Informe final n° 330 de 2019 sobre auditoria a los procesos de licitación, adjudicación, contratación, ejecución y explotación de los contratos de obra efectuado por la Municipalidad de peñalolén julio-2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 816772169

Informe final n° 330 de 2019 sobre auditoria a los procesos de licitación, adjudicación, contratación, ejecución y explotación de los contratos de obra efectuado por la Municipalidad de peñalolén julio-2019

Fecha11 Julio 2019
Número de informe330/2019
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto efectuar una auditoria a los procesos de licitación, adjudicación, contratación, ejecución y explotación de los contratos de obra por parte de la Municipalidad de Peñalolén, independiente de la fuente de financiamiento, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.

La finalidad de la revisión fue determinar si los aludidos procesos se ciñeron a las disposiciones normativas aplicables, como asimismo, que los gastos efectuados estén debidamente acreditados, comprobando la autorización, valuación, registro contable y existencia de la documentación de respaldo.

Asimismo, verificar si las conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes asociadas a tales desembolsos se encuentran al día conforme lo establece la normativa, comprobando la integridad, existencia y exactitud de los movimientos originados por la ejecución de los contratos.

CONCLUSIONES

Se observó que la Municipalidad de Peñalolén no dio fiel cumplimiento a lo prescrito en las bases administrativas de los contratos "Mejoramiento ÿ Equipamiento Área verde Esperanza Andina 2" y "Reposición Multicancha Esperanza Andina 2”, por cuanto los integrantes de las comisiones de apertura no correspondieron a los indicados en dichas bases. Esa municipalidad deberá, en el futuro, dar estricto cumplimiento a las bases administrativas de las contrataciones que realice y proceder a incoar un procedimiento disciplinario tendiente a determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios relacionados con el hecho objetado, remitiendo a la unidad de seguimiento de Fiscalía de esta Entidad de control copia del acto administrativo que así lo disponga, en el término de 15 días hábiles, contado desde la recepción de este documento.

De igual manera, se encontraron falencias respecto a la correcta adjudicación de la obra "Mejoramiento complejo Deportivo cancha cuatro, Lo Hermida", por cuanto la empresa contratada no cumplía con uno de los requisitos exigidos al efecto. En lo sucesivo, ese municipio deberá ajustar sus acciones a lo dispuesto en la normativa que rige los contratos que celebre. Asimismo, lo objetado deberá ser incluido en él procedimiento disciplinario que esa entidad edilicia incoará.

De la revisión realizada, se advirtió que la entidad auditada, para el contrato de obra...

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