Informe final 948-2018 auditoria a las sub-fases de diseño y construcción del contrato diseño y construcción puente chacao - Doctrina Administrativa - VLEX 869191872

Informe final 948-2018 auditoria a las sub-fases de diseño y construcción del contrato diseño y construcción puente chacao

Fecha27 Mayo 2021
Número de informe948/2018
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto efectuar una auditoría a las sub-fases de diseño y construcción del contrato “Diseño y Construcción Puente Chacao, Región de Los Lagos”, ejecutado por la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, en el periodo comprendido entre el 1 de febrero de 2017 y el 24 de septiembre de 2018.
Lo anterior, con la finalidad de verificar que la citada entidad haya efectuado un control eficiente y eficaz sobre el desarrollo del contrato en el periodo señalado, particularmente en lo relativo al cumplimiento de las exigencias dispuestas para el fin de la sub-fase de diseño y aquellas vinculadas con el inicio de las obras.

CONCLUSIONES

• De acuerdo con el punto 8.4.1.1 de las especificaciones técnicas de esta obra, la dosificación del hormigón y el diseño de las mezclas tiene que ser presentado por el contratista “(…) y verificado y visado por el Laboratorio de Vialidad”, para posteriormente ser aprobadas por el inspector fiscal, IF.
En tal contexto, se comprobó que en lo tocante al hormigón de los pilotes de la Pila Central del puente , el Laboratorio Nacional de Vialidad, LNV, entregó su visación y consecuentemente con ello el IF otorgó su autorización sin que antes se verificase el cumplimiento de todos los requisitos establecidos para los materiales constituyentes de la mezcla, consignados en las respectivas especificaciones técnicas de esta obra. En efecto, el aludido laboratorio no efectuó los ensayos ni dispuso de los antecedentes que validaran el cumplimiento de los requerimientos detallados en el anexo N° 2 de este documento.
Habida consideración de lo expuesto, la DV deberá procurar que en lo sucesivo el LNV vise las mezclas de hormigón que se utilizarán en el puente, contando con toda la documentación que acredite que estas cumplen con lo solicitado; y que, en la aprobación de las mismas, por parte del inspector fiscal, se verifique la existencia de dichos antecedentes, de manera de dar cabal observancia a lo establecido en el contrato.
• A su vez, durante el proceso de hormigonado de los aludidos pilotes -iniciado el 6 de julio de 2018-, se detectó que se mantenían sin resolver observaciones formuladas por la Asesoría a la Inspección Fiscal, AIF, a los certificados presentados por el contratista para acreditar la calidad de los hormigones utilizados en la obra y sus materiales constituyentes. Por otra parte, no se encontraban disponibles los antecedentes que dieran cuenta del cumplimiento de los requisitos...

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