INFORME FINAL N° 15-14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE ALTO DEL CARMEN AUDITORIA PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR-SEPTIEMBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565134422

INFORME FINAL N° 15-14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE ALTO DEL CARMEN AUDITORIA PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR-SEPTIEMBRE 2014

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2014
EmisorRegional Atacama
ServicioDEPARTAMENTO DE EDUCACION DE ALTO DEL CARMEN
Número de informe15/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional
  1. En cuanto a la observación planteada en el acápite II, Examen de Cuentas Egresos, numeral 2.1.1, Gastos improcedentes por el monto de $2.646.693, sobre el pago, con cargo al PIE, de las asignaciones por bono proporcional ley N° 19.410 y asignación de ruralidad, la entidad deberá regularizar lo observado, solicitando la reapertura de la plataforma de rendición, como asimismo restituir los fondos y efectuar los ajustes contables según proceda y remitir los antecedentes a esta Contraloría Regional en un plazo de 60 días desde la fecha del presente informe; vencido el cual sin que se haya aclarado o bien la aclaración sea insuficiente, se formulará el reparo pertinente, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y 101 de la ley N° 10.336, Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.:

    Asimismo, la entidad deberá dar inicio a un sumario administrativo remitiendo el decreto de inicio a la Unidad de Seguimientos de la Fiscalía de la Contraloría General de la República en un plazo no superior a 15 días y posteriormente, cumplido el plazo legal de sustanciación del mismo, deberá remitir el expediente con el resultado para el debido control de legalidad.

  2. En lo referente a la observación contenida en el acápite II, Examen de Cuenta Ingresos, numeral 1.3 Registro Contable letras a), sobre contabilización errónea de las subvenciones códigos 1110, 1310, 1610 y 171, la entidad municipal deberá en lo sucesivo tomar las acciones necesarias a fin de ajustarse a la normativa ya señalada, lo cual será validado en una futura fiscalización., debiendo asimismo la SEREMI de Educación, impartir instrucciones formales en forma escrita a cada una de las entidades.

  3. En lo referente a la observación contenida en el acápite II, Examen de Cuentas Ingresos, numeral 1.3 Registro Contable letras b), imputaciones erróneas de bono de reconocimiento profesional por el monto de $11.836.281 en cuenta contable 115-05-03-003-01, el municipio deberá en lo sucesivo tomar las acciones necesarias a fin de ajustarse al oficio N° 36.640 de 2007 sobre procedimientos contables para el sector municipal, de la Contraloría General de la República, lo cual será validado en una futura fiscalización.

  4. En lo referente a la observación contenida en el acápite II, Examen de Cuentas Ingresos, numeral 1.3 Registro Contable letras c), sobre diferencias no contabilizadas en los meses de febrero y junio de 2013, por montos de menos $604.531 y menos $2.089.781, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR