INFORME FINAL 74-13 EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO AUDITORIA AL ESTADO DE LOS CRUCES FERROVIARIOS - FEBRERO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565132186

INFORME FINAL 74-13 EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO AUDITORIA AL ESTADO DE LOS CRUCES FERROVIARIOS - FEBRERO 2014

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2014
EmisorInfraestructura y Regulación
ServicioEMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO - EFE
Número de informe74/2013
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

La Empresa de los Ferrocarriles del Estado ha aportado antecedentes que han permitido levantar lo observado respecto a la falta de identificación del contratista, indicado en el numeral 2.3, "Deficiencias en guarda cruzadas", del acápite "Examen de la Materia Auditada". Del mismo modo, ha adoptado acciones que permiten subsanar las observaciones consignadas en los numerales 1.2, letra a); 1.3; 1.4.1 , letra a); 1.4.2; 1.5.1; 1.5.2; 1.9.1; 1.9.2; 1.9.3 y 2.3, referidos a inexistencias y/o falencias en discos "PARE"; deficiencias asociadas a señales "Sin Guarda Cruce"; fallas de señal luminosa blanca en los cruces Cementerio y Victoria; fallas en señales luminosas rojas; fallas en dispositivos reflectantes en barreras; fallas en altura de barreras; manual de operación de guarda cruzada incompleto; chaleco reflectante desgastado; guarda cruces no autorizado; falta de manual de operaciones y de servicios higiénicos; respectivamente, todos del acápite "Examen de la Materia Auditada". No obstante lo anterior, se mantienen las siguientes objeciones, respecto de las cuales deberá arbitrar medidas tendientes a subsanarlas y dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que rigen la materia, entre ellas:

  1. Actualizar el registro de los cruces a nivel, en concordancia con lo exigido en la norma de seguridad ferroviaria de EFE, a fin de evitar situaciones como las indicadas en los numerales 1.1, letras a) y b); y 3.2, letras a) y b), del acápite "Examen de la Materia Auditada", de este informe.

  2. Ceñirse a lo establecido en el decreto N°38, de 1986, "Señalización de Cruces Ferroviarios Públicos a Nivel", del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y en la norma de seguridad ferroviaria de EFE, respecto a la instalación y mantención de la señalética de los cruces públicos a nivel, sean pasivas o activas, de acuerdo a lo representado en los numerales 1.2, letra b), 1.4.1 , letra a), y 1.4.3, del acápite "Examen de la Materia Auditada", de este informe.

  3. Controlar el efectivo cumplimiento de la norma de seguridad ferroviaria de EFE, en relación con las carpetas de rodado de los cruces ferroviarios a nivel, según se representó en el numeral 1.6, letras a), b) y e), del acápite "Examen de la Materia Auditada", de este informe.

  4. Exigir el estricto cumplimiento de la norma de seguridad...

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