBRE
RUTW
FUNCIÓN
Andrés Ruiz Mir
anda
Médico
Beatriz Villalbbos Tarqui Médico
Claudia Harambillet Watkins Médico
David
Córdova
Viera Médico
Ernesto Salas Carabaño Médico
Javier Villamizar Arellano Médico
Juan Ricaurte Crespín
Médico
Kar
la
Rodríguez-Requiz Médíc9
-
Katherine Jaque Cavada
TENS
(*}
-
María Mendieta Zambrano Médico
Ma
tías Moreno Venegas Médico
Osear e:avala Aguilera 1 Médico
Tito Gabino Zúñiga Médico
Wilmer Núñez Anaya Médico
Andrea
Machu~
Ponce TENS
(*)
Cynthia Rojas Vilches
TENS
(*}
Daniela Castillo Zúñiga Enfermera
Femanda
Ríos Rozas TENS
(*)
Irene Rubio Riquelme
TENS
(*)
Jorge
Castro Pineda Enfermero
..
Lorena
Guiñez
Vergara TENS
(*}
' TENS
(*)
Luz Correa Leyton
Marcela Castro San Martin
TENS
(*)
Pamela
Cepeda
TENS
(*)
Patricia Escobar Flores . Médico
Patricio Garrido
Astud
illo
TENS
(*}
Víctor Esparza Rodríguez Rondín
-
Luis Astudillo Fuentes Rondín
Humberto Pacheco Abarca Rondín
·Guillermo Quilaqueo Millapán Rondín
Carlos Ortiz Morales Gasfíter
Pedro Jaque Cavada Administrativo
Pedro
Jaque
Olguín Administrativo
33
/
"
.
-
'
,
No
34
35
36
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
NOMBRE
RUTW
FUNCIÓN
Elizabeth Carrasco Urrutia Trabajadora Social
Guillermo Rodríguez Labruyer Rondín
-
Marcelo
Cruz
Jaque Rondín
.
Fuente de lnformacsón:
EJaborac1ón
prop1a
sobre la base de los contratos a honoranos suscntos entre la
Municipalidad de San Ramón y los prestadores de servicios citados.
(*)
TENS: Técnico en Enfermería. -
'
34
No
1
2
3
4
5 -
6 '
7
8
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
ANEXO
No
3
FALTA DE CERTIFICADO DE ANTECEDENTES
ÚTIL:
PARA EL INGRESO A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y
DECLARACIÓN JURADA
DE
PROBIDAD .
CALIDAD SERVICIOS A HONORARIOS FUNCIONARIO
DE
LA DOTACIÓN
JURÍDICA
DE
SALUD O MUNICIPAL
NOMBRE ' EN
RUTW
FUNCIÓN CERTIFICADO CERTIFICADO
-DQTACIÓN
DE
DECLARACIÓN · '
DE
DECLARACIÓN
DE SALUD -t ANTECEDENTES JURADA ANTECEDENTES
JURADA
; -
"
.
Andrés Ruiz -
Plazo Fijo Médico X X X X
Miranda 1 #
..
'
Beatriz Vill alobos
.;
Plazo F
ij
o Médico
5
X -X
..¡
Tarqui '
Claudia -
Haranibi
ll
et Plazo Fijo Médico X X \ X
..¡
Watkins
:>
. . .
--
David Córdova -' ·
..¡
Viera Plazo Fijo ' Médico X X X
1 --
Ernesto Salas -
Carabaño Plazo Fijo , Médico . X 1 X -X
..¡
/ 1
Jav
ier Vi
ll
amizar Méd ico X -X
..¡
· Are
ll
ano Plazo F
ij
o X
Juan Ricaurte -'
Crespin , Plazo Fijo Médico X X X
..¡
'
,.
Karla
Rodr
í
gu~z
Plazo Fijo . Médico X X X X
Requiz -' -
-
i
35
CONTRALORÍA GENERAL
DE
LA
REP
_
ÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO .
UNIDAD DE AUDITORIA 3
'
CALIDAD
~
FUNCIONARIO DE
LA
DOTACIÓN
JURÍDI
CA
-SERVICIOS A HONORAR IOS DE
SALL~D
O MUN ICIPAL '
No
NOMBRE
EN
-
RUTW
FUNCIÓN ·
DOTACIÓN CERTIFICADO DECLARAC IÓN CERTIFICADO DECLARACIÓN
-DE SALUD DE JURADA DE JURADA
! ANTECEDENTES -ANTECEDENTES
r '
9 Katherine Jaque
J:'
lazo Fijo
TENS X X X
..¡
Cavada
10 María Mendieta Plazo Fijo
Médico X X X
..¡
Zambrang /
11
Matías Moreno · Plazo Fijo Médico X X X X
Venegas -
Osear Zavala '
12 Plazo Fijo Médico -X X X X
· Agu
il
era
Tito Gab
in
o -'
..¡
13 Zúñiga Plazo F
ij
o Médico X X X
14 Wilmer Núñez _ Plazo Fijo
Médico x_ X X
..¡
Ana ya
~
-
Andrea Machuca '
15 Pon ce Indefinido TENS X X
..¡
-
..¡
~
'
Cynthia Rojas -
Indefinido TENS
..¡
-X -
16 Vil ches
..X
X
r .
17 Daniela Casti
ll
o Indefinido ,
Enfermera X X -x
..¡
Zúñigá . ' r
18 Fernanda Ríos Indefinido .
' TENS -X X
..¡
..¡
·Rozas -/
19 Irene Rubio Indefinido TENS X X
..¡
..¡
Riquelme -
~
·.
/
36
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1
CONTRAlORÍA
REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
' \ UNIDAD DE AUDITORIA 3
CALIDAD ' FUNCIONARIO DE LA DOTACIÓN
' SERVICIOS A HONORARIOS
JURÍDICA ..
DE
SALUD O MUNICIPAL
'
No
NOMBRE
EN
RUTW
FUNCIÓN -
DOTACIÓN CERTIFICADO DECLARACIÓN CERTIFICADO DECLARACIÓN
DE SALUD
DE
JURADA
DE'
JURADA
ANTECEDENTES ANTECEDENTES
~
Jorge Castro .
20 Indefinido Enfermero X X
;.¡
..J
-
Pineda .
Lorena Guiñez · '
21
lndefinfdó TENS X X X X
Vergara -
22 Luz Correa Indefinido TENS X X X X
Leyton .
.
23 Marcela Castro Indefinido TENS X -X
..¡
x
San Martin /
\ -'
Pamela Cepeda TEÑS -
..¡
24 Cepeda· Indefinido X X .x
-
. , Patricia Escobar -
~
Flores Indefinido · Médico X X
..¡ ..¡
-'
/
Patricio Garrido '
26 Indefinido TENS X X X
..¡
Astudill o -
,
Víctor Esparza N/ A Ron-dín 7 N/ A N/
A-
27 Rodríguez X X
Luis Astudillo
28 Fuentes N/A. - Rondín x X N/A ' N/ A
29 Humberto N/ A Rondín X X N/ A N/ A .
Pacheco Abarca
' ' -
37
CONTR-ALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UN
IDAD DE AUDITORIA 3
-
'
CALIDAD SERVICIOS A HONORARIOS FUNCIONARIO DE LA DOTACIÓN
JURÍDI
CA
...
' DE SALUD O MUNICif:AL
No
NOMBRE
EN
. RUT
No
FUNCIÓN
DOTACIÓN -
CERT
IFICADO
DEClARAC
IÓN CERTIFICADO DECLARACIÓN
' DE DE
DE SALUD ' ·
JURADA JURADA
ANTECEDENTES ANTECEDENTES
Guillermo
..
.
30 Quilaqueo N/ A
Rondín X ' X N/ A N/ A
Mi
llapán
/
Car
los Ortiz -
31
Morales N/ A
Gasfíter X X N/ A N/ A
Pedro Jaque . Sin información
32 P!azo Fijo .
Administrativo X X Sin información
Cavada 1 (
**
)
Gui
ll
ermo ' / ' -
33 Rodríguez N/ A
Rondín X X N/ A N/ A
Labruyer
34 . Marcelo Cruz N/ A Rondín X X N/ A N/ A
' Jaque
Pedro Jaque /
35 Olguín N/ A Administrativo X
-x
-N/ A N/ A
Elizabeth Trabajadora .
36 Carrasco Urrutia Planta Socíal X X
X(*)
-x
(*)
. -
,,
" . .
..
Fuente de lnformac1on: Elaborac1on prop1a sobre la base de los expedientes de los prestadores de serv1c1os proporcionados por la
M_un
1
c1pa
hdad
de
San Ramon.
X: documento no encontrado. en
el
expediente del prestador
de
servicio y en la carpeta individual del funcionario.
":
documento encontrado en la carpeta personal del funcionario. ·
(*):
Funcionaria
de
la Municipalidad de San Ramón.
(**):Antecedentes incautados por la Policía de Investigaciones de Chile el día 2
de
octubre de 2017.
38
No
1
2
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AÜDITORIA 3
·ANEXO
No
4
. .
-DETALLE .DE SERVIDORES QUE ACREDITARON HORAS DE TRABAJO
EN
PERIODO DE LICENCIA MÉDICA.
CALIDAD INFORME
DE
ACTIVIDADES
JURÍDI
CA
CAUSA
NOMBRE · RUT
No
EN FECHA
PERÍODO
OBSERVACION
DOTACIÓN W HORAS FECHA W EGRESO EGRESO AUSENCIA
1 -
DE
SALUD -
' / . 27/03/2017 .
Andrés Ruiz Licenc
Miranda Plazo Fijo 5.5 30/03/?017 429 07-04-2017 médica al
31
/03/2017 .Acredita horas de
6
01
/02/2017 '30/0
1/2017 trabajo en .calidad
Javier Vi
ll
amizar Plazo Fijo 6 02/02/2017 314
09-03
~
2017
Licencia
al
jurídica de
Are
ll
ano médica 03/02/2017 honorario
en
-1 -6 03/02/2017 período de uso de
' 1
-25/
01
/2017
li
cencia médica
Osear Z_avala -1 Licencia
3 Ag\.lilera . Plazo Fijo 14 04/02/2017 314 09-03-2017 médica
al
04/02/2017 -
.,
.,
' . .
.,
·
~
Fuente de lnformac1on: Elaborac1on prop1a sobre la base de lo_s comprobantes
de
egresos y expedientes proporcionados por la Mumc1pahdad de San Ramon, como
tamb1en
del correo electrónico de fecha 7 de agosto de 2017, esa entidad edi
li
ci
a.
-
-. -. ' \
. . . . ' . .
. .
39
--
.
No
NOMBRE RUT
No
' - -
Andrés Ruiz )
1 Miranda
'
Beatriz
2 Villalobos
Tarqui
Claudia
3 Harambillet
Watkins
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO'
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
'
ANEXO
No
5 .
FALTA DE SISTEMA DE CONTROL DE JORNADA PACTADA
'\
FUNCIPN
.CONTRATO
'
.
Médico
Médico
Médico
DESCRIPCIÓN
'
1)
Asumir durante su turno
-la
responsabilidad
profesional,
2)
Entregar atención oportuna · de_
urgencias, diagnosticar y definir conducta a seguir, de
acuerdo a protocolos de atención,
3)
Entregar
certificados de defunción,
4)
Derivár según necesidad,
5)
Coordinar ambulancia
y,
6)
Efectuar procedimientos -
que correspondan a situaciones .de urgencia
en
diferentes centros de salud.
1)
Asumir durante
su
turno
la
responsabilidad ·
profesional,
2)
Entregar atención oportuna, de
urgencias, diagnosticar y definir conducta a seguir, de
acuerdo a protocolos de atención,
3)
Entregar
certificados de defunción,
A)
Derivar según necesidad,
5)
Coordinar ambulancia
y,
6)
Efectuar procedimientos
que correspondan a situaciones de urgencia
en
diferentes centros de salud.
