Informe final n° 134, de 2018, sobre auditoria al programa de revitalización de barrios e infraestructura patrimonial emblemática, financiado con recursos del préstamo internacional n° 3564/oc-ch, ejecutado por la subdere - Doctrina Administrativa - VLEX 840315581

Informe final n° 134, de 2018, sobre auditoria al programa de revitalización de barrios e infraestructura patrimonial emblemática, financiado con recursos del préstamo internacional n° 3564/oc-ch, ejecutado por la subdere

EmisorII Contraloría Regional Metropolitana de Santiago
Número de informe134/2018
Fecha30 Abril 2018

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto practicar una auditoría al Programa de Revitalización de Barrios e Infraestructura Patrimonial Emblemática, ejecutado por la SUBDERE y cofinanciado con recursos derivados del Contrato de Préstamo N° 3564/OC-CH, suscrito entre la República de Chile y el BID, y subejecutado por las municipalidades de Arica, Cartagena, Coquimbo, Lota y Santiago, en el periodo comprendido entre el 1° de agosto y el 31 de diciembre de 2017.
La finalidad de la auditoría fue verificar si los ingresos y gastos relacionados con el mencionado programa, cumplen con las disposiciones legales, reglamentarias y contractuales que resulten aplicables, evaluando además las actividades de control interno implementadas por el servicio para su correcta operación.
En tal sentido, el trabajo se orientó a comprobar que los gastos e ingresos, se encuentren debidamente documentados, sus cálculos sean exactos y estén adecuadamente registrados y contabilizados.
Cabe señalar además, que el examen de los gastos informados por las municipalidades antes mencionadas, fue efectuado en forma paralela a esta auditoría, por las Contralorías Regionales respectivas, el que dio origen a los informes finales que se adjuntan en el anexo N° 5 de este informe.
Por último, es menester señalar que la SUBDERE remitió a este Ente de Control, mediante el oficio N° 570, de 2 de marzo de 2018, los Estados Financieros, EFAS, al 31 de diciembre de 2017, del aludido programa, y posteriormente, el 20 de marzo de la presente anualidad, remitió, a través del oficio N° 727, una versión rectificada de los citados EFAS, con sus respectivas notas.

CONCLUSIONES

Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, la SUBDERE, deberá adoptar las medidas tendientes a subsanarlas y dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que rigen la materia, entre ellas:

1. Implementar los controles que correspondan con el fin de contar con información certera respecto de los gastos aprobados a través de la plataforma www.sudereenlinea.gov.cl, identificando a ciencia cierta aquellos que se asocian a transferencias realizadas durante el año 2015 -contabilizados como gastos- y cuáles no, a fin de estos últimos registrarlos oportunamente en el SIGFE, en atención a lo indicado en el numeral 1, del acápite II, “Aspectos de Control Interno”, lo que será materia a validar en una próxima fiscalización. (AC)
2. Registrar en la planilla auxiliar de control de gastos de los proyectos con cargo...

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