INFORME FINAL 7-12 DIRECCION REGIONAL ONEMI SOBRE AUDITORÍA EFECTUADA EN LA DIRECCIÓN REGIONAL DE LA OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA DE LA REGIÓN DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBAÑÉZ DEL CAMPO-NOVIEMBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565133210

INFORME FINAL 7-12 DIRECCION REGIONAL ONEMI SOBRE AUDITORÍA EFECTUADA EN LA DIRECCIÓN REGIONAL DE LA OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA DE LA REGIÓN DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBAÑÉZ DEL CAMPO-NOVIEMBRE 2014

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2014
EmisorRegional Aysén
ServicioDIRECCION REGIONAL ONEMI AYSEN
Número de informe7/2012
SectorServicios Regionales
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir que: La Oficina Regional de Emergencias de Aysén deberá adoptar e implementar, acciones tendientes a subsanar las observaciones que se mantienen, y dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen en cada una de las materias, las cuales, conforme a las políticas de este Organismo Contralor, serán verificadas en una próxima auditoría de seguimiento que se realice a ese Servicio, las que deberán considerar en especial lo siguiente: a) Respecto a las "Cartas de Inundación", indicado en el numeral 1.3, del punto 1 "Protección Civil", la Oficina Regional de Emergencias deberá dar cumplimiento a las acciones comprometidas con el fin que se generen las faltantes cartas de inundación. b) La Oficina Regional de Emergencia deberá agotar las instancias correspondientes, con el objeto de lograr una efectiva coordinación relativa a la comunicación en situaciones de emergencia con las postas rurales, según lo señalado en el numeral 2.2 del punto 2. c) Respecto a los "Recursos financieros para stock crítico", referido en el numeral 3.1, del punto 3 "Abastecimiento", ese Servicio deberá concretar las acciones informadas con el fin de mantener un suficiente y adecuado stock de materiales para enfrentar situaciones de emergencia.:

d) En lo que respecta al "Cumplimiento de la normativa", indicado en el numeral 3.2, del punto 3 "Abastecimiento", esa Institución deberá regularizar la entrega de la mochila de comunicaciones, con su respectiva aprobación por medio del acto administrativo. e) Sobre el "Control de los bienes...

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