INFORME FINAL N° 192-13 JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS AUDITORIA A LAS ADQUISICIONES BAJO LA MODALIDAD DE CONVENIO MARCO - AGOSTO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565135130

INFORME FINAL N° 192-13 JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS AUDITORIA A LAS ADQUISICIONES BAJO LA MODALIDAD DE CONVENIO MARCO - AGOSTO 2014

Fecha de Resolución21 de Agosto de 2014
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioJUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Número de informe192/2013
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

CONCLUSIONES Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, ha aportado antecedentes e iniciado acciones que en el futuro podrían subsanar parte de las situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 192, de 2013. Respecto del numeral 3.6, del acápite II, Examen de Cuentas, sobre incumplimiento de las exigencias indicadas en los acuerdos complementarios se deberá instruir un sumario administrativo, a fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas que de los hechos se pudieran derivar, cuyos resultados deberán ser remitidos a este Organismo de Control, en virtud de lo establecido en el punto 7.2.3 del artículo 7°, de la resolución N° 1.600, de 2008, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. No obstante lo anterior, deberá enviar el acto administrativo que ordena la instrucción del sumario y designa al fiscal, en el término de 15 días hábiles, contados desde Ia fecha de recepción del presente documento. Acerca de las objeciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. Exigir el estricto cumplimiento de lo estipulado en los contratos relativos a la ejecución del programa en análisis. Asimismo, deberá efectuar las notificaciones de los incumplimientos y cobro de multas que se determinen dentro de los plazos de vigencia de los convenios (acápite II, Examen de Cuentas, numeral 3.6).

  2. Actualizar el manual de gesti6n de compras y contrataciones públicas, aprobado por la resolución exenta N° 3.478, de 31 de octubre de 2012, de la JUNAEB, según lo comprometido, acorde con los artículos y de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (acápite I, sobre Aspectos de Control Interno, numeral 1).

  3. Proceder a Ia devolución de las garantías, conforme lo aprobado por la resolución exenta N° 4.231, de 31 de diciembre de 2010, de la JUNAEB, específicamente, lo establecido en el titulo 3 del precitado escrito, y en concordancia con lo señalado en el numeral 38, de la resolución N° 1.485, de 1996, de esta Contraloría General (acápite I, sobre Aspectos de Control Interno, numeral 2).

  4. Comunicar a través del sistema, la intención de compra a todos los proveedores que ofrezcan el producto demandado...

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