INFORME FINAL N° 24-11 MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA SOBRE AUDITORÍA DE ADQUISICIONES - SEPTIEMBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565324166

INFORME FINAL N° 24-11 MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA SOBRE AUDITORÍA DE ADQUISICIONES - SEPTIEMBRE 2011

Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2011
EmisorMunicipalidades
ServicioMUNICIPALIDAD DE HUECHURABA 
Número de informe24/2011
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral
  1. - Considerando que la autoridad municipal no dio respuesta al preinforme de observaciones respectivo, corresponde confirmar todas las observaciones formuladas en su oportunidad.

  2. - En relación con el capítulo II, resultados de la auditoría, punto 2.1, sobre aspectos generales de los procesos de adquisiciones, esa entidad edilicia deberá confeccionar y aprobar un manual de procedimientos que contenga las principales rutinas atingentes a las materias propias de la dirección de administración y finanzas. En lo que concierne al reglamento de boletas de garantía, la Municipalidad de Huechuraba deberá publicarlo en el sistema de información, por aplicación del inciso final del artículo 4° del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.:

  3. - Respecto del mismo capítulo II, numerales 2.2.1, licitación pública, letra a); 2.2.2, licitación privada, letras a) y b); y, 2.2.3, adquisiciones por trato directo, letra c), ese municipio deberá regularizar la omisión de la publicación de las bases administrativas generales y los contratos de prestación de servicios en el sistema de información de compras públicas, con la finalidad de dar cabal observancia a lo prescrito en el artículo 57, letra b), numerales 2 y 6; y letra f), N° 6, respectivamente, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.:

Por otra parte, en lo que concierne a lo observado en los puntos 2.2.1, letra b); 2.2.2, letra b) y 2.2.3 letra c), sobre la inconsistencia del certificado de conformidad de prestación de servicios que debía emitir la inspección técnica indicada en el contrato, esa entidad deberá, en lo sucesivo, ajustarse plenamente a los términos establecidos en el convenio respectivo. En lo referente al punto 2.2.3, letra a), sobre la contratación del proveedor Skenes S.A., esa entidad deberá dictar el decreto alcaldicio que evidencie que la actividad denominada "Huechuraba en el Bicentenario 2010", no fue llevada a cabo. Asimismo, en lo sucesivo, deberá ceñirse al principio contable del devengado, previsto en el oficio N° 60.820, de 2005, de esta Contraloría General, con la finalidad de registrar oportunamente las operaciones que efectúa dicho municipio y, los efectos que ellas provocan...

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