Informe final n° 1.069, de 2018, sobre auditoría a los proyectos de construcción ejecutados por el servicio de vivienda y urbanización de la región de aysén del general carlos ibáñez del campo - Doctrina Administrativa - VLEX 840317828

Informe final n° 1.069, de 2018, sobre auditoría a los proyectos de construcción ejecutados por el servicio de vivienda y urbanización de la región de aysén del general carlos ibáñez del campo

Fecha11 Abril 2019
Número de informe1069/2018
EmisorRegional Aysén

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por finalidad efectuar una auditoría de inversión en infraestructura a los contratos de construcción ejecutados por el Servicio de Vivienda y Urbanización de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, en el período comprendido entre el 1 de julio de 2017 y el 31 de octubre de 2018.

La revisión tendrá por objetivo verificar que la ejecución de las obras se haya realizado de acuerdo a lo estipulado en las bases y en la respectiva normativa que aplica en la materia, dando cumplimiento a los principios de eficiencia, eficacia y economicidad. Además, se constatará la veracidad y exactitud de las cuentas; y las operaciones aritméticas y contables de los respectivos estados de pago y sus documentos de tesorería asociados.

CONCLUSIONES

Preguntas de la Auditoría

• ¿Ha velado la entidad para que la ejecución de los proyectos se haya efectuado en los términos estipulados en las bases y otra normativa vigente aplicable a la materia?

• ¿Los documentos de tesorería se encuentran debidamente acreditados?

• ¿El Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo ha llevado el control de las obras, de manera de garantizar el cumplimiento de los principios de eficiencia, eficacia y economicidad?

Principales Resultados

• Se corroboraron diversas deficiencias en la ejecución de las obras Construcción Muros de Contención Población Pablo Neruda, Sectores I y II, Coyhaique, respectivamente, tales como partidas pagadas en exceso por $ 28.943.656 y $ 834.044; como asimismo ítems erogados que habían sido disminuidos por $ 32.126.320, $ 460.523 y $ 1.461.112; y, multas que no fueron cursadas por $ 13.050.312 y $ 603.538, respectivamente, esa entidad deberá acreditar documentadamente la regularización de los montos objetados, en un plazo máximo de 30 días hábiles contado desde la recepción del presente
informe, bajo apercibimiento de que si así no lo hiciera, se formulará un reparo pertinente, de acuerdo a lo señalado en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 116 del mismo cuerpo normativo.

• Se constató que la boleta de garantía N° 2062979, de 18 de octubre de 2017, del Banco Santander Chile, por un valor de 233,10 unidades de fomento, presentada por la Constructora Pedro Arriagada Fica, con el objeto de avalar el fiel cumplimiento del contrato de la obra "Construcción Muros de Contención Población Pablo Neruda, Sector I, Coyhaique", tiene...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR