Informe final n° 277-2017 dirección de vialidad del ministerio de obras públicas. sobre los contratos de mejoramiento de la ruta 257-ch, sector cerro sombrero – onaissin, y sector onaissin – san sebastián, región de magallanes y antártica chilena-diciembre 2017
Fecha | 22 Diciembre 2017 |
Número de informe | 277/2017 |
Emisor | Departamento de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas |
La fiscalización tuvo por objeto efectuar una auditoría a los contratos denominados "Mejoramiento ruta 257-Ch, (Ex ruta Y-79) (III), sector Cerro Sombrero - Onaissin, tramo KM. 15,300 al KM. 58,800; comuna de Primavera, provincia de Tierra del Fuego, Región de Magallanes y Antártica Chilena” y "Mejoramiento ruta 257-Ch, Sector Onaissin - San Sebastián, tramo KM. 135,74000 al KM. 180,90497; comuna de Porvenir, provincia de Tierra del Fuego, Región de Magallanes y Antártica Chilena", a cargo de la Dirección de Vialidad, en el período comprendido entre el 6 de junio de 2013 y 31 de enero de 2017.
Lo anterior, con la finalidad de verificar que en el período indicado los mencionados contratos se hayan ceñido a la normativa que resulte aplicable, como asimismo, validar que los gastos efectuados estén correctamente acreditados y comprobar la autorización, valuación, registro contable y existencia de la documentación de respaldo de las operaciones.
• Las obras del contrato "Mejoramiento ruta 257-Ch, (Ex ruta Y-79) (III), sector Cerro Sombrero - Onaissin, tramo KM. 15,300 al KM. 58,800; comuna de Primavera, provincia de Tierra del Fuego, Región de Magallanes y Antártica Chilena", fueron ejecutadas de conformidad con el proyecto denominado “Camino Ruta 257 Ch (Ex Y-79) Sector Cerro Sombrero- Onaissin”, desarrollado por la empresa Ingelog Consultores en el año 2002, lo que evidencia que la dirección auditada no cuenta con procedimientos o directrices, que establezcan en qué circunstancia corresponde la actualización de un proyecto, previamente a encomendar su realización, situación que expone a la Administración al riesgo de tener que incorporar y convenir obras nuevas o extraordinarias durante el desarrollo de un contrato, fuera de un régimen concursal, con lo que no se asegura que los precios acordados en esas circunstancias, correspondan a la mejor relación entre los recursos invertidos y las obras ejecutadas, y que los trabajos previstos se realicen en los plazos inicialmente fijados, aspectos que no armonizan con lo previsto en el numeral 3, del capítulo I, de la resolución exenta N° 1.485, de 1996, de esta Contraloría General.
La Dirección de Vialidad debe diseñar e implementar procedimientos estandarizados de uso generalizado, que determinen los casos en los cuales procede efectuar la mentada actualización, de manera tal de contribuir a la eficaz, eficiente e idónea administración de los medios públicos, lo que será verificado en una...
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