INFORME FINAL INVESTIGACION ESPECIAL 01-2011 JUNAEB - ABRIL 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565315046

INFORME FINAL INVESTIGACION ESPECIAL 01-2011 JUNAEB - ABRIL 2011

Fecha de Resolución12 de Abril de 2011
EmisorRegional Arica y Parinacota
ServicioJUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
Número de informe1/2011
Tipo de informeInforme de Investigación Especial
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, es posible concluir que:

  1. - En opinión de esta Contraloría Regional, los antecedentes aportados por la Dirección Regional de la JUNAEB, y los elementos de juicio reunidos durante la investigación, respaldan la existencia de hechos que apreciados objetiva y ponderadamente permiten concluir que la empresa Compass Group Chile S. A., incurrió en diversos incumplimientos al contrato de concesión de los servicios de raciones alimenticias diarias para los beneficiarios de los programas de alimentación de la JUNAEB, de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, JUNJI, pertenecientes a los establecimientos de las Unidades Territoriales de la Región de Arica y Parinacota (UT1501).

  2. - Lo anterior significó que en atención a lo dispuesto en las cláusulas décimo octavo y décimo noveno del contrato, JUNAEB procedió a la aplicación de multas pecuniarias por incumplimiento en el período marzo-junio de 2010, de las exigencias relacionadas con la variable " Control Gestión Operativa del Programa", identificada como "Variable V1", y de la variable de control "Seguimiento de la estructura programática del Proyecto Técnico," identificada como "Variable V6", ambas consignadas en el numeral 3 y 6 del artículo 58 de las Bases Administrativas de la Propuesta Pública 23/2007, por la suma de $35.502.648.-, las que producto de descargos y apelaciones presentados por la empresa concesionaria, fueron rebajadas a $34.853.261.-. Adicionalmente, en atención a los chequeos realizados a la Bodega Zonal, los días 20 de mayo, 9 de julio y 9 de septiembre, se procedió a la aplicación de una multa inapelable por un monto equivalente a 55 UTM, de acuerdo a lo establecido en el punto N° 2.4 del cuadro N° 74 de las Bases Técnicas y Operativas de la citada Licitación.

  3. - Corresponde expresar además que mediante resolución exenta N° 2926, de 15 de septiembre de 2010,el Secretario General de la JUNAEB, don Carlos Cabezas Beroiza, procedió a hacer efectivas las boletas de garantía por fiel cumplimiento, Serie BG N° 645 y 646 de HSBC Bank, Santiago, por un total equivalente a la suma de $350.139.344.- y $350.459.593.-, respectivamente, recursos que fueron depositados mediante los comprobantes CD1A3152 y ED 1F78DC, de fecha 22 de octubre de 2010, en cada caso, en la cuenta corriente N° 9010203, del BancoEstado, a nombre de la citada Junta Nacional, siendo imputados contablemente en la cuenta transitoria...

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