INFORME FINAL 59-10 MUNICIPALIDAD DE LLAY LLAY PