Informe Final 64-14 Municipalidad de Macul sobre Auditoria a los Contratos de Obras Suscritos por la Municipalidad de Macul Durante los Años 2013 y 2014 Financiados por Ministerio de Vivienda y Urbanismo - Marzo 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 682364681

Informe Final 64-14 Municipalidad de Macul sobre Auditoria a los Contratos de Obras Suscritos por la Municipalidad de Macul Durante los Años 2013 y 2014 Financiados por Ministerio de Vivienda y Urbanismo - Marzo 2015

PonenteDe acuerdo con los antecedentes proporcionados por el municipio auditado mediante oficios N°52.299 y 2.550, de 17 de junio y 7 de julio de 2014, respectivamente, y validados por esta Entidad de Control, el universo de esta auditoría lo componen 2 contratos financiados por el MINVU y el SERVIU Metropolitano, por un monto total de $495.306.706.
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2015
EmisorInfraestructura y Regulación
ServicioMunicipalidad de Macul
Número de informe64/2014
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral
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SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA
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2.056/2014
15.024/2014
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2014, debidamente aprobado, sobre
auditoría a los contratos de obras suscritos por la Munici
pa
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de
Ma
cul, durante
los
años 2013 y 2014, financiados por el Min isterio de Vivienda y Urbanismo y
el
Se
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cio
de Vivienda y Urbanización Metropolitano -SERVIU Metropolitan
o-.
Sobre
el
particular, correspo
nd
e que esa
autoridad adopte las medidas pertinentes, e implemente las acciones que en cada
caso
se
señalan, tendientes a subsanar las situaciones observadas, aspectos que
se
verificarán en una próxima visita que practique este Organismo de Control
en
e
sa
Entidad.
Asimismo, cabe señalar que el presente
in
forme, por aplicación de la ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública se
publica
en
el
sitio web institucional.
Remítase a la Directora de
Con
trol y a
la
Secretaria Munici
pa
l, ambos de la Municipalidad de Macul, con
el
fin de que esta
última,
en
la primera sesi
ón
que celebre
el
Concejo Municipal
de
esa corporación,
desde la fecha de
su
recepción,
se
si
rva
ponerlo
en
conocimiento de ese órgano
colegiado, al Director y a la Contralor Interna, ambos del SERVIU Metropolitano, a
la
Unidad de Seguimiento y a la Unidad Técnica de Control Externo, ambas
de
la
Div
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n,
y a la Unidad de Segu
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DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
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DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
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DE AUDITORIA
COMITÉ
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AUDITORIA DE VIVIENDA
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DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
PRESENTE
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN
DE
INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN
DE
AUDITORÍA
COMITÉ
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AUDITORIA
DE
VIVIENDA
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TÉCNICA
DE
CONTROL
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INFRAESTRUCTURA
Y REGULACIÓN
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GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
PRESENTE
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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN
DE
INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN
DE
AUDITORIA
COMITÉ
DE
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DE
VIVIENDA
2.056/2014
15
.024/2014
249
.586/2014
160.206/2015
REMITE INFORME FINAL
QUE
INDICA.
SANTIAGO, 2 6.
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MAR
1 5 * 0 2 3 6 2 7 Cumplo con remitir a Ud. copia del oficio
de esta Contraloria Genera
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Saluda atentamente a Ud
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JEFA DE
LA
UNIDAD
DE SEGUIMIENTO
FISCALIA
CONTRALORIA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
PRESENTE
RECIBIDO
EN
UN
I
DAD
DE
SEGUIMIENTO
31
MAR
2015
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORiA
COMITÉ DE AUDITORiA DE VIVIENDA
2.056/2014
15
.024/2014 INFORME FINAL N°64,
DE
2014, SOBRE
AUDITORIA A
LOS
CONTRA TOS
DE
OBRAS SUSCRITOS
POR
LA
MUNICIPALIDAD
DE
MACUL, DURANTE
LOS AÑOS 2013 Y 2014, FINANCIADOS
POR EL MINISTERIO
DE
VIVIENDA Y
URBANISMO Y EL SERVICIO
DE
V
IVI
ENDA
Y URBANIZAC
IÓN
METROPOLITANO.
SANTIAGO, 2 6
MAR
.
2015
ANTECEDENTES GENERALES
En
cumplimiento del plan anual de
fiscalización de esta Contraloría General para el año 2014, y en conformidad con lo
establecido
en
el artículo 95 y siguientes de
la
ley 10.336, de Organización y
Atribuciones de
la
Contraloría General de
la
República, y el artículo
54
del decreto ley
1.263,
de
1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado, del Ministerio de
Hacienda, se efectuó una auditoría a l
os
contratos de obras suscritos por
la
Municipalidad de Macul, durante los años 2013 y 2014, financiados por el Ministerio
de Vivienda y Urbanismo -MINVU-, y el Servicio de Vivienda y Urbanización
Metropolitano -SERVIU Metropolitano-. El equipo que ejecutó la fiscalización fue
integrado por la Sra. Ximena Moya Trevigno y
la
Srta. Moira Reyes Gutiérrez, como
auditoras, y por
la
Sra. Alicia Martínez Zúñiga y el
Sr.
Rodrigo Paredes Vásquez,
como supervisores.
La
Municipalidad de Macul es una corporación
autónoma de derecho público,
con
personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya
finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar
su
participación en el progreso económico, social y cultural de
la
comuna, según dispone
el artículo 1
o de
la
ley
N°1S
.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Enseguida,
es
menester anotar que el
in
ciso
segundo del artículo
so
de
la
referida
ley,
establece que a fin de atender las
necesidades de
la
comunidad local, las municipalidades pueden celebrar contratos
que impliquen
la
ejecuci
ón
de acciones determinadas, y conforme
con
la
reiterada
jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida entre otros, en l
os
dictámenes
5
79
.
84S,
de 2010, y 61.008, de 2012, las modalidades de contratación
"'é
~
de obras por parte de estos se encuentran reguladas por el citado artículo so de la
~~aludida
ley N°18.695.
~-~
~
Por
su
parte, al Ministerio
de
Vivienda y
\
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en virtud de sus atribuciones generales contenidas
en
el
artículo
22
de
la
~
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AL SENOR
~
RAMIRO MENDOZA ZÚÑIGA
CONTRALOR GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
PRESENTE
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN
DE
INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA
COMITÉ
DE
AUDITORIA
DE
VIVIENDA
ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la
Administración del
Estado, como en el artículo 4 o del decreto ley
No
1.305, de 1976, que Reestructura y
Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, le corresponde formular y
supervigilar las políticas nacionales habitacionales y urbanísticas como asimismo, la
administración de los recursos que se
le
hayan entregado, agregando este último
texto reglamentario en su artículo
so
que será función de los Servicios Regionales y
Metropolitano de Vivienda y Urbanización
la
ejecución de los planes que este haya
aprobado.
Cabe precisar que con carácter confidencial,
fue puesto en conocimiento de
la
Municipalidad de Macul el preinforme de
observaciones N°64, de 2014, con la finalidad que formulara los alcances y
precisiones que a su juicio procedieran,
lo
que se concretó mediante
of
icio ordinario
N°4.673, del mismo año.
Por su parte, a través del oficio N°92.223, de
2014, de este origen, se hizo presente
al
Servicio de Vivienda y Urbanización
Metropolitano una situación relacionada con materias de su competencia, derivada de
esta fiscalización,
la
que fue respondida en
el
oficio N°15.187 de igual anualidad.
OBJETIVO
La fiscalización tuvo por objeto practicar una
auditoría a los contratos de obras suscritos por
la
Municipalidad de Macul, durante los
años 2013 y 2014, financiados por el MINVU y el SERVIU Metropolitano.
La finalidad de
la
revisión fue verificar que los
mencionados contratos se hayan ceñido a las disposiciones normativas que les
resulten aplicables, como asimismo, validar que los gastos efectuados estén
correctamente acreditados y comprobar
la
autorización, va
lu
ación,
reg
istro contable y
existencia de
la
documentación de respaldo de las operaciones.
METODOLOGÍA
El
examen se practi de acuerdo con la
Metodología de Auditoría de este Organismo Fiscalizador y los procedimientos de
control aprobados mediante las resoluciones exentas
51.485 y 1.486, ambas de
1996, considerando resultados de evaluaciones de control interno respecto de las
materias examinadas y determinándose la realizaci
ón
de pruebas de auditoría en la
medida que se estimaron necesarias.
Cabe consignar que mediante oficio N°79.598,
de 14 de octubre de 2014, de esta Contraloría General, se informó a
la
Municipalidad
de Macul, al SERVIU Metropolitano y a
la
SEREMI Metropolitana de Vivienda y
Urbanismo, el inicio de un examen de cuentas respecto a los pagos efectuados en
el
contexto del contrato "Mejoramiento Complejo Deportivo lván Zamorano".
2
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA
COMITÉ
DE
AUDITORÍA
DE
VIVIENDA
UNIVERSO Y MUESTRA
De
acuerdo con los antecedentes
proporcionados por
el
municipio auditado mediante oficios
52.299 y 2.550, de 17 de
junio y 7 de julio de 2014, respectivamente, y
va
lidados por esta Entidad de Control, el
universo de esta auditoría lo componen 2 contratos financiados por el MINVU y el
SERVIU Metropolitano, por
un
monto total de $495.306.706.
La
muestra examinada consideró
la
revisión
de los 2 contratos señalados anteriormente, según se detalla en el siguiente cuadro:
N"
Y FECHA
N"
Y FECHA
NOMBRE ID DECRETO DECRETO FUENTE MONTO
MER
CA
DO
ALCALDICIO QUE CONT
RA
TADO
CO
NTRATO PÚBLICO ALC
AL
DICIO DE APRUEBA FINANCIAMIENTO ($)
ADJUDICACIÓN CONTRATO
"Mejoramiento
Complejo 2287-1618-SE13
N"1
.278, N"1 .556, SERVIU 491 .808.106
Deportivo lván
de
05-06-2013.
de
10-07-2013. Metropolitano
Zamorano"
"Cierro
Perimetral 2287-172-L114 N"452, N"654, SEREMI MINVU 3.498.600
Joaquín
de
14
-
04
-2014.
de
23-05-2014.
Rodríguez"
TOTAL
49
5.306.706
Fuente: Tabla elaborada por el
equ1po
de aud1tona
de
la
Co
ntralona General
de
la Repubhca en base a
lo
s
antecedentes proporcionados
por
el municipio.
Cabe precisar que para efectos de las
validaciones referidas a
la
etapa de ejecución,
se
consideró
el
avance financ iero que
presentaba cada uno de estos contratos al 29 de agosto de 2014, el
pr
imero por
$482.395.208, y el segundo por $3.498.600, l
os
que
en
conjunto suman
$485.893.808, cifra que corresponde al 98,1% del monto total indicado
en
la tabla
precedente (anexo 1).
El detalle de los contratos se muestra en el
RESULTADO DE
LA
AUDITORÍA
De
la revisión practicada se detectaron las
siguientes situaciones:
l. EXAMEN DE CUENTAS
1. Sobre partidas pagadas
en
exceso.
a) Conforme con la información contenida en
la Planilla de Cubicaciones y Análisis Financiero, de
10
de septiembre de 2014,
referida a
la
obra "Mejoramiento Complejo Deportivo lván Zamorano" -confeccionada
por
la
entidad examinada para cuantificar l
as
obras efectivamente ejecutadas por el
contratista, y proporcionada a este Ente de Control
en
el marco de
la
presente
fiscalización-, el estado de pago N°8 -último avance pagado al contratista mediante
decreto de pago 14-000736, de 27 de febrero de 2014-, y lo veri
fi
cado en terreno,
3
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE
AUD
ITOR
IA
COMI
DE AUDITORIA DE VIVIENDA
se constató
la
existencia de partidas con
un
avance físico menor al registrado en el
referido estado de pago N°8. Es decir,
la
entidad edilicia realizó el pago de ítems en
un
porcentaje mayor a lo
rea
lmente ejecutado, por
un
costo directo de $60.999.603,
según se detalla en el anexo N°3 de este informe.
Dicha situación, contraviene lo señalado en el
numeral 9.1.1 de las bases administrativas generales, que sólo permite
al
municipio
pagar
al
contratista el valor de las obras ejecutadas a través de estados de pago
mensuales, de acuerdo con el avance de la obra.
Sobre
la
materia,
la
municipalidad señaló en
su
respuesta que luego de efectuado
un
análisis de
la
totalidad de
Jos
estados
de
pago cursados -que constan en la planilla de cubicaciones y análisis financiero
realizada por esa entidad-, confirmó que existe una diferencia entre l
as
partidas
pagadas y
Jo
efectivamente ejecutado,
el
cual
co
incide con el monto señalado por este
Órgano de Control.
Agregó que producto de los hechos
expuestos, instruyó una investigación sumaria mediante decreto alcaldicio 310, de
marzo de 2014, por
la
posible responsabilidad que
le
pueda caber a funcionarios
municipales, el cual se elevó a sumario administrativo por decreto alcaldicio 673, de
28 de mayo de la misma anualidad, el cual fue afinado mediante decreto alcaldicio
N°887, de 7
de
noviembre del mismo año, y
en
el
que se ordenó aplicar las medidas
disciplinarias de destitución al inspector técnico de obra, y una multa equivalente al
20%
de
la
remuneración mensual del jefe de la Dirección de Proyectos, resultando el
resto de los funcionarios municipales libres
de
cargos. Asimismo, añadió que presentó
una querella criminal en contra del contratista y el
funcionario por
el
delito de fraude al Fisco ante el
13° Juzgado de Garantía de Santiago, RIT 9358-2014. Por último, informó que
además, se dedujo demanda civil de indemnización de perjuicios en contra del aludido
contratista, ante
el4
° Juzgado Civil de Santiago, causa Rol N°C-27864-2014.
Dado que la entidad comunal reconoció que
realizó el pago de ítems
en
un
porcentaje mayor a
lo
realmente ejecutado, por
un
costo directo de $60.999.603, y
no
obstante las medidas adoptadas, debe mantenerse
lo
objetado.
Por otra parte, en relación a
lo
argumentado
por esa entidad edilicia y considerando que
la
relación contractual ha finalizado
-mediante el término anticipado del contrato según decreto alcaldicio 294, de 2014-,
es
dable precisar que esta Entidad de Control establece la necesidad de que la
Municipalidad de Macul liquide el contrato a través de
su
correspondiente acto
administrativo, con el fin de determinar el estado de
la
obra en
su
oportunidad, tanto
en
su
avance físico como financiero, para tener certeza de las obligaciones que le
corresponderá asumir a
la
nueva empresa que
se
contratará para continuar con la
ejecución del proyecto.
4
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA
COMITÉ DE AUDITORÍA
DE
VIVIENDA
b)
Asimismo,
en
este contrato,
se
constató
que se pagaron partidas por
un
valor superior
al
del presupuesto aceptado por el
municipi
o,
según
se
detalla
en
el anexo N°4.
Dichos desembolsos suman
un
costo directo
de $20.429.7SS, y fueron autorizados mediante los decretos de pago 513-003SS9,
13-004311, 13-004S21, 13-00474S, 13-00489S, 13-00S2S2, todos del año 2013, y
514-000187 y 14-000736, ambos de 2014.
Al respecto cabe señalar, que tales gastos
resultan improcedentes dado que
la
Administración no
ha
efectuado modificaciones
al
proyecto contratado que impliquen una alteración de las partidas cuestionadas y que
los trabajos fueron pactados a suma alzada, entendiéndose que
en
este tipo de
contratos las cantidades de obras son inamovibles, y las cubicaciones constituyen
un
punto de exclusiva responsabilidad del contratista, quien debe asumir las diferencias
que pudieran existir, y
con
ello
la
contingencia de
ga
nancia o pérdi
da
(aplica criterio
contenido, entre otros, en los dictámenes 57S.309, de 2012, y 19.397, de 2014,
ambos de este origen).
De
igual forma, lo señalado
en
los literales
a)
y
b)
de este acápite, infringen
lo
preceptuado
en
el inciso segundo del artículo e
inciso primero del artículo
so
de
la
ley N°18.S7S, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de
la
Administración del Estado, que indican respectivamente que
"La
Administración del Estado deberá observar los principios de responsabilidad,
eficiencia, eficacia, ( ... ) control y probidad", y que "Las autoridades y funcionarios
deberán velar por
la
eficiente e idónea administraci
ón
de los medios públicos y por el
debido cumplimiento de
la
función pública( ...
)".
El
alcalde
en
su
respuesta informó que
analizado el anexo N°4, relacionado
con
las partidas pagadas por
un
valor superior al
del presupuesto aceptado por el municipio -estados de pago 5
6,
7 y
8-
coincide
con
el total observado por este Ente de Control, ascendente a
un
monto de $20.429.7SS.
Siendo así,
no
cabe más que mantener
la
observación, debiendo ese municipio
en
lo
sucesi
vo
aprobar y efectuar pagos de
obras en los términos establecidos en los contratos respectivos, así como ejercer
correctamente
la
función de control consagrada
en
el artículo de
la
ley N°18.S7S,
materias que serán objeto de futuras auditorías.
2.
Falta de acreditación del cumplimiento de las exigencias de
ca
li
dad de los
materiales.
En
el contrato "Mejoramiento Complejo
Deportivo lván Zamorano", consta que el ítem
1.1
"Garantías, Derechos y Ensayos",
que considera
un
costo directo de $1.000.000, fue pagado
en
un
100%
en
el estado
de pago N°1, mediante el decreto de pago N°13-003SS9, sin que se hubiese
\ acreditado, a través de la documentación respectiva,
la
ejecución de ensayes en las
~
,_/ ·partidas detalladas
en
el anexo
N°S,
a objeto de verificar, al efecto, el cumplimiento
de
~
~
S
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN
DE
AUDITORÍA
COMITÉ
DE
AUDITORÍA
DE
VIVIENDA
las exigencias dispuestas
en
las especificaciones técnicas de arquitectura.
Lo
anterior,
contraviene
lo
dispuesto
en
el
numeral
1.1
de las especificaciones técnicas de
arquitectura, que señalan,
en
lo
que interesa, que
en
este ítem"( ... ) los gastos de los
ensayos de materiales necesarios, tales como ensayes de
res
istencia de hormigón
por cada
50
m3 como máximo y demás ensayos a ser
so
li
citados por
la
ITO".
En
este contexto, cabe puntualizar que en lo
tocante a los hormigones, cuyo volumen supera los 400 m3 de acuerdo a lo
cub
icado
por esta Contraloría General, las mencionadas especificaciones técnicas de
arquitectura
ind
i
can
que estos corresponderán al tipo H-25 para fundaciones,
sobrecimiento, pilares, vigas, entre otros,
no
obstante el municipio
so
lo dispone de dos
ensayes -N°5SOA-87333 y SOA-87800, ambos de 2013, del Laboratorio CESMEC,
respectivamente-, cantidad que
resu
lta insuficiente acorde con la exigencia antes
señalada.
Sobre la materia,
la
entidad
ed
ilicia exp
li
que
en
la
Dirección
de
Proyectos de esa municipa
li
dad, unidad técnica a cargo del
contrato, solo existían copias de 3 certificados de ensayes de hormigones empleados
en
la
obra, correspondiente a los
5SOA-87333, SOA-87800 y SOA-86586.
Seguidamente añadió que
el
inspector técnico
no
solicitó oportunamente los demás
ensayes conforme
lo
estipulan las bases administrativas que regulan
el
contrato.
Adjuntó
con
su
respuesta,
un
informe técnico de
un
ingeniero calculista, sobre las
condiciones estructurales de los edificios,
en
el
cual no se menciona la necesidad
de
realizar nuevos ensayes de resistencia
in
situ.
Finalmente, el
mumc1p
1o hace presente qu
e,
según
lo
informado por
la
referida Dirección de Proyectos, los hormigones utilizados
fueron premezclados y
ll
evados a
la
obra
en
camiones betoneros de empresas
especialistas que tienen control de
ca
lidad.
Al respecto, corresponde manifestar
en
primera instancia que l
as
copias de los certificados que adjuntó la municipalidad en
su
respuesta son documentos que
se
tuvieron a la vista durante
la
fisca
li
zación,
correspondiendo solo 2 de ellos a informes de ensayes a los
28
días, los cuales
fueron considerados
en
el citado anexo N°5.
Por
su
parte es necesario aclarar también que
el origen de los hormigones
no
permite garantizar
su
ca
li
dad, toda vez que conforme a
la
norma
chi
lena N°170 Of
85
, la resistencia de estos
se
determinará
med
ida
en
probeta cúbica de 200mm de arista, a
la
edad de 28 días.
Expuesto
lo
anterior, y conforme lo ratifiel
municipio
en
su
respuesta,
se
comprueba que
la
inspección técnica
no
solicitó todos
los certificados requeridos
en
las especificaciones técnicas, y de igual modo pagó
la
referida partida, incumpliendo además
con
su
actuar lo dispuesto
en
los numerales
6.1
\ y 6.4 de las bases administrativas generales del contrato,
en
cuanto a
la
funci
ón
que
~
¡.1-·
le asiste de velar por
la
correcta ejecución de las obras.
~
6
CONTRALORfA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORiA
COMITÉ DE AUDITORiA DE VIVIENDA
Por
lo
tanto, se mantiene
la
observación,
debiendo
en
el futuro ese municipio, pagar partidas solo
en
la medida que estén
efectivamente ejecutadas y cumplan con las condiciones establecidas en los
contratos, en particular las relativas a ensayes de materiales que acrediten
su
calidad.
Finalmente, en consideración a las
argumentaciones y análisis expuestos en las letras a) y b), del numeral1, y numeral
2,
todas de este acápite
1,
"Examen de Cuentas", corresponde rechazar las cuentas
asociadas
al
pago de las partidas señaladas en los citados anexos
53 y 4, y el ítem
1.1, "Garantías, Derechos y Ensayos" -de las especificaciones técnicas de
arquitectura correspondiente al
..
Mejoramiento Complejo Deportivo lván Zamorano
..
-,
respectivamente. Consecuentemente con ello, se otorga
un
plazo de 60 días para que
la
Municipalidad de Macul efectúe
la
liquidación del contrato a través del
correspondiente acto administrativo, con
el
fin de determinar el estado de
la
obra
en
su oportunidad, tanto en su avance físico como financiero
y,
en caso de persistir el
menoscabo observado al patrimonio público, se procederá a efectuar el respectivo
reparo por
un
monto total de $129.480.036 (incluye gastos generales, utilidades e
IVA), en virtud de lo prescrito en los artículos 60, 61, 101, 107, 107 bis y siguientes de
la
mencionada ley N°10.336.
11.
EXAMEN
DE
LA
MATERIA AUDITADA
1.
Obras iniciadas sin permiso de edificación.
En el contrato
..
Mejoramiento Complejo
Deportivo lván Zamorano
..
, el municipio autorizó el inicio de las faenas el 3 de julio de
2013 -de acuerdo con
la
fecha consignada en el acta de entrega de terreno-, sin que
el
contratista contara con
el
permiso de edificación correspondiente, gestión que de
acuerdo
al
numeral
8.1
de las bases administrativas generales, correspondía a este
último.
En
efecto, el aludido permiso fue extendido el
29 de noviembre
de
2013 -permiso N°32, de 2013, edificación obra nueva-, esto es,
88
días después de haberse iniciado las obras,
lo
que representa una vulneración de
los artículos 116 del decreto con fuerza de ley N°458, de 1975, Ley General de
Urbanismo y Construcciones, y 5.1.1 del decreto N°47, de 1992, Ordenanza General
de Urbanismo y Construcciones, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que
señalan, en lo que interesa, que para
la
construcción, reconstrucción, reparación,
alteración, ampliación y demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier
naturaleza, se deberá solicitar permiso a
la
Dirección de Obras Municipales.
No obstante el incumplimiento de esta
obligación por parte del contratista, al 25 de noviembre de 2013 -4 días antes de
la
emisión del permiso de edificación N°32-,
la
municipalidad había cursado 5 estados de
pago, por un total de $292.937.201, es decir, un 59,56% del monto total del contrato.
En
su contestación, la entidad edilicia
reconoció que efectivamente
el
referido permiso es del 29 de noviembre de 201
3,
no
obstante, afirmó que en el expediente respectivo hay constancia de que el proyecto
\
¡)-·
tenía
la
aprobación de
la
Dirección de Obras Municipales, desde el 12 de mayo de
7
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚB
LI
CA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA
COMITÉ DE AUDITORÍA DE VIVIENDA
2012, para pagar los derechos municipales de edificaci
ón,
lo qu
e,
a
su
j
ui
cio,
no
efectuó oportunamente el contratista.
Al respecto, corresponde
en
primer térmi
no
indicar que el
mumc1p
1o
no
aporta antecedentes que corroboren sus argumentos,
además de señalar que el pago del permiso es uno de los requisitos para
su
obtención, según
lo
establecido
en
el artíc
ul
o 126 de
la
citada Ley General de
Urbanismo y Construcciones.
Conforme
lo
expuesto,
la
objeción
se
mantiene.
En
lo
sucesi
vo
ese municipio deberá exigir
la
oportuna tramitación del
permiso de edificación,
lo
que será verificado
en
próximas auditorías que realice este
Ente de Control
en
ese municipio.
2. Incump
li
miento de las especificaciones técnicas.
a)
Según los folios
5
9,
14, 15,
16,
18, 21,
22, 23, 25,
26, 28,
32
y
36,
del libro de obras del contrato "Mejoramiento Complejo
Deportivo lván Zamorano", las recepciones de los sellos de excavación, tras ser
solicitadas por el contratista, únicamente fueron autorizadas por el inspector técn i
co
de la obra.
Del modo referido, se contravino lo
establecido
en
los numerales 2.
2,
"Excavaciones y Movimi
en
tos de Tierra", y
3,
"Obra
Gruesa, Disposiciones Generales", de las especificaciones técnicas del contrato, que
indican,
en
lo
que interesa, que dicha recepci
ón
debía ser
rea
li
zada por un ingen
ie
ro
calculista o mecáni
co
de suelos y consignarse
en
el respectivo
li
bro de obras.
En
relación a esta situación, el municipio
confirmó que efectivamente los sellos de excavación solo fueron recib
id
os
por el
inspector técnico.
Siendo
así,
no
queda más que mantener
la
observaci
ón
formulada, debiendo ese municipio
en
lo
sucesivo, ceñirse estrictamente
a los procedimientos indicados
en
los antecedentes técnicos de los contratos,
lo
que
se
verificará
en
futuras auditorías.
b)
Asimismo,
pa
ra el aludido
con
trato el
municipio tampoco cuenta con antecedentes que acrediten que se cumplió con la
ob
li
gación del contratista de enviar los escombros originados
en
la
obra a botaderos
autorizados,
de
acuerdo
con
lo
exigido
en
el numeral 2.5 de las especificaciones
técnicas.
Ambas situaciones
vu
lneran además, el
pnnc1p1o de estricta
suJeclon
a las bases, contenido en el a
rtí
culo 1 O de
la
ley
N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios, el cual constituye una de las principales fuentes de derechos y ob
li
gaciones,
8
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA
COMITÉ DE AUDITORÍA DE VIVIENDA
tanto
de
la Administración como de los particulares (aplica dictamen N°62.166, de
20
1
3,
de este origen).
En
lo
tocante, la munici
pa
lidad
rev
isada
admitió la irregularidad descrita, explicando que
no
so
licicopia de los comprobantes
de recepción de escombros en el botadero autorizado.
A
la
l
uz
de
lo
informado corresponde
mantener
lo
objetado, debiendo el municipio
en
lo
sucesivo requerir a los contratistas
la
documentación idónea que acred ite el cumplimiento de las distintas exigencias de
los contratos, y en particul
ar,
la
re
lativa al traslado de escombros a vertederos
autorizados,
lo
que será verificado
en
futu
ras
auditorías que esta Entidad de Control
realice.
3.
Falta de validaciones oportunas por parte del SERVIU Metropolitano respecto
de
las rendiciones de cuentas efectuadas por el municipio.
El
14
de enero de 2014, el municipio
examinado ingresó
al
SERVIU Metropolitano,
la
rendición de gastos concerniente
al
estado de pago N·a de
la
obra "Mejoramiento Complejo Deporti
vo
lván Zamorano", y
con fecha 5 de marzo de igual anualidad, las correspond ientes a l
os
estados de pago
57 y 8 -del mismo contrato-, las que fueron devueltas por dicho organismo, mediante
el oficio N°6.199, de
28
de mayo de 2014,
en
atenci
ón
a que el avance sico de
la
obra, aprobado por
la
supervisión de ese SERVI
U,
era menor al informado por el
municipio
en
su
rendición.
En
relaci
ón
con
lo
expuest
o,
es menester
anotar que mediante el memorándum N°109, de 24 de marzo de 20 1
4,
la encargada
de Sección Barrios de dicho SERVIU envió al Jefe del Departamento de
Normalización de Deudas del mismo servicio, la nómi
na
de rendiciones a rechazar
correspondientes a
la
Municipalidad de Macul, por las razones antes expuestas,
materializándose dicho rechazo recién 65 días después, mediante el citado oficio
N°6.199.
Tal dilación, sin que conste alguna
ca
u
sa
que
la
justifique, importa
un
incumplimiento por parte del aludido servicio de vivienda, a la
letra
e),
de
la
cláusula octava del convenio de transferencia -en que se enmarca la
ejecución de esta obra-, suscrito
con
la
Municipalidad de Macul, de 7 de julio de
2011
,
en
el que se establece que
la
rend
ición de cuentas que efectúe
la
entidad edilicia
estará sujeta a evaluación y validación por parte del SERVIU Metropolitano, con el
objeto de asegurarse que los fondos transferidos fueron utilizados
en
la
finalid
ad
y
en
los términos establecidos
en
el
citado convenio, fin que, conforme a
lo
expuesto
en
el
acápite "Examen
de
Cuentas" de este preinforme, no
se
cumpl
en
su
cabalidad.
Al tenor de
lo
expuesto, el SERVIU
\
Metropolitano, como entidad aportante, infringió además los principios de eficiencia y
.eficacia, contemplados en el artículo
3°,
de la mencionada ley N°18.575, así como
~
~
tamb
i
én
el
principio
de
ce
leridad, contem:lado
en
el artíc
ul
o
7o
de la ley W19.880,
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN
DE
AUDITORÍA
COMITÉ DE AUDITORIA DE V IVIENDA
que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de
los Órganos de
la
Administración del Estado, que indica que el procedimiento
se
impulsará de oficio
en
todos
su
trámites, y que tanto las autoridades como los
funcionarios de
la
Administración del Estado deberán actuar por propia iniciativa en la
iniciación y prosecución de
los
procedimientos, haciendo expeditos los trámites y
removiendo todo obstáculo que pudiere afectar
su
pronta y debida decisión.
En
su
respuesta, el SERVIU Metropolitano
explicó,
en
síntesis, que el municipio envió las rendiciones de los estados de pago
5
5,
6,
7 y
8,
en
enero, febrero y marzo de 2014, respectivamente. Seguidamente,
la
encargada de
la
Sección de Barrios de ese servicio, mediante
el
citado memorándum
N°109, rechazó las rendiciones correspondientes a los estados de pago
57 y
8,
porque
la
entidad edilicia declaró
un
avance superior
al
ejecutado, devolución que
se
materializó mediante oficio N°6.199, de 28 de mayo de 2014.
Al respecto, el servicio argumentó que a
su
juicio gestionó el referido rechazo de las rendiciones
en
forma oportuna a través del
correo electrónico de 24 de marzo de 2014, de
la
Coordinadora Territorial Urbano del
Programa Quiero
mi
Barrio de
la
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, que remitió
la
"Minuta de reunión jueves 20 de Marzo" realizada con representantes de
la
citada
SEREMI, SERVIU Metropolitano, y de
la
inspección técnica y SECPLA, ambos de la
Municipalidad de Macul,
en
la
que se comunicó a esa entidad edilicia acerca de l
as
diferencias generadas entre los estados de pago cursados y las partidas
correctamente ejecutadas -motivo del rechazo-.
Posteriormente, el 28 de marzo del mismo
año,
la
Analista de
la
Sección Control Regularización y Cobranza del Departamento
de Normalización Deudas de
la
Subdirección de Administración y Finanzas,
encargada de
la
revisión de las
rend
iciones financieras de
la
Municipalidad de Macul,
remitió
un
correo electrónico
al
área de finanzas de ese municipio, señalando que
la
devolución de las rendiciones era por reparos técnicos y adjuntó el mencionado oficio
N°6.199, de 2014 -en
ca
li
dad de borrador en ese momento-.
Sobre
la
materia, y atendido los nuevos
antecedentes que aporta el SERVIU Metropolitano
en
su
respuesta,
en
los cuales
se
verifica que ese servicio comunicó oportunamente al municipio -mediante correo
electrónico- el rechazo de las rendiciones efectuadas durante los meses de enero y
marzo, se levanta
la
observación formulada.
CONCLUSIONES
La
Municipalidad de Macul
no ha
aportado
antecedentes suficientes que permitan subsanar las observaciones planteadas
en
este informe, por
lo
que todas
se
mantienen, debiendo adoptar medidas con el objeto
de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre
las cuales
se
estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:
10
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA
COMITÉ DE AUDITORÍA DE VIVIENDA
1.
Cursar estados de pago solo cuando los
porcentajes de avances ahí consignados coincidan con
lo
efectivamente ejecutado, a
objeto de evitar la reiteración de irregularidades como
la
descrita
en
la
letra
a),
del
numeral
1,
del acápite
1,
"Examen de Cuentas", de este informe final,
lo
que será
validado
en
futuras fiscalizaciones que efectúe este Ente de Control.
2.
Autorizar el pago de partidas solo
en
la
medida que los trabajos contemplados
en
ellas
se
ejecuten de conformidad con los
términos establecidos
en
los contratos respectivos,
al
tenor de lo representado en
la
letra
b),
del numeral
1,
del acápite
1,
"Examen de Cuentas". Asimismo, ejercer
correctamente
la
función de control consagrada
en
el artículo
de
la
ley N°18.575,
todo
lo
cual, será verificado
en
próximas
aud
itorí
as.
3.
Exigir a los contratistas
la
documentaci
ón
que acredite el cumplimiento de la calidad de los materiales instalados, como
asimismo, procurar de que esta
se
ajuste a lo previsto
en
las especificaciones técnicas
de los contratos, según
lo
anotado
en
el numeral
2,
del acápite
1,
"Examen
de
Cuentas", de este informe final,
lo
que será materia de futuras fiscalizaciones.
No
obstante
lo
anterior, en relación a los
numerales 1 -letras
a)
y b)- y
2,
del acápite 1 "Examen de Cuentas", ese municipio
deberá efectuar
la
liquidación del contrato a través del correspondiente acto
administrativo,
con
el fin de determinar el estado de
la
obra
en
su
oportunidad, tanto
en
su
avance físico como financiero, remitiendo los antecedentes que den cuenta de
ello a esta Contraloría General,
en
un
plazo de
60
días hábiles, desde
la
recepción de
este informe. Así, en caso de persistir el menoscabo observado
al
patrimonio público,
se procederá a efectuar el respectivo reparo por
un
monto total de $129.480.036
(incluye gastos generales, utilidades e IVA), en virtud de
lo
prescrito
en
los artí
cu
los
60,
61,
101, 107, 107 bis y siguientes de
la
mencionada ley N°10.336.
4.
Tramitar oportunamente los permisos de
edificación de las obras que ejecute,
con
el
fin de que
al
momento de
su
inicio estas
cuenten
con
la reseñada autorización, en apego a las disposiciones contenidas en el
artículo 116 del decreto
con
fuerza de ley
No
458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y
Urbanismo, según
lo
objetado
en
el numeral
1,
del acápite
11,
"Examen de
la
Materia
Auditada", de este informe,
lo
que será validado
en
una próxima fiscalización que
realice esta Entidad de Contro
l.
5.
Ceñi
rse
estrictamente a las condiciones y
procedimientos contemplados
en
los documentos técnicos que regulan los contratos
como los analizados, particularmente
en
lo
que dice
re
laci
ón
con
la
recepci
ón
-por
parte de los profesionales pertinentes-, de las distintas faenas o partidas que
conforman
la
obra, como es el caso de los sello de fundaci
ón,
ello según
lo
advertido
en
la
observación singularizada
en
la
letra
a),
del numeral
2,
del acápite
11,
"Examen
l.
de
la
Materia Auditada", de este informe, lo que será comprobado
en
futuras
auditorías.
11
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA
COMITÉ
DE
AUDITORÍA
DE
VIVIENDA
6.
Requerir a los contratistas la
documentaci
ón
idónea que acredite el cumplimiento de las distintas exigencias de los
contratos, y en particular, la relativa al traslado de escombros a vertederos
autorizados, atendido lo indicado en la letra b) del numeral
2,
del acápite
11,
"Examen
de la Materia Auditada", de este informe, acción que será validada en una próxima
fiscalización.
7.
Por su parte, el SERVIU Metropolitano,
aportó antecedentes que permitieron levantar la observación detallada en el numeral
3,
"Falta de validaciones oportunas por parte del SERVIU Metropo
li
tano respecto de
las rendiciones de cuentas efectuadas por el municipio", del acápite
11
, "Examen de la
Materia Auditada", de este informe.
Finalmente, en
re
laci
ón
a las observaciones
detalladas en los numerales 1 -letras
a)
y b)- y
2,
del acápite 1 "Examen de Cuentas",
de este informe, se deberá rem itir el "Informe de Estado de Observaciones" de
acuerdo al formato adjunto en Anexo N°6, en
un
plazo máximo de 60 días háb
il
es, a
partir del día siguiente de la recepción del presente oficio, informando las medidas
adoptadas y acompañando los antecedentes de respaldo respectivos.
Saluda atentamente a Ud .,
FABIOL.:A
CARREÑO
LOZANO
Jefe
C
~
mité.
~e.
Auditarla
de
Vivienda
::i
t•boiVJSintl
d~J
Auo1tona
División
de
Infraestructuras
Y
Regulacf()n
12
¡ ·
\
~
No
1
2
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA
COMITÉ DE AUDITORÍA DE VIVIENDA
UNIVERSO Y MUESTRA
N"
Y FECHA DECRETO MONTO
NOMBRE CONTRATO ALCALDICIO QUE APRU
EBA
ADJUDICADO
CON
TRA
TO
($)
"Mejoramiento Complejo Deportivo N"1.556,
491
.808.106
lván Zamorano"
de
10-07-2013.
"Cierro Perimetral Joaquin Rodriguez" N"654, 3.498.600
de 23-05-2014.
TOTAL 495.306.706
M
ONT
O
P
AG
ADO AL
29DE
AGOSTO DE
20
14
($)
482.395.208
3.498.600
485.893.808
Fuente. Tabla elaborada por el equ
1po
de
aud1toria
de la Contralona General de la Republlca
en
base a los antecedentes
proporcionados por el municipio.
13
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN
DE
AUDITORÍA
COMITÉ DE AUDITORÍA DE VIVIENDA
ANEXO N°2
ANTECEDENTES GENERALES DE LOS CONTRA TOS VINCULADOS
AL
UNIVERSO Y MUESTRA EXAMINADO,
AL
29 DE AGOSTO DE 2014.
1. "Mejoramiento Complejo Deportivo lván Zamorano"
Fuente financiamiento
Ubicación
No
ID
Tipo
de
propuesta
Decreto
de
adjudicación
Modalidad
de
contratación
Fecha
de
contrato
Decreto
que
aprueba contrato
Contratista
Documento
des
ignación inspector
técnico (Dirección
de
Proyectos)
Documento cambio
de
unidad
técnica (SECPLA)
Monto contratado
Documento que aprueba
modificaciones
de
obra
Plazo
de
ejecución
de
la obra
Fecha
de
entrega
de
terreno
Documentos
que
aprueban
aumentos
de
plazo
Fecha fijada para el término
de
la
obra, incluido aumentos plazo
Término anticipado del contrato
Avance físico
al26
de
agosto
de
2014.
Avance financiero
SERVIU Metropolitano (Programa
de
Recuperación
de
Barrios).
Pasaje Humalpaca N°3.099, Población Santa
Julia.
2287 -125-LP12.
Trato directo.
Decreto alcaldicio
N°1
.278,
de
2013.
Suma alzada.
03-07-2013.
Decreto alcaldicio N°1.556,
de
2013.
Decreto alcaldicio N°1.278,
de
2013.
Decreto alcaldicio N°323,
de
2014.
$491.808.106, IVA Incluido.
Decreto alcaldicio No238,
de
2014.
Obras adicionales
por$
60.203.466.
180 días corridos.
03-07-2013.
Decreto alcaldicio N°2.807,
de
2013, por 18
días corridos.
Decreto alcaldicio N°71,
de
2014,
por
42 días
corridos.
Decreto alcaldicio N°238,
de
2014,
por
7
dias
corridos.
07-03-2014.
Decreto alcaldicio N°294,
de
2014.
80%.
98%.
El contrato consultó la ejecución
de
un centro
deportivo (módulos A, B, C y D), con una superficie construida
de
1.419,02m2, que
incluye sala
de
uso múltiple y rayuela (módulo A), servicios higiénicos, oficinas y
bodegas (módulo B), baños tipo spa y camarines (módulo C), espacio
de
uso múltiple
cubierto (módulo
D)
y obras exteriores.
En la visita practicada el 26
de
agosto del
presente año, se constató que las obras cuentan con un avance físico aproximado del
80%.
14
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA
COMITÉ DE AUDITORÍA DE VIVIENDA
El
avance financiero enteró 8 estados de
pago, equivalentes al 98% del total de la obra contratada, conforme al siguiente
detalle:
ESTADO DE EGRESO DE PAGO
TOTA
L
PA
GOW
No
FEC
HA
($)
1 BFV26 26-08-2013 56.738.337
2 BFV28 30-09-2013 36.052.315
3 BFV71 14-10-2013 51. 115.516
4 BFV87 12-11-2013 52.699.162
5 VFB90 25-11-2013
81
.685.012
6 BFV114 12-12-2013 108
.1
38.884
7 VFB3
16
-01-2014
59
.332.428
8 VFB28 27-02-2014 12.513.794
SUBTOTAL ($) 458.275.448
RETENCIONES ($) 24
.1
19.760
MONTO
TOTAl
($) 482.
39
5.208
..
Fu
ente: Tabla elaborada por
equepo
de
audetona
Contralona General de la Repubhca en base a
e
nformae~on
contenida en los estados de pago cursado
s.
15
~¡Lf"'
\
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA
COMITÉ DE AUDITORIA DE VIVIENDA
2. "Cierro Perimetral Joaquín Rodríguez"
Fuente financiamiento
Ubicación
No
ID
Tipo de propuesta
Decreto de adjudicación
Modalidad de contratación
Fecha de contrato
Decreto que aprueba contrato
Contratista
Documento designación inspector
técnico (Dirección de Proyectos)
Monto contratado
Plazo
de
ejecución
de
la obra
Fecha de entrega
de
terreno
Fecha término de la obra
Fecha de recepción provisoria
Avance físico al 26 de agosto de 2014.
Avance financiero
: SEREMI MINVU
(Programa
de
Aldea y Campamentos).
: Joaquín Rodríguez N°2.055.
: 2287-172-L114.
: Licitación pública.
: Decreto alcaldicio N°452,
de
2014.
: Suma alzada.
: 28-04-2014.
: Decreto alcaldicio N°654,
de
2014.
: Empresa Infraestructura Deportiva y
Recreacional Chile SPA.
: Acta de entrega de terreno
de
28-04-2014.
: $3.498.600, IVA Incluido.
: 15 dias corridos.
: 28-04-2014.
: 13-05-2014.
: 08-05-2014.
: 100%.
: 100%.
La obra contratada comprendió la ejecución
de
un
muro perimetral en malla electrosoldada de alto 2 metros y de
un
largo
aproximado
de
80 metros, con pilares de acero galvanizado.
En
la visita efectuada el 26
de
agosto de
2014, se constató que las obras se encontraban terminadas.
El
avance financiero enteró un único estado
de pago, por el total de la obra contratada, conforme al siguiente detalle:
ESTADO DE PAGO EGRESO DE PAGO TOTAL
No No FECHA ($)
1 BFV1190 28-08-2014 3.498.600
..
Fuente: Tabla elaborada por
equ1po
de aud1
tor1a
Contraloria General
de
la
Repubhca
en base a
mformaetón
contenida
en
los estados de pago cursados.
16
ITEM
3.2.1
3.2.2
3.3.1
3.4.1
3.4.3
3.
5.1
.1
3.5 .1.2
3.5.3.1
3.5.3.2
3.5.3.3
3.5.3.4
3.5.3.5
3.5 .4.1
4.1
.1
4.1.3
CONTRALOR[A GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA
COMITÉ DE AUDITORÍA
DE
VIVIENDA
ANEXO
N°3
PARTIDAS PAGADAS
EN
MAYOR PORCENTAJE
AL
EJECUTADO
AVA
NCE REAL SEGUN
PRESUPUESTO CONTRATADO ESTADO DE
PA
GO
N"8 PLANI LLA REALIZADA POR
MUNICI
PI
O Y VALIDADA POR
LACGR
PRECIO VALOR OBRA AVANCE AVANCE
PARTIDA UNIDAD CANTIDAD UNITARIO
%AV
ANCE %
AV
ANCE
($)* ($)* ($ )* ($)*
Pilares y machones GL 1 6.380.000 6.380.000 100%
6.380000
73,35% 4.
680
.000
Vigas, cadenas y dinteles
GL
1 4.950.000 4.950.000 100%
4.950
.000 76,16% 3.770.000
radieres M2
751
45
.000 33.795.000 100% 33.795.000 70,20%
23
.724.090
Albañilería en ladrillo
GL
1 1.200.000 1.200.000 100% 1.2
00
.000 71,00% 852.000
fiscal
Tabique tipo metalcom GL 1 1.400.000 1.400.000 100% 1.400.000 70,85% 991.900
Estructura tipo metalcom
GL
1 7.200.000 7.200.000 100% 7.200.000 95,00% 6.840.000
Estructura tipo CINTAC
GL
1 6.800.000 6.800.000 100%
6.600
.000 95,00% 6.460.
000
C. Tipo instapanel PV4 M2 1176 4.200 4.939.200 100%
4.939
.200 0,00% o
0.
5mm
lnstapanel traslucido PV4 M2 395 4.200 1.659.000 100%
1.659
.000 0,00% o
Cubierta de zinc alum M2 500
18
.000 9.000.000 80% 7.200.000 27,60% 2.484.000
ondulada
Papel fieltro
GL
1
82
.000
82
.000 80%
82
.000
50
,98%
41
.804
Placa
de
terciado
GL
1 2.580.000 2.580.000 80% 2.580.000
50
,98% 1.315.284
estructural
Forros, canales, bajadas y
GL
1 1.670.000 1.670.000 75% 1.252.500 22,16% 370.072
duetos
Cielos
de
volcanita
GL
1 2.600.000 2.600.000 100% 2.600.000 69,10% 1.796.600
Aislación térmica
GL
1 845.000 845.000 100% 645.000 69,10% 583.895
17
DI
FERENCIA ENTRE LO
PAGADO Y LO EJECUTADO
MONTO
% ($)*
26,65% 1.700.000
23,84%
1.
180.000
29,80% 10.070.910
29,00% 348.000
29
,15% 408.100
5,00% 360.000
5,00% 340.000
100,00% 4.939.200
100,00% 1.659.000
52,40% 4.716.000
29
,02% 40.196
29
,02% 1.264.716
52,84% 882.428
30,90% 803.400
30,90% 261 .105
ITEM
4.2.2
4.2.3
4.2.4
4.3.1
4.3.2
4.3.3
4.4.1.1
4.4.1.2
4.4.2.1
4.4.2.2
4.4.2.3
4.4.3
4.5.1.2
4.5.1.3
4.5.1.5
4.5.1.6
4.5.2
CONTRALOR(A GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA
COMITÉ DE AUDITORIA DE VIVIENDA
AVA
NCE REAL SEGUN
PRESUPUESTO CONTRATADO ESTADO DE PAGO N"8 PLANILLA REALI
ZA
DA
PO
R
MUNICIPIO
PRECIO VAL
OR
OBRA AVANCE AVANCE
PARTIDA UNIDAD CANTIDAD UNITARIO ( $t
%AV
ANCE
($)*
% AVANCE (
$).
($
)•
Cerámica de piso
33
x
33
(incluye perdida
de
M2 790 7.
600
6.004.000 85% 5.103.400 65,30% 3.920.612
material)
Hormigón afinado
GL
1 250.000 250.000 100% 250 .
00
0 0,
00
% o
Construcción cancha GL 1 1.200.000 1.200.000 100% 1.200.
