Informe final de investigación especial 1.087-18 universidad de magallanes eventuales irregularidades en la ejecución de los convenios de subsidio suscritos por la universidad de magallanes y la corporación de fomento de la producción-abril 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 840027087

Informe final de investigación especial 1.087-18 universidad de magallanes eventuales irregularidades en la ejecución de los convenios de subsidio suscritos por la universidad de magallanes y la corporación de fomento de la producción-abril 2019

Fecha15 Abril 2019
Número de informe1087/2018
EmisorRegional Magallanes

OBJETIVO

Indagar sobre eventuales irregularidades en el proceso de adjudicación de la licitación ID 1893-1-LQ17, realizada por la Dirección Regional del Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género de Magallanes y de la Antártica Chilena al oferente Asesorías Empresariales Iceberg Limitada, así como las posibles anomalías en el uso por parte del citado proveedor, de los recursos materiales, humanos, e inmueble en el marco del proyecto coejecutado por dicha empresa con la Universidad de Magallanes, en el contexto de los proyectos 15CW-44548 y 16CW-65715, suscritos por la casa de estudios y la Corporación de Fomento y de la Producción.

CONCLUSIONES

• Se objeta que la UMAG, no proporcionó los antecedentes que permitan verificar que las funciones realizadas por los señores Ignacio Quijada Loncharic, y Sebastián Saavedra Bravo, en razón a los contratos a honorario que mantenían con dicha casa de estudio, son distintas a las labores efectuadas y que dieron origen a las boletas Nos 37 y 161, rendidas como parte de la ejecución del proyecto cowork 15CV-44548, lo que deberá acreditar y documentar, en el Sistema de Seguimiento y Apoyo al Cumplimiento de este Organismo de Control, en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.
Cabe señalar que, en caso de incumplimiento de lo indicado, esta Contraloría Regional, atendida la naturaleza de la infracción, procederá a formular el reparo pertinente, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
• Se observa que la UMAG no cuenta con respaldos del proceso de selección del coejecutor de los proyectos efectuados, por lo que dicha casa de estudios deberá acreditar y documentar dicho proceso en el Sistema de Seguimiento y Apoyo al Cumplimiento de este Organismo de Control en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.
• Se constató que las bases de la licitación ID 1893-1-LQ17 de la Dirección Regional del Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género de Magallanes y de la Antártica Chilena no establecieron atributos objetivos y detallados a fin de evaluar el contenido de las ofertas, por lo que esa entidad deberá arbitrar las medidas necesarias a fin de evitar en lo sucesivo lo advertido.
• Se verificó que la Dirección Regional del Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género de Magallanes y de la Antártica Chilena no se ajustó al...

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