1)
Asumir durante
su
turno la responsabilidad
profesional,
2)
Entregar atención oportuna de
urgencias, diagnosticar y definir conducta ·a seguir, de
acuerdo a protocolos de atención,
3)
Entregar
certificados de defunción,
4}
Derivar según necesidad,
5)
Coordinar ambulancia
y,
6)
Efectuar procedimientos
que correspondan a situaciones de urgencia en
diferentes centros de salud.
/
40
. -
CONTRATO
VIGENCIA JORNADA
0~-01
-
2017
_
al
28-02-2017
01-03-2017
al
31-05-2017
01-01-2017
al
28-02-2017
'
01-03-2017
al
31-05-2017
01-01-2017
al
28-02-2017
01-03-2017
al
31-05-2017
'
-
Lunes a viernes de
17:00 a 23:00 horas,
lunes a viernes de
23:01 a 08:00 horas y
sábados, domingos y
festivos.
Lunes a viernes de
17:00 a 23:00 horas,
lunes a viernes de
23:01 a 08:00 _horas
y.
sábados, domingos y
festivos.
Lunes a viernes de
17:00 a 23:00 horas,
lunes a viernes de
23:01 a 08:00 horas y
sábados, domingos y
festivos.
4
5
6
7
..
NOMBRE
David
Córdova
Viera
Ernesto Salas
Carabaño
Jávier
Villamizar
Are llano
Juan Rlcaurte
Crespin
RUTW
GONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA .
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3,
FUNCIÓN
CONTRATO
Médico
Médico
Médico
Médico
CONTRATO
DESCRIPCIÓN VIGENCIA JORNADA
-
1)
Asumir durante su turno la responsabilidad
01
_
01
_
2017
profesional, -
2)
Entregar atención oportuna de al . LUnes a viernes de
urgencias, diagnosticar y definir conducta a seguir, de 28_
02
_
2017
17:00 a 23:00 horas,
acuerdo' a protocolos de atención,
3)
Entregar lunes a viernes de
certificados de defunción,
4)
Derivar según necesidad,
f--
-
--
-
----j
23:01 a 08:00 horas y
5) Coordinar ambulancia
y,
6) Efectuar procedimientos
01-03-2017
sábados, domingos y
que correspondan a situaciones de urgencia
en
al
'festivos
..
diferentes centros de salud.
31
-
05
_
-2017
1)
Asumir durante su turno
la
responsabilipad
profesional,
2)
Entregar atención oportuna de 01-01-
2017
Lunes a viernes de
urgencias, diagnosticar y definir conducta a seguir, de Al
17
:
00
a
~3
:
00
horas,
acuerdo a protocolos de atención, 3) Entregar 28-
0_2
-
2017
lunes a viernes de ·
certificados de defunción,
4)
Derivar según necesidad, 23:01 .a 08:00 horas y
5) Coordinar ambulancia
y,
6) Efectuar procedimientos
f----0-1-
-
-0
-3--
2-0_1_7----l
sábados, domingos y
que correspondan a situaciones' de urgencia a
al
festivos .
. pacientes en diferentes centros de salud.
31
-
05-2017
1)
Asumir durante su turno la responsabilidad
profes·ional, -
2)
Entregar ·
atención
~
oportuna ·de
01
-
01
-
2017
Lunes a viernes de
urgencias, diagnosticar y definir conducta á séguir, de al 17:00 a 23:00 horas,
acuerdo a protocolos de atención, 3) Entregar
28
-
02
-
2017
lunes a viernes de
certificados de defunción,
4)
Derivar según nece?idad,
f--
-~--
----j
23:01 a 08:00 horas y
5)
Coordinar ambulancia
y,
6) Efectuar procedimientos 01-03-201 7 , sábados, domingos y
que correspondan a situaciones de urgen.cia a
al
festivos.
pacientes en diferentes centros de salud.
31-05-2017
1)
Asumir durante su turno la responsabilidad
profesional,
2)
Entregar atención oportuna· de
01
-01-
2017
Lunes a viernes de
urgencias, diagnosticar y definir conducta a seguir, de al 17:00 a 23:00 horas,
acuerdo a protocolos de ateAción, 3) Entregar
28
-
02
-
2017
lunes a viernes de
cértificados de defunción,
4)
Derivar según necesidad, 23:01 a 08:00 horas y
5) Coordinar ambulaQcia
y,
6) Efectuar procedimientos
f--
-0-1
--,
0
....,.
3--2-0
-,
1-
7------j sábados, domingos y
que correspondan . a situaciones de urgencia a
al
festivos.
paCientes
en
diferentes centros de salud:
31
-
05
-
2017
41
' --
W - NOMBRE
8
9
10
11
Karla
Rodríguez
Requiz
Katherine
Jaque
Cavada
María
M
en
dieta
Zambrano
Matías
Moreno
Venegas
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
. 1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
FUNCIÓN
CONTRATO
Médico
TENS
(*)
1
Médico
Médico
' . CONTRATO
DESCRIPCIÓN VIGENCIA JORNADA
-
1)
Asumir durante
su
turno
la
responsabilidad
profesional, . ·
2)
'Entregar atención oportuna de
01-01
-2017 Lunes a viernes ae
urgencias, diagnosticar y definir coñducta a seguir, de
al
17:00 a' 23:00 horas,
acuerdo a protocolos de atención,
3)
Entregar .
28
-
02
-2017 lunes a viernes de
certificados
de
'defunción,
4)
Derivar según necesidad,
23:01
a 08:00 horas y
~)
Coordinar ambulancia y ,
6)
Efectuar procedimientos
f----'~
01
-
_
-
0
-
3
_-
2
_
0
_
1
_
7
---l
sábados, domingos y
que correspondan a situaciones de urgencia a
al
festivos.
pacientes
en
diferentes centros de salud.
31
-
05
-2017
1)
Ejecutar procedimientos clínicos derivados de
la
01-01
-2017 Lunes · a viernes de
atención de usuario,
2)
Revisar, contar y avisar stock
de
1
al
17
:
30
a
23
:oo
horas,
medicamentos
en
botiquín y carro
de
paro,
3)
Entregar 28-02-2017 lunes . a viernes de
indicación médica a
los
usuarios,
4)
Recepcionar
al
f---'----------1
usuario y categorizar según necesidad,
5)
Colaborar
01
-
03
-2017
23
:
01
a 08:00 horas Y
con
el
médico
en
la
atención del usuario
y,
6)
Participar
al
sábados, domingos Y
festivos.
eo
el
control v observación
de
usuarios.
31
-
05
-2017
1)
Asumir durante
su
turno
la
responsabilidad '
profesional,
2)
Entregar atención oportuna de 01-01- 2017 Lunes a viernes de
urgencias, diagnosticar y definir conducta a seguir, de
al
17:00 a 23:00 harás,
acuerdo a protocolos
de
atención,
3)
Entregar 28-02
-2
017
·lunes a
'Viernes
de
certif(cados
de
defunción,
4)
Derivar según necesidad,
23:01
a 08:00 horas y
5)
Coordinar ambulancia
y,
6)
Efectuar procedimientos
1-------1
sábados, domingos y
que correspondan a situaciones
·.
de urgencia a
01
-
03
-2017 · festivos. _
pacientes
en
diferentes centros de salud.
al
·
31-05-2017
1)
Asumir durante
su
turno
la
responsabilidad
profesional,
2)
Entregar atención oportuna
de
01
-
01
-2017
Lunes
a viernes de
l)rgencias, diagnosticar y definir conducta a seguir,
de
al
17:00 a 23:00 horas,
acuerdo a protocolos de atención,
3)
Entregar 28-02 -2
017
lunes a viernes
C:le
certificados
de
defunción,
4)
Derivar según necesidad,
1----
----123:01 a 08:00 horas y
5)
Coordinar ambulancia
y,
6)
EfectUar procedimientos 01-03-2017 sábados, domingos y
que correspondan a· situaciones de urgencia a
al
festivos·.
pacientes
en
diferentes centros
de
salud. 31-05-2017
42
. 12
13
14
NOMBRE
Osear Zavala
Aguilera
/
Tito
Ga~ino
Zúñiga
Wilmer Núñe
z-
Anay
~
Andrea
15 . Macl)uca
Pon ce
RUTW
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚB
LI
CA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITOR.IA 3
FUNCIÓN
CONTRATO
'
Médico
Médico
Médico
TENS
(*)
DESCRIPCIÓN. CONTRATO
VIGENCIA JO_RNADA
1)
Asumir durante su turno la responsabilidad
01
-
01
-2017
profesional,
2)
Entregar atención oportuna de
al
Lunes a viernes
de
urgencias, diagnosticar y definir conducta a seguir,
de
28-02-2017 17:00 a ·23:00 horas,
acuerdo a protocolos de .atención,
3)
Entregar
r------,-------j
lunes a viernes
de
certificados
de
defunción,
4)
Derivar según necesidad, 01-03-
201
7 23:01 a 08:00 horas y
5)
Coordinar ambulancia
y,
6)
Efectuar procedimientos
al
sábados, domingos y
que correspondan a situaciones
de
urgencia a
31
-05-2017 festivos.
pacientes en diferentes centros de salud.
1)
Asumir durante su turno la responsabilidad
profesional, 2) Entregar atención oportuna
de
01
-
01
-2017 Lunes a viernes
de
urgencias, diagnosticar y definir conducta a seguir, de
al
17:00 23:00 horas,
acuerdo a protocolos de atención, 3) Entregar 28-02-2017
lur;~es
a viernes
de
certificados
de
defunción,
4)
Derivar según necesidad,
f---::-:---::-::--::-::-:-=----j
23:01 a 08:00 horas y
5)
Coordinar' ambulancia
y,
6)
Efectuar procedimientos 01-03-2017 sábados, pomingos y
que correspondan a situaciones de urgencia a
al
festivos.
pacientes en diferentes centros de salud.
31
-05-2017
1) Asumir durante su turno la responsabilidad
profesional,
2)
Entregar atención oportuna de
01
-
01~
1
20
,
17
Lunes a viernes
de
urgencias, diagnosticar y definir conducta a seguir, de 17:00 a 23 :00 horas,
f:!CUerdo
\a protocolos de atención, _
3)
Entregar 28-02-2017 lunes a viernes
de
certificados de defunción,
4)
Derivar según necesidad,
r----------1
23:01 a 08:00 horas y
5)
Coordinar ambulancia
y,
6)
Efectuar procedimientos 01-03-2017 sábados, domingos y
que correspondan a situaciones
de
urgen¡;:ia a -
al
festivos
..
pacientes en diferentes centros de salud. 31-05-2017-
1) Ejecutar procedimientos clínicos derivados de la
atención de usuario, 2) Revisar, contar y avisar stock
de medicamentos en botiquín y carro
de
paro,
3)
·
Entregar indicación médica a los usuarios, 4)
Recepcionar al
usu~rio
y categorizar según
n~cesidad,
5)
Colaborar con el médico
en
la atención del usuario
y,
6)
Participar en
el
control y observación de usuarios.
43
'
01
-
01
-2017
' al
28-02-2017 Lunes a viernes 1
de
r----=-=--==--=-::_:_:_--l
1 7:30 a 23:00 horas,
01-03-2017
al
31
-05-2017
lunes a
viernes
®
23:01 a 08:00 horas y
sábados, domingos y
festivos.
16
17
1
18
NOMBRE
\
Cynthia Rojas
Vil
ches
Daniela
Castillo
Zúñiga
Fernanda
Ríos
Rozas
RUTW
.
