INFORME FINAL 83-11 INSTITUTO DE NEUROCIRUGÍA E INVESTIGACIONES CEREBRALES DR. ALFONSO ASENJO SUBTÍTULO 22 BIENES Y SERVICIO - SEPTIEMBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565328274

INFORME FINAL 83-11 INSTITUTO DE NEUROCIRUGÍA E INVESTIGACIONES CEREBRALES DR. ALFONSO ASENJO SUBTÍTULO 22 BIENES Y SERVICIO - SEPTIEMBRE 2011

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2011
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioINSTITUTO DE NEUROCIRUGIA DOCTOR ASENJO
Número de informe83/2011
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

El Instituto de Neurocirugía ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido subsanar parte de las observaciones planteadas, como se expresa en el cuerpo del presente Informe. No obstante lo anterior, se mantienen algunas situaciones respecto de las cuales se deberán adoptar las medidas que se detallan a continuación:

  1. Efectuar las gestiones que correspondan, tendientes a lograr la implementación de una aplicación computacional que enlace lo informado en el Portal Mercado Público con el sistema de recepción en bodega que administra el Instituto.

  2. Implementar un catastro completo y actualizado de convenios y efectuar seguimientos periódicos que permitan verificar el cumplimiento de las distintas cláusulas de dichos contratos.

  3. Emitir oportunamente las resoluciones exentas que aprueban los convenios con terceros.

  4. Publicar en el Portal Mercado Público, todos los antecedentes relacionados con los procesos de compra que realice el Centro Hospitalario.

  5. En lo referente al documento denominado "Recepción de Trabajo", diseñado por el Departamento de Finanzas y remitido para revisión al Comité de Adquisiciones, se deberá requerir su pronta aprobación.

  6. Respecto del servicio de mantenimiento y reparación de edificaciones con el proveedor De La Barra y Compañía Limitada, se deberá tener presente incluir en los respectivos contratos, la partida presupuestaria a la cual se imputara el gasto, de acuerdo con el marco regulatorio legal.

  7. Normalizar las condiciones de la prestación de servicio de confección de cottones, en orden a que exista un convenio aprobado por resolución que respalde los pagos respectivos y que su celebración se haya sujetado a la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

  8. Implementar el módulo de compromisos a futuro del SIGFE, a fin de registrar las obligaciones de ese tipo contraídas con terceros por parte del Centro Asistencial. Sin perjuicio de lo anterior, el Instituto de Neurocirugía deberá instruir un proceso disciplinario a fin de determinar las responsabilidades que correspondan en los...

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