Informe final 904-18 Municipalidad de talca auditoria al proceso de endeudamiento periodo enero a diciembre de 2017 - abril 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 840027199

Informe final 904-18 Municipalidad de talca auditoria al proceso de endeudamiento periodo enero a diciembre de 2017 - abril 2019

Fecha10 Abril 2019
Número de informe904/2018
EmisorRegional Maule

OBJETIVO La fiscalización tuvo por objeto revisar el proceso de endeudamiento de la Municipalidad de Talca, verificando el cumplimiento de los requisitos de legalidad, resguardo del patrimonio público y probidad, efectuando para ello una evaluación del sistema de control interno relacionado con este proceso, como asimismo, el examen de las cuentas que conformaban el pasivo de corto y largo plazo, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, análisis que para algunos casos abarcó periodos anteriores y posteriores, en cuanto se consideró necesario.
CONCLUSIONES Se verificó que el saldo inicial de caja de los años 2017 y 2018, no contaba con recursos para hacer frente a los pasivos en la cuantía de a lo menos $1.556.483.437 y $1.970.845.504, respectivamente, lo que vulnera los principios de sanidad y equilibrio de las finanzas públicas previsto en el artículo 81 de ley No 18.695, debiendo el municipio ajustar su actuar a la citada normativa.

Se constató la existencia de una deuda flotante subvalorada por facturas no contabilizadas al 31 de diciembre de 2017, ascendente a $854.188.318, toda vez que no se encontraban registradas como deuda exigible, no obstante cumplir con los requisitos para ser reconocidos como tal. Lo anterior, compromete el presupuesto municipal del año 2018, en dicho monto, debiendo el municipio ajustar su actuar al principio de sanidad y equilibrio financiero, consagrado en la aludida ley No 18.695 y en el decreto ley No 1.263.

Se verificó que la cuenta 115-12-10, lngresos por percibir, registra un saldo en el Balance de Comprobación y saldos al 31 de diciembre de 2017, de $8.514.949.770, el cual presenta una recuperabílidad que no sobrepasa el 5% en los últimos 3 años; lo que incumple lo previsto en el artículo 7° de la ley No 19.880; el artículo 27, letra b), numeral 7, de la ley No 18.695; los artículos 60 y 61 la ley No 10.336; y los artículos y de la ley No 18.575. Asimismo, se observó que dicha cuenta registra una diferencia que asciende a $2.324.374.395, entre lo informado por los distintos departamentos municipales, a saber: $10.839.324.165 y lo expuesto en el Balance de Comprobación y Saldos. Igualmente se comprobó que del saldo total informado por los distintos departamentos, un total de $4.316.266.165, datan de una fecha anterior al año 2014, lo que representa un 39,82% del citado saldo, situaciones que incumplen lo previsto en el artículo 27, letra b), numerales 1 y 7, de la referida ley
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