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
FUNCIÓN
CONTRATO
TENS
(*)
Enfermera
'
TENS
(*)
DESCRIPCIÓN CONTRATO
VIGENCIA JORNADA
1)
Ejecutar procedimientos clínicos derivados
de
la
01
-
01
~
1
2017
Lunes a viernes de
atención
de
usuario,
2)
Revisar, contar y avisar stock
28
_
02
_
201
7'
17
:
30
a
23
:00
horas,
Ele
medicamentos
en
botiquín y carro de paro,
3)
lunes a viernes de
Entregar indicación médica a ·
1os
usuarios,
4)
1----------j
~
Recepcionar
al
usuario y categorizar según necesidad, 2
3:0
1
.a 08:00 harás Y
5)
Colaborar
con
el
médico
en
la
atenCión
del, usuario
0
1
-
03-
2
~
0
17
sábados, domingos Y
ql festivos .
y,
6) Participar
en
el
contrpl y observación de usuarios.
31
_
05
_
2017
1)
Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar
la
atención del servicio
de
urgencia,
2)
Coordinar
la
elaboraCión, mantener actualizados, difundir y
supervisar
el
cumplimiento
de
las
normas
01
-01- 2017
al
28-02-2017
administrativas y
de
procedimientos, -
3)
Velar y asumir
1---
-------i
Lunes a viernes de
la
respons.abilidad por
la
disponibilidad y vigencia de
los
17:30. a 23:00 horas-,
documentos _ de apoyo,
4)
Programar turnos gel lunes a- viernes de
personal'
5)
Supervisar
en
forma periódica .
la
23:01 a
08
:
00
horas y
ma
-ntención del carro
de
paro
del. equipamiento,
6)
01
-03-2017 sábados, domingos y
Coordinar y supervisar
la
cadena
de
fria,
~
7)
Participar at festivos.
en
la programación de
las
actividades de capacitación,
31
-05-2017
8)
Coordinar y . supervisar
el
stock de insumas y
medicamentos
de
la
.urgencia
y,
9)
' Mantener y
supervisar
el
sistema
de
registro.
1)
Ejecutar procedimientos clínicos derivados
de
la
01-01- 2017 Lunes a viernes de
atención
de
usuario,
2)
Revisar, contar y avisar stock • ·
al
17
:
30
a
23
:00
horas,
de
medicamentos
en
botiquín y carro de paro,
3)
1--=2:::..8-
-=
0=2
-=-
2=-=0--'-1-'--7----llunes
.a
viernes ·de
Entregar
indicq.ción
médica a
lo
s usuarios,
4)
01
03
2017
23
:
01
a
08:
·
oo
horas y
Recepcionar
al
usuario y categorizar según necesidad, -
a-
l
·
'-
;
-~~----~-----~---
o
----~5~
)~C~o~la~b~o~raLr~c~o~n~e~lm~é~di~e~o~e~n=-=la~at~e-=n~ci-=ó-'--n-=d=-=e~lu=-=s-=u~a~ri~o~-
3
-
1
__
0
_5
___
20
_
1
_
7
_~sa-
'
b_a_d_o_s_,
_d_o_m_i~_g_e_s_y~
1
y,
6)
Participar
en
el
control y observadón
de
Usuarios. festivos. _
.
--
'
·-
44
19
20
1
21
NOMBRE
irene Rubio
Riquelme
Jorge Castro
Pineda
\
Lorena
Guiñez
Vergara
1·
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍAHEGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3 .
FUNCIÓN
CONTRATO
TENS
(*)
Enfermero
TENS
(*)
1 '
DESCRIPCION CONTRATO
VIGENCIA
JORNADA
1)
Ejecutar procedimientos clínicos derivados de la
atención de usuario,
2)
Revisar, contar y avisar stock
01
-
01
-2017 Lunes a
vi~rnes
de
de medicamentos
én
botiquín y carro de paro,
3)
al
17:30 a 23:00 horas,
Entregar indicación médica a los usuarios,
4)
28-02-2017 lunes a viernes de
Recepcionar al usuario y categorizaf según necesidad,
f----------j
2
3:01
a 08:00 horas Y -
01-03-
201.7
'b
d d .
5)
Colaborar con
el
médico
en
la atención del usuario
al
sa a os,
om~ngos
Y
y,
6)
Participar
en
el
control y observaciÓn de usuarios.
31
_
05_
2017 festivos.
1)
Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar la
atención del servicio de ·urgencia,
2)
Coordinar la
elaboración, · mantener actualizados, difundir y
01
-01- 2017
1 supervisar
el
cumplimiento. de las normas
al
administrativas y de procedimientos,
3)
Velar y asumir 28-02-2017 Lunes a viernes de
la responsabilidad por la disponibilidad y vigencia de los _ 17:3Q a 23:00 horas·,
documentos de apoyo,
4)
Programar turnos del lunes a viernes de
personal
5)
supervisar
en
forma periódica la
r----------i
23:01 a 08:00 horas y
· mantención del carro de paro del equipamiento, 6) sábados, . doll)ingos y
Coordinar y superVisar
la
cadena de fria,
7)
Participar festivos.
en
la programación de las actividades de capacitación,
8)
Coordinar y supervisar
el
stock de insumas y
medicamentos de la urgencia
y,
9)
Mantener y
supervisar el sistema de registro.
01
-03-4017
al
31-05-2017
1)
Ejecutar procedimientos clínicos derivados de la
01
_
01
_
2017 Lunes a viernes de
atención de usuario,
2)
Revisar, contar y avisar stock
al
17:30 a 23
:oo
horas,
. de medicamentos
en
botiquín y
cima
de paro,
3)
Entregar indicación médica a los usuarios,
4)
28-02-2017 -lunes a viernes de
Recepcionar al usuario y categorizar según necesidad, f---::-:---=-=--=-=-:-=----j 2
3:01
a 08:00 horas Y
5)
Colaborar con· e r médico
en
la
atención del usuario
01
-03-2017 sábados, domingds Y
ar festivos. .
y_,_
6)
Participar
en
el
corftrol y observación
~e
usuarios.