00
0 20,
00
% 240.000
ravuela
Impermeabilizaciones
de
GL
1 250.000 250.000 100% 250.000
30
,00% 75.000
sucerficies
lmpermeabilizantes
GL
1 380.000 380.000 100% 380.000
30
,00% 114.000
incoroorados
Sellantes
GL
1 115.000 115.000 100% 115.000 30,00%
34
.500
Estucos rugosos
GL
1 900.000 900.000 85% 765.000
15
,00% 135.000
Estuco liso
GL
1 790.000 790.000 85% 671.500
60
,00% 474.000
Estucos con proporción M2 540 4.500 2.430
.0
00
85% 2.065.500 80,00% 1.944.000
1:5
Estucos con proporción M2 525 4.000 2.100.000 85% 1.785.000 84,70% 1.778.700
1:3
Estuco rugoso
GL
1 835.
000
835
.000 85% 709.750 0,
00
% o
Molduras
GL
1 1.154.
000
1.154.000 50% 577.000 0,00% o
Puertas
de
madera
de
1
GL
1 104.500 104.500 100% 104.500 85,90% 89.766
ho
ia
Puerta
de
madera
de
2
GL
1 132.000 132.000 100% 132.000 63,99% 84.466
hoias
Puertas
de
acceso de 2 UN 2
145
.
000
290
.000 100% 290.000 0,00% o
hoias modulo A
Puertas y divisiones
de
GL
1
49
.500 49.500 100% 49.500 0,00% o
w.c.
Ventanas
de
aluminio
GL
1 82.500 82.500 100% 82.500 40,
00
% 33.000
18
DIFERENCIA ENTRE LO
PA
GADO Y LO EJECUTADO
MONTO
%
($
)*
19,70% 1.182.788
100,00% 250.000
80,00% 960.000
70,00% 175.000
70,00% 266.000
70,00% 80.500
70,00% 630.000
25,00% 197.500
5,00%
121
.500
0,30% 6.300
85,00% 709.750
50,00% 577.000
14,10% 14.734
36
.
01
% 47.534
100,00% 290.000
100,00% 49.500
60
,00% 49.500
ITEM
4.5.2.1
4.6.1
4.7.1
4.7.3
4.8
.1
4.8.3
4.8.5
5.1
6.1.7.2
6.1.7.3
6.1.9.1
6.1.9.2.1
6.1.9.2.2
6.1.9.2.3
6.2.1
7.1
.2.
7.
13
.
7.1.4.1.
CONTRALORÍA
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA
COMITÉ DE AUDITORIA DE VIVIENDA
AVANCE
REA
L SEGÚN
PRESUPUES
TO
CONTRATADO ESTADO DE
PAGO
N"8 PLANILLA
PRO
PORCIONADA
POR
MUN
IC
IPIO
PRECIO
VA
LO
R OBRA AVANCE AVAN
CE
PARTI
DA
UNIDAD CANTIDAD UNITARIO ($
)*
o/o
A
VA
NCE ($)*
o/o
AVANCE ($
)*
($)*
Celosías
GL
1 4 .730 4.730 100% 4.730 0,00% o
Cerraduras y manillas GL 1 13.750
13
.750 100% 13.750 6,60% 908
Protecciones
me
licas
de
GL 1 1.210.000 1.
210
.000 50% 605.000 0,00% o
ventanas
Baranda sala rayuela GL 1 715.000 715.000 100% 715.000 0,00% o
Esmalte al agua blanco
GL
1 4.950.000 4.950.000 60% 2.970.000 55,60% 2.752.200
Barniz GL 1 2.530.000 2.530.000 70% 1.771 .000 52,79% 1.634.380
Pintura antióxido GL 1 4.158.000 4.158.000 75% 3.118.500 70,00% 2.910.600
Implementación deportiva
GL
1 2.200.000 2.200.000 100% 2.200.000 0,00% o
Botones 3"- 5" M2 35,5 30.000 1.065.000 50% 532.500 0,00% o
Solerillas ML 350 4.5
00
1.575.0
00
100% 1.
575
.000 70,00% 1.102.500
Fertilización
GL
1 1.100.000 1.100.000 50% 550.000 0,00% o
Paquerette rosado
(Chrysanthemum UN
25
17.500 437.500 50%
218
.750 0,00% o
Frutescens)
Lavanda francesa UN 22 4.500
99
.000 50%
49
.500 0,00% o
(
lavanda
Stoechas)
Erysimun bicolor (Bowles UN 17 5.600 95.200 50%
47
.600 0,00% o
Erisimum)
Mantención GL 1 5.500.000 5.500.000 75% 4.125.000 0,00% o
Alcantarillado GL 1 3.350.000 3.350.000 100% 3.350.0
00
85,00% 2.847.500
Agua Potable GL 1 2. 200.000 2.200.000 100% 2.200.000 85,00% 1.870.000
W.C. con fluxómetro
GL
1 175.000 175.000 100% 175.000 0,00% o
19
DIFERENCIA ENTRE LO
PAGADO Y LO EJECUTADO
MONTO
o/o
($)*
100,00% 4.730
93,40% 12.842
50
,00% 605.000
100
,00% 715.000
4,4
0%
217.800
17,21% 136.620
5,00% 207.900
100,00% 2.200.000
50
,00% 532.500
30,00% 472.500
50,00% 550.000
50,00% 218.750
50,00%
49
.500
50,00%
47
.600
75,00% 4.125.
000
15,
00
% 502.500
15
,00% 330.000
100
,
00
% 175.000
ITEM
7.1.4.2.
7.1.4.3.
7.1.4.4.
7.1.4.5.
7.1.4.6.
7.1
.4.7.
7.1.4.8.
7.1
.
5.1
.
7.1.5.2.
7.1.5.3.
7.1.5.4.
7.1.5.5.
7.1.5.6.
7.1.6.1.
7.2.
7.2.1.
7.2.2.
7.3.
7.3.1 .
CONTRALOR[A
GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN
DE
AUDITORIA
COMITÉ
DE
AUDITORfA
DE
VIVIENDA
AVA
N
CE
REAL
SEGúN
ESTADO DE
PA
GO
PRESUPUE
ST
O CONTRATA
DO
W8
PLANILLA PROPORCION
ADA
POR MUNICIPIO
PRECIO VALOR OBRA
AV
ANCE AVANCE
PARTIDA UNIDAD CANTIDAD UNITARIO
%A
VANCE %AVANCE
($)* ($
)*
($)* ($)*
W.C con estanque UN 3 120.
000
360.000 100% 360.000 0,00% o
W.C discapacitados UN 3
130
.000 390.000 100% 390.000 0,00% o
Lavamanos tipo vanitorio
GL
1
970
.
000
970.000 100% 970.000 0,00% o
Lavamanos tipo Chelsea GL 1 1.110.
000
1.110.000 100% 1.110.000 0 ,00% o
Lavamanos UN 1 800.000 800.000 100% 800.000 0,00% o
disca
pa
citados
Duchas G L 1 1.100.000 1.100.000 100% 1.100.000 80,00% 880.000
Urinarios
GL
1
240
.500 240.500 100% 240.500 0,
00
% o
Jaboneras
GL
1 180.000 180.000 100% 180.000 0,00% o
Dispensador
de
jabón
GL
1
250
.000 250.000 100% 250.000 0.
00
% o
Barras
de
minusválidos GL 1 500.000 500.000 100% 500.000 0,00% o
Porta rollos
de
acero UN 6 22.500 135.000 100% 135.000 0,00% o
inoxidable
Porta rollos
de
loza UN 6
13
.500 81.000 100%
81
.000 0,00% o
Lavaplatos (con mueble) UN 1 80.000
80
.000 100% 80.000 0,
00
% o
Canaletas y rejillas
GL
1 2 .800.000 2.800.
000
100% 2.800.000 40,00% 1.120.000
Proyecto
de
instalación
GL
1
18
.
621
.000
18
.621.000 100% 18.
621
.000 80,00% 14.896.800
eléctrica
Artefactos eléctricos
GL
1 1.400.000 1.400.
000
100% 1.400.000 75,00% 1.050.000
Ventilación forzada GL 1 980.000 980.000 100% 980.000 0,
00
% o
Ga
s GL 1 1.350.000 1.350.
000
100% 1.350.000 90,00% 1.215.000
Calefones G L 1 250.000 250.000 100% 250.000 0,
00
% o
20
DIFERENCIA ENTRE LO
PAGADO Y LO EJECUTADO
MONTO
% ($
)*
100,00% 360.000
100,00% 390.000
100,00% 970.000
100,00% 1.110.
000
100,00% 800.000
20,
00
% 220.000
100,00%
240
.500
100,00% 180.000
100.00%
250
.000
100,00% 500.000
100,00% 135.000
100,00%
81
.000
100,00%
80
.000
60,00% 1.680.000
20,00% 3.724.200
25,00% 350.000
100,00%
980
.000
10,00% 135.000
100,00%
250
.000
ITEM
8.1.
8.2.
8.3.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN
DE
INFRAESTRUCTURA Y
REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN
DE
AUDITORIA
COMITÉ
DE
AUDITORIA
DE
VIVIENDA
AVA
NCE
REAL
S
EGU
N
PRESUPUESTO
CO
NT
RATADO
ESTADO
DE
PAGO
W8
PLANILLA
PROPOR
CI
ONA
DA
P
OR
M
UNI
CIPIO
P
RECIO
VALOR
OB
RA
A
VANCE
AVANCE
PARTIDA
UNI
DAD CANTIDAD
UN
ITARIO %AVANCE %AVAN
CE
($)* ($) ($)* ($)*
Extintores
GL
1 1.200.000 1.
200.000
100%
1.200.000 0,00% o
Red
húmeda
interior
GL
1 2.000.000 2.000.000
100%
2.000.000 60,00% 1.200.000
Red
húmeda exterior
GL
1 2.200.000 2.
200.000
100% 2.200.000
60,00%
1.320.000
D
IF
ERE
N
CI
A
EN
T
RE
LO
PAG
ADO
Y
LO
EJ
EC
UTA
DO
MONT
O
% ($)•
100,00% 1.200.000
40
,00%
800.000
40
,00%
880.000
TOTAL 60.999.603
.. . . .
..
Fuente
: Tabla
confeCCionada
por el
equ1p
o de
fisca
lazac1on
de la
CGR
en
base
a
la
planilla de
cub1caC1ones
y
anál1s1s
finanaero
proporcaonada
por el
mun1ap1o
, estado de pago
N"8
y a
la
fiscahzac16n
en
terreno.
*Montos
no
Incluyen imprevistos, gastos generales,
ut
ilidades
ni
IV
A.
21
ITEM
3.2.1
3.2.2
3.3.1
3.4.1
3.4.2
3.5.
1.1
3.5.2.1
3.5.2.1 .1
3.5.2.2
3.5.2.2.1
4.4.1.1
4.4.1.2
4.4.2.1
4.4.2.2
7.1.2.
7.1.3.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN
DE
INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE
AUD
ITORIA
COMITÉ DE AUDITORIA DE VIVIENDA
ANEXO N°4
PARTIDAS PAGADAS POR UN VALOR SUPERIOR AL DEL PRESUPUESTO
ACEPTADO
VALOR MONTO TOTAL POR
SEGÚN TOTAL N•
N°D
ECRETO PAGADO EN PARTI
DA
PARTIDA PAGADO ESTADO PAGADO EN
CONTRATO ($)*
DE
PAGO DE PAGO EXCESO EXCESO
($)* ($)* ($)*
Pilares y machones 6.380.000 7 .337.000 6 13-005252 957.000 957.000
Vigas. cadenas y 4.950.000 5.692.500 6 13-005252 742.500 742.500
dinteles
Radieres 33.795.000 37.174.500 6 13-005252 3.379.500 3.379.500
Albañilería en ladrillo 1.
200
.000 1.320.
000
7 14-000187 120.000 120.000
fiscal
Albañilería en ladrillo 6 13-005252 194.985
2.785.500 3.064.050 278.550
fiscal (pandereta) 7 14-000187 83.565
Estructura tipo 6 13-005252 3.240.000
7.200.000 10.800.000 3.600.000
metálico 7 14-000187 360.000
Estructura vertical 18.285.000 21.942.000 6 13-005252 3.657.
000
3.657.000
(pilares metálicos)
Tensores en 6 13-005252 1.140.494
estructura vertical 3.258.553 5.077.758 1.792.205
7 14-000187 651.711
Estructura horizontal 9.000.000 12.150.000 6 13-005252 3.150.
000
3.150.000
(vigas, costaneras)
Tensores estructura 6 13-005252 1.878.000
horizontal (ganchos y 6.260.000 8.451.000 2
.1
91
.000
anclajes) 7 14-000187 313.000
6 13-005252
45
.
000
Estucos rugosos 900.000 990.
000
90.000
8 14-000736 45.000
6 13-005252 39.500
Estuco liso 790.000
869
.
000
79.000
8 14-000736 39.500
Estucos con 2.430.000 2.551.500 8 14-000736
121
.500 121.500
proporción 1 :5
Estucos con 2.
100
.000 2.205.
000
8 14-000736 105.000 105.000
proporción 1 :3
Alcantarillado 3.350.000 3.450.500 7 14-000187 100.500 100.500
Agua Potable 2.200.000 2.266.000 7 14-000187 66.000 66.000
TOTAL
20.429.755 20.429.755
..
Fuente: Tabla elaborada por el
equ1po
de aud1tona
de
la Contralorla General
de
la Repubh
ca
en
base a 1nformac1on
contenida en los estados
de
pago cursados.
*Montos
no
incluyen imprevistos, gastos generales, utilidades ni
IV
A.
22
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORIA
COMITÉ DE AUDITORiA DE VIVIENDA
ENSAYES FALTANTES CONTRATO "MEJORAMIENTO COMPLEJO DEPORTIVO
IVÁN ZAMORANO"
WITEM
PRESUPUESTO Y W EXIGENCIA
DE
CALIDAD ENSAYE
EN LAS ITEM CANTIDAD SEGÚN ESPECIF
IC
ACIONES
ESPECIFICACION
ES
Ti:CNICAS REQUERIDO
TÉCNICAS
Rellenos, El relleno debe alcanzar un
2.4 compactación 1 GL 60%
de
CBR o una densidad Ensaye de
terreno natural y minima del
95%
del Proctor compactación
terraplanamientos modificado.
Las dosificaciones,
dimensiones y ejecución serán
determinadas
por
los planos Ensaye
de
3.1.2 Cimientos 1
GL
de
cálculo respectivos (en este resistencia
caso los planos
de
lculo
indican hormigón
de
fundaciones H-25).
3.1.3 Sobrecimientos 1 GL Hormigón H-25. Ensaye
de
resistencia
3.
2.1
Pilares y machones 1 GL Hormigón H-25.
En
saye
de
resistencia
3.2.2 Vigas. cadenas y 1 GL Hormigón H-25. Ensaye
de
dinteles resistencia
Será realizada conforme a lo
dispuesto en
los
planos
de
Ensaye
de
3.3.2 Losa
140m
2 cálculo (en este caso los resistencia
planos
de
cálculo indican
hormigón armado H-25).
Fuente: Tabla elaborada por el
equ1po
de aud1tor1a
de
la Contralona General
de
la Repubhca en base a los
antecedentes proporcionados por el municipio.
23
~.
CONTRALORfA GENERAL DE LA REPÚBLICA
DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN
SUBDIVISIÓN DE AUDITORÍA
COMITÉ DE AUDITORIA DE VIVIENDA
INFORME DE ESTADO DE OBSERVACIONES
INFORME FINAL N°64, DE 2014, SOBRE AUDITORIA A LOS CONTRATOS DE OBRAS SUSCRITOS POR
LA
MUNICIPALIDAD DE MACUL,
DURANTE LOS AÑOS 2013 Y 2014, FINANCIADOS POR
EL
MINVU Y SERVIU METROPOLITANO.
REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR
LA
MEDIDA FOLIO O OBSERVACIONES
N°DE
MATERIA DE LA OBSERVACIÓN OBSERVACIÓN SOLICITADA POR CONTRALORIA IMPLEMENTADA Y SU NUMERACIÓN
Y/0
OBSERVACIÓN GENERAL
DE
LA
REPÚBLICA EN INFORME FINAL DOCUMENTACIÓN
DE
DOCUMENTO COMENTARIOS
DE
RESPALDO DE RESPALDO LA ENTIDAD
La Municipalidad de Macul deberá realizar la liquidación
l. Examen de Partidas pa9adas en exceso y falta de acreditación del contrato observado, con el correspondiente acto
administrativo que lo apruebe, debiendo remitir los
Cuentas.
N"1
, letras del cumplimiento de las exigencias de calidad de antecedentes a este Organismo de Control, en un plazo
a) y b), y N"2 los materiales de 60 días hábil
es,
contados desde la recepción del
presente oficio.
24
www.contraloria.cl

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