Informe final investigacion especial n° 89-2019 - Municipalidad de buin - sobre eventuales irregularidades - enero 2020
Fecha | 09 Enero 2020 |
Número de informe | 89/2019 |
Emisor | I Contraloría Regional Metropolitana de Santiago |
Atender las presentaciones, algunas de ellas acogidas a reserva de identidad, en las que se solicita investigar eventuales irregularidades en la Municipalidad de Buin, relacionadas con el servicio de recolección de basura; no pago de servicios electricos; relaciones de parentesco de funcionarios con autoridades del municipio; personal que no cumple con el desempeño de sus funciones; uso de recursos en campañas políticas; pagos improcedentes al Alcalde por concepto de asignación del Programa de Mejoramiento a la Gestión Municipal, y de horas extraordinarias a servidora municipal.
Además, de la existencia de desembolsos en actividades que difieren de lo que es la naturaleza de la gestión municipal por
$ 200.000.000; realización de actividades de índole municipal en empresas privadas; abultamiento de los ingresos en el
presupuesto municipal por $ 3.000.000.000; falta de aplicación de la ordenanza de derechos municipales en el caso de la instalación de una pantalla led gigante; gastos excesivos en la adquisición de plantas y flores,-y utilización y rendición de caja chica.
Se determinó que la Municipalidad de Buin, durante el año 2017, no cobró derechos municipales a la empresa VPGroup por concepto de publicidad, como correspondía de conformidad con la normativa que rige la materia. Asimismo, se determinó que, en el año 2018, la entidad edilicia rebajó derechos municipales por concepto de publicidad a la nombrada empresa, lo que resultó improcedente, toda vez que no existe disposición legal que autorice al alcalde a condonar obligaciones en dinero. El monto total de los derechos no cobrados y rebajados indebidamente a VPGroup, asciende a$ 63.261.312.
El municipio deberá efectuar oportunamente las gestiones de cobro de los derechos por uso de bien nacional de uso público y abstenerse, en lo sucesivo, de efectuar rebajas indebidas.
A su vez, esta Sede Regional efectuará un reparo por la suma antes anotada, en virtud de los artículos 95 y siguientes de la citada ley No 10.336, sin perjuicio de lo consignado en su artículo 116.
Se constató que a partir del mes de enero de 2018 el municipio contrató a honorarios al Director de Medio Ambiente Aseo y Ornato (s), don , para la elaboración de manuales de procedimientos, por un monto total de $ 3.600.000, Bruto, sin que dicho servidor acompañara los informes de actividades y pese a que los aludidos instrumentos ya habían sido confeccionados por el Departamento de Recursos Humanos. Asimismo, se...
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