INFORME FINAL N° 29 DE 2011 MUNICIPALIDAD DE TEMUCO AL PROCESO DE ADQUISICIONES - NOVIEMBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565326438

INFORME FINAL N° 29 DE 2011 MUNICIPALIDAD DE TEMUCO AL PROCESO DE ADQUISICIONES - NOVIEMBRE 2011

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2011
EmisorRegional Araucanía
ServicioMUNICIPALIDAD DE TEMUCO
Número de informe29/2011
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir que:

  1. En cuanto a lo observado en el Capítulo I, sobre resultado de la auditoría, numerales 1.1, 2.1, 2.3, letras b) proceso trato directo (parcialmente), y contabilización y pago; letra c) contabilización y pago; letra d) proceso trato directo, y contabilización y pago; letra e) proceso trato directo (parcialmente), y fiscalización en la entrega de mediaguas; 2.4, letras a), b) y c), en el Capítulo III, numerales 1, 2 (parcialmente) y 3 (parcialmente), corresponde que estas sean levantadas, toda vez que el municipio aportó antecedentes que permiten dar por superadas dichas situaciones.

  2. En relación con el Capítulo I, numeral 2.3 Adquisiciones por Trato Directo, letra a), sobre la adquisición "Prestación de Servicios de Asesoría e Implementación y Control de la Reestructuración de la Dideco", la Municipalidad de Temuco realizó la contratación mediante trato directo, sin haber fundamentado la aplicación del artículo 10, numeral 7, letra f), del reglamento de la ley N°19.886, toda vez que, por ser de carácter excepcional esta modalidad de contratación, es preciso acreditar, efectiva y documentadamente, las razones que motivarían su procedencia, en especial las que permiten estimar fundadamente que no existen otros proveedores que otorguen la seguridad y confianza atribuida a la entidad con la que se contrata, razones que no aparecen suficientemente justificadas. Asimismo, el municipio no publicó en el sistema de información de compras, los antecedentes señalados en el artículo 57, letra d), de la norma legal indicada anteriormente.

  3. En cuanto a la contratación "Provisión de material árido para caminos urbanos y rurales de la comuna de Temuco", por un monto de $ 59.998.277, mediante Trato Directo, es preciso indicar que el municipio no publicó en el sistema de información de compras, as antecedentes indicados en el artículo 57, letra d), del reglamento de la ley N°19.886.

  4. El Alcalde de la Municipalidad de Temuco, al firmar el decreto N° 1.203, de 2010, que adjudica la contrataci6n directa de la obra "Reconstrucción Cielo y Sistema de Iluminación Post Terremoto, Auditorio Municipal", al oferente Constructora San Ignacio Limitada, y el decreto N° 1.695 de 2010, que aprueba el incremento de partidas presupuestarias por obras, participó en decisiones en que existían circunstancias...

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