INFORME FINAL 91-11 SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES AUDITORÍA PROCESO DE REPOSICIÓN DE EQUIPAMIENTO MÉDICO - OCTUBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565327550

INFORME FINAL 91-11 SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES AUDITORÍA PROCESO DE REPOSICIÓN DE EQUIPAMIENTO MÉDICO - OCTUBRE 2011

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2011
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioSUBSECRETARIA DE REDES ASISTENCIALES
Número de informe91/2011
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

La Subsecretaría de Redes Asistenciales y el Hospital San Juan de Dios han aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido subsanar parte de las observaciones planteadas, como se expresa en el cuerpo del presente informe. No obstante lo anterior, se mantienen algunas situaciones respecto de las cuales, las mencionadas entidades, deberán adoptar las medidas pertinentes que contemplen, al menos, las siguientes acciones:

  1. La Subsecretaría deberá instruir sobre el cumplimiento cabal de la circular interna N° 24, de 13 de agosto de 2010, que regula el procedimiento interno de registro y de los antecedentes respaldatorios de las facturas y documentos de pago, tales como los informes de recepción conforme de los bienes, omisión que se observó respecto de los equipos entregados al Hospital de Constitución, al Centro de Salud de Quilleco, al Hospital de Nacimiento y al de Yumbel. Por otra parte, deberá requerir la devolución de los fondos transferidos erróneamente al Servicio de Salud Metropolitano Norte y que le correspondían al Servicio de Salud Araucanía Norte, específicamente al Hospital de Angol, y que fueron donados por el Organismo Internacional Americares Foundation Incorporated.

  2. La Dirección del Hospital San Juan de Dios, deberá adoptar medidas a objeto de dar cumplimiento a la normativa de adquisiciones, en especial, al artículo 57, letra d), N° 1 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886, referido a la publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, de la resolución fundada que autoriza la procedencia del trato o contratación directa, y, en la letra d) N° 2, del mismo artículo, en cuanto a publicar los términos de referencia.:

    Ejercer una adecuada supervisión del proceso relacionado con la compra, recepción y control de los equipos, en orden a que exista una coordinación entre las dependencias de Abastecimiento, lnventario y Equipos Médicos. Mejorar el sistema de archivo de la documentación que sustenta las operaciones, a objeto que se encuentre a disposición de este Organismo de Control cada vez que se requiera, dando así cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 9 y 131, de la ley N° 10.336, Orgánica Constitucional de esta Contraloría General.

  3. El Servicio de Salud Metropolitano Norte, no dio respuesta al Preinforme de Observaciones, emitido por este Organismo de Control, no obstante lo cual, para efectos del presente documento se...

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