.3
1_
05_
2017
45
~
1
1
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBtiCA
1 CONTRALORÍA REGIONAL
METROPO~ITANA
DE
SANTIAGO
.
UN
IDAD DE AUDITORIA 3
""'-
Hl\.
~
-=-
-CONTRATO
\ FUNCIÓN DESCRIPCIÓN -
.,
No
NOMBRE RUT
No
CONTRATO VIGENCIA JORNADA
-
1) Ejecutar proced imientos clínjcos derivados de la 01-01- 2017 -de
.Lunes a viernes
atención de usuario, '2) Revisar, contar y avisar stock al 17:30 a 23:00 horas,
medicamentos en botiquín y carro de paro,
3)
28-02-2017 lunes a viernes de
' Luz Correa TENS
(*)
Entregar indicación médica a los usuarios,
4)
23:01 a 08:00 hora$ y
22 -
Leyton Recepcionár al usuario y
c~tegor
i
zar
según
neces
i
d~d,
01
-03-2017 sábados, domingos y
5)
Colaborar con e l médico
en
la atenci
ón
del usuano al festivos.
y,~
)
Participar en
el
control y observación de usuarios.
31
-05-2017
1)
Ejecutar procedimientos clínicos derivados de la ·
01-01-2017
Lunes a viernes de
atención de usuari
o,
2)
Revisar, contar y avisar stock al 17:30 a
23:0e>.
horas,
Marcela de medicamentos
en
botiquín y carr9 de paro,
3)
28-02-2017 lunes ' a viernes de
23 Castro San TENS
(*)
Entregar i
nd
icación médica a los usuarios,
4)
23:01 a 08:00 horas y
Martin Recepcionar al usuario y categorizar según necesidad, 01-03-2017 sábados, _ domingos y
5)
Colaborar con el médico en la atenci
ón
del usuario al · festivos.
' .
y,
6) Participar en el control y observación de usuarios .. 31-05-2017
' l
1)
Ejecutar procedimientos cl
ín
icos derivados de la
01
-01- 2017 Lunes a viernes de
.
atenciór.J
de usuario,
2)
R_evisar,
contar y avisar stock
al
17:30 a 23:00 horas,
de ·medicamentos en botiquín y carro de paro,
3)
28-02-2017 lunes a
v
i
err:re~
-
de
24 Pamela TENS
(*)
Entregar indicación médica a los usuarios,
4)
23:01 a 08:00 horas y
Cepeda Recepcionar al usuario y categorizar según necesidad,
01
-03-2017 sábados, domingos y
5)
Cdlaborar con el médico en ·la atención del usuario
al
festivos.
y,
"6)
Participar en el control y ·observación de usuarios. 31-05-2017
-
1)
Asumir durante su turno la responsabilidad 01-01- 2017 Lunes a viernes de
~
profesional,
2)
Entregar atención 'oportuna de·
. urgencias, diagnosticar y definir conducta a seguir, de a l 17:00 a 23:00 horas,
Patricia acuerdo a protocolos de atención,
3)
Entregar 28-02-2017 lunes a viernes
de
25 Escobar Médico certificados de defunción,
4)
Derivar según necesidad, 23:01 a 08:00 horas y
Flores
5)
Coordinar ambulancia
y,
6)
Efectuar procedimientos
01
-03-2017 sábados, _domingos y
que correspondan a situaciones
de
urgencia a al festivos.
pacientes en diferentes centros de salud ..
31
-05-2017
46
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNI.DAD
DE
AUDITORIA3
-
No
NOMBRE
RUTW
. FUNC I
ÓN
· DESCRtPCI
ÓN
CONTRATO
CONTRATO VIGENCIA JORNADA
'
-
1)
Ejecutar procedimientos clínicos derivados de
la
_
01-01
~
2017
lunes
a vier.nes de
ateAción de usuari
o,
2)
Revisar, contar y avisar stock
al
17:30 a' 23:00 horas,
Patricio de medicamentos
en
botiquín y
ca'rro
de paro,
3)
28-02-2017 lunes a viernes de
26 Garrido TENS
(*)
Entregar indicación médica a los usuarios,
_4)
~
23:01 a 08:09 horas y
Astudillo Recepcionar
al
usuario y C?tegorizar según necesidad, .
5)
Colaborar con el médico
en
la atención del usuario
01
-03-2017 sábados, domingos y
y,
6)
Participar
en
el
control y observación de usuarios. 1 '
al
festivos.
31-05-2017
-' '
01
-
01-2017
Los horarios. que
Víctor
al
-percibirá, ascienden a
28-02-2017 la suma de $ 2.500,
27 Esparza Rondín Ma_nten
...
er
el
orden y $eguridad del recinto . hora
Rodríguez 01-03-2017 por
--al efectivamente
.J
' 31-05-2017 realizada.
'
01
-
01
-2017 -
Los horarios que
-
al
percibirá, ascienden a
28 Luis Astudillo . Rondín Mantener el orden y seguridad del recinto 28-02-2017 la suma de $ 2.500,
Fuentes
01
-03-2017 por hora
al
efectívámente
-' 31-05-2017 realizada.
-
,,
,,
. . . . -.
Fuente de lnformac1on: Elaborac1on prop1a sobre la
base
de los contratos a honoranos suscntos
entr~
la Mumc1pahdad de San Ramon y los prestadores
de
serv1c1os c1tados.
(*J
TENS: Técnico en Enfermería - '
' /
..
.
47
\
.
CONTRALORÍA-GENERAL DE LA REPÚBLICA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA
DE
SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
ANEXO
No
6
GASTOS IMPROCEDENTES POR LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS PARA PRESTAR SERVICIOS
DE
GASFITERÍA Y
GUARDIA.
DECRET0
DE
PAGO EGRESO NOMBRE SERVIDOR
RUTW
FUNCIÓN BOLETA
No
FECHA
No
FECHA
No
FECHA MONTO
$
177 07-02-2017 176 10:02-2017 55 10-02-2017 630 .000
315 07-03-2017 310 . 09-03-2017 Víctor Esparza Rodríguez Rondín 56 10-03-201? 420.000
.
~
541
05-04-2017 429 07-04-2017 57 10-04-2017 570.000
.
177 07
-02~20
17. 176 10-02-2017
61
10-02-2017 450.000
-
~
315 07:03-2017 310 09-03-2017 Luis Astudi
ll
o Fuentes Rondín ' 62 10-03-2017 420.000
541
05-04-2017 429 07-04-2017 65 10-04-2017
48U.OOO
-
.
243 14-02-3017 239 15-02-3017 ' 16 10-02-2017 322.418
' -
304 02-03-2017. . 298 03-03-2017 Humberto Pacheco Abarca Rondín 17 10-03-2017 -322.418
'
562 06-04-20.17 450 07"04-2017 18 10-04-2017 322.418
. .
177 07-02-2017 176 10-02-2017 \ 12 10-02-2017 333.333
-
'
315 -o?-03-2017 . 310
09
~
03-2017
Guil.lermo Quilaqueo Millapán Rondín 13 10-03
-2
017-
333.333
,
541
05-04-2017 429 07-04-2017 14 10-04-2017 333.333
48
1
DECRETO
DE PAGO EGRESO
'
No
FECHA -
No
FECHA
177 07-02-2017 '176 10-02-2017
315 07-03-2017 310 09-03-2017
'
541
05-04-2017 429 07-04-2017
--
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
1 GQNTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
. /
NOMBRE SERVIDOR RUT
No
FUNCIÓN
'
.
No
-
' 14
1
Carlos Ortiz Morales Gasfíter 15
-17
-
TOTAL
--
. " " . .
'iJi,
Fuente de
lnfo~mac
'
o~
:
E
l
abo~c
,
on
prop'a
sobr~
la base de los decretos. de pago proporc,onados por
la
Te~orena
Mumc,pal, de San Ramon.
49
.
BOLETA
FECHA 'MONTO
$
10-02-2017 600.000
10-03-2017 600.000
10-04-2017 650.000
\ .
6.787.253
..
.
h..!
-
'Ji)
CONTRALORÍA GENERAL DE lA REPÚBLICA /
. \ 1 CONTRALORÍA REGIONAL
M~TROPOLITANA
DE
SANTIAGO
. UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
ANEXO
No
7
GASTOS IMPROCEDENTES POR LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS PARA LABORES DE ADMINISTRATIVO Y RONDÍN
DECR¡;:TO DE PAGO EGRESO NOMBRE
RUTN°
FUNCIÓN BOLETA PROGRAMA
SERVIDOR
No
FECHA-
No
FECHA
~
No
FECHA
230 10-02-2017 222 14-02-2017 . 55 10-02-2017
-
Sin Sfn -S in Pedro Jaque Sin Programa Salud Mental PPV
382
(*)
Administrativo 56 GES y NO GES, eri la Atención
información información / información Cavada información Secundaria COSAM La Bandera.
-
Sin Sin Sin ' Sin
información información 456
(*
) inform
ac
ión
57
información
230 10-02-2017 222 14-02-2017 -
1 1 1 0-02-2Q17
-
Pedro Jaque Programa Salud Mental PPV
354 08-03-2017 338 09-03-2017 Adm inistrativo 2
10
-
03-20~7
GE$
y NO GES, en la Atención
1 Olguín Secundaria COSAM _La Bandera.
Sin Sin 435
(*)
Sin . 3 Sin
información información iflformación información
Guill ermo Programa GES Odontológi
co
en
539 -05-04-2017 427 07-04-2017 Rodríguez Rondín 38 10-04-2017 referencia al
Compon~nte
2:
Labruyer / Atención dental en embarazadas.
-\ ' .
237 14-02-2017 233 15-02-2017 / 33 10-02-2017 Programa Modelo de atención
integral de salud fami liar y
340 08"03-2017 324 09-03-2017 Marcelo Cruz
~ondín
34 10-03-2017 comunitaria en-atención primaria.
Jaque Programa de apoyo al
dE1sarro
ll
o
538 .05-04-201
7-
·426 07-04-2017 35 10-04-2017 biops1cosocial en la red
asistenci
al
Chile Crece Contigo.
TOTAL:
,,
,,
. . '
Fuente de lnformac1on: Elaborac1on prop1a sobre la base de los decretos de pago proporcionados por la Tesorena Mumc1pal de San Ramon.
(*):
documentos fueron requisados por la Policía de Investigaciones de Chile (POI), el día 2 de octubre de 2017.
50
MONTO
$
/
444.444
444.444
/
555.555
444.444
444.444
444.444
-
336.200
333.333
333.333
333.333
4.113.974
..
~
No
DE LA
OBSERVACIÓN
Capítulo 1
Aspectos de
Control Interno
Numeral2.
Capítulo 1
Aspectos de
Control Interno
Numeral8.
\
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLiCA
1 CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD DE AUDITORIA 3
ANEXO
No
8
ESTADO
DEOBSERVACIONES
INFORME FINAL
No
928-,
DE 20.17
MATERIA
OBSERVADA
Ausencia
de
manual de
procedimiento.
Omisión de
registro de
unidades
adquiridas
en
e,l
libro de control del
medicamento
fenobarbital
/
NIVEL DE
COMPLEJIDAD
Observación
Compleja
Observación
Altamente
Compleja
REQUERÍMIENTO PARA' SUBSANAR
LA OBSERVACIÓN O VERIFICAR
MEDIDAS ADOPTADAS
Esa entidad edilicia deberá confeccionar
un
manual de procedimientos que fije
los
cursos
de acción respecto del reclutamiento,
selección, contratación y pago, como a
su
vez,
para
la
verificación ·de
las
normas sobre
incompatibilidades e inhabilidades aplicables
a los servidores dél Departamento
de
Salud,
en
armonía.
con
lo previsto
en
el
numerai
45,
de la resolución exenta W 1.485,
de
1996, de
esta Contraloría General, y proceder a
. sancionarlo a través
del
decreto alcaldicio
respectivo, de acuerdo a
lo
dispuesto
en
el
artículo de
fa
ley W 19.880,
lo
que deberá
ser acreditado documentadamente
en
el
plazo
de
60
días hábiles, contado desde
la
recepción del presente ínforme.
La
unidad de farmacia del Centro
de
Salud
Familiar
La
Bandera deberá registrar
en
.
el
libro habilitado para
el
control del
medicamento fenobarbital
el
total de los
comprimidos adquiridos a través
de
la
factura
No
158.725, de 2017, y ajustar
el
stock
existente
en
esa dependencia, informando de
ello
en
el
plazo de
60
días hábiles, contado
desde
la
recepción de este documento.
5
:1
MEDIDA
IMPLEMENTADA Y
su
DOCUMENTACIÓN
-
DE
RESPALDO
NUMERACIÓN
DEL
DOCUMENTO
DE RESPALDO
. OBSERVACIONES
-
Y/0
COMENTARIOS
DE LA ENTIOAD
/
WDELA
OBSERVACIÓN
..
MATERIA
OBSERVADA
Falta de
Capítulo
11
Examen de
la
certificados de
antecedentes y
Materia Auditadá
Punto
3.2.
Capítulo
11
deClaración jurada
de
probi~ad
Horas trabajadas
en
el
período
en
Examen
de
la
que los
Materia Auditada
Numerales 4 y
7,
Literales
a)
y
b)
Capítulo
111
Examen
de
Cuentas
funcionarios
se
encontraban
haciendo uso
de
licencia médica
Contratación
de
servicios no
~
NumeraJ1
incluidos
en
el
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA
REPÚBLICA
,
'-
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
NIVEL DE
COMPLEJIDAD
Observación
Compleja
Observación
Compleja
Observación
Altamente,
Compleja
-·
UNIDAD DE AUDITORIA 3
REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR
LA OBSERVACIÓN O VERIFICAR
MEDIDAS ADOPTADAS
La
repartición comunál respecto de los
empleados que pertenecen a
la
dotación del
departamento de salud múnicipal y a
la
funcionaria municipal, que presentan además
contratación bajo la
modé!lidad
de hOnorarios,
deberá acreditar
en
el
plazo
dé.
60
días
hábiles, contado desde
la
recepción del
presente informe, que
el
personal que
se
individualiza
en
el
Anexo
No
3,
cu~nta
con los
mencionados documentos, conforme
lo
exige
la ley w 18.575.
El
Alcalde deberá instruir
un
procedimiento
disciplinario tendiente a determinar
las
eventuales responsabilidades administrativas
que 'pudieran . derivar de
la
situación
representada, remitiendo
el
acto
administrativo que así
lo
disponga a la Unidad
de Seguimiento de Fiscalía
de
esta Entidad
de
Control,
en
el
plazo de
15
días hábiles,
contado desde la
recepció~
.. del presente
informe.
La
municipalidad deberá remitir
el
acto
administrativo que dispuso ,
el
proceso
administrativo que alude
en
su
respuesta, a
la
Unidad de Seguimiento de Fiscalíá de este
Organismo
de
Control,
en
el plazo de
15
días
hábiles contado
de
la
recepción de este
documento.
Esa entidad comunal deberá acred itar a este
Órgano de Control,
en
el
plazo de
60
días
52
MEDIDA
IMPLEMENTADA Y
su
DOCUMENTACIÓN
DE RESPALDO
NUMERACIÓN -
DEL,
DOCUMENTO
DE RESPALDO
OBSERVACIONES
Y/0
COMENTARIOS
DE LA ENTIDAD
No
DE
LA
OBSERVACIÓN
Literales
a)
y
b)
--
·.
Capítulo
111
Examen de Cúentas
Numeral2 ,
MATERIA
OBSERVADA
programa de
servicio de
Atención Primaria
de Urgencia; GES
Odontológico
en
referencia
al
Componente
2:
Atención dental
en
embarazadas;
Modelo de
atención. integral
de salud familiar y
/comunitaria
en
atención primaria;
AP.OYO
al
desarrollo
biopsicosocial
en
la
red
asistencial;
y,
Programa Salud
Mental PPV GES y
NO
GES, ·
en
la
Atención
Secundaria
COSAM
La
.Bandera, por
un
total de
-$ 10.901.227.
-Pago total por
prestación de
ser-Vicios
parciales
CONTRA~ORÍA
GENERAL DE
LA
REP(JBLICA
1 CONTRALORIA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO
UNIDAD
DE
AUDITORIA 3
NIVEL DE
COMPLEJIDAD
1
Observación
Altamente
Compleja
REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR
.LA
OBSERVACIÓN O VERIFICAR
MEDIDAS ÁQOPTADAS
hábiles, contado desde
la
recepción del
presente informe, la rectificación de la
reñdición efectuada al Servicio de Salud
Metropolitano Sur Oriente, correspondiente al
año 2017, descontando
la
cifra
individualizada, y restituyéndola a
la
cuenta
corriente respectiva y a los saldos contables
respectivos. ' ·
\
La
municipalidad deberá demostrar
documentadamente,
en
el
plazo
de
60
días
hábiles, contado desde '
la
Jecepción
de
este
documento, las gestiones de cobro realizadas
para recuperar
la
suma
de$
196.000, pagada
indebidamente
al
señor Osear Zavala
MEDIDA
IMPLEMENTADA Y
su
DOCUMENTACIÓN
DE RESPALDO
NUMERACIÓN
DEL
,
DOCUMENTO
DE
RESPALDO .
OBSERVACIONES
Y/0
COMI;NTARIOS ·
DE
LA
ENTIDAD
~
~
_
----------
~
~------~
-
-
.
-
.
--~------------~A_g_u_ile
~
r_a_.
___________________
,
____
~--~--~------~~------~-
~
--~------------~
53

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