INFORME FINAL N° 225 DE 2010 FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE AUDITORÍA DE TRANSACCIONES MARZO 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565322282

INFORME FINAL N° 225 DE 2010 FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE AUDITORÍA DE TRANSACCIONES MARZO 2011

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2011
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioUNIVERSIDAD DE CHILE FACULTAD DE MEDICINA
Número de informe225/2010
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

La Universidad de Chile ha aportado antecedentes e iniciado acciones correctivas, las cuales permiten subsanar en parte las observaciones señaladas. No obstante, se mantienen algunas respecto de las cuales se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que rigen tales materias, las que deberán considerar entre otras, las siguientes acciones que a continuación se indican: - ASPECTOS DE CONTROL INTERNO 1.- Sobre la mantención de cheques en la caja de seguridad que se encontraban a la espera de su devolución y enmendados, se deberán implementar las acciones que agilicen su entrega en aquellos casos representativos de obligaciones extinguidas, y el cambio oportuno de aquellos enmendados para su posterior cobro.

  1. - Respecto de las observaciones realizadas a los arqueos de valores efectuados a cajas auxiliares, la Facultad deberá implementar acciones que permitan incrementar el control de las operaciones efectuadas por estas, instruyendo sobre el control estricto de la correlatividad de documentación de ingresos y sobre el mantenimiento de antecedentes respaldatorios de dichas operaciones.

  2. - Acerca del mantenimiento de cuentas contables que controlan las cuentas corrientes bancarias que se informaron cerradas, la Sede Universitaria deberá evaluar la pertinencia de su mantenimiento y/o realizar las acciones que sean apropiadas para su adecuado control. - EXAMEN DE CUENTAS 1.- Mercado Público Sobre la ausencia de procedimientos de licitación privada antes de proceder al trato directo, la Facultad de Medicina deberá ajustarse a lo señalado en los artículos 8, 9 y 10, del decreto N° 250, de 2004, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886.

  3. - Licitaciones públicas En relación con la licitación pública N° 5178-1219-LE09, esta Contraloría General procederá a perseguir eventuales responsabilidades civiles mediante la formulación de un reparo. Asimismo, respecto de la licitación N° 5177-10-LE10, la Facultad deberá poner a disposición de esta Contraloría General durante una futura auditoria de seguimiento, los antecedentes formales que den cuenta de la ampliación de plazos y las fechas en que finalmente se recepcionaron las obras. En lo que dice relación a la licitación N° 5177-71-LE09, deberá poner a disposición de este Organismo de Control el acta regularizada, materia que será fiscalizada mediante una visita de seguimiento.

  4. - Trato directo Sobre la orden de compra N° 5178-2588-SE10, con la Empresa El Mercurio S.A.P, deberá ceñirse a lo establecido en el artículo 8, de la ley N° 19.886, en orden a que si existe un convenio marco respecto de un bien o servicio. deberá ser adquirido a través de dicho convenio. Respecto de la orden de compra N° 5178-9-SE09, con Cecilia Basoalto Migueles y la orden de compra N° 5178-5746-SE09, con Compass Catering S.A, deberá ajustarse a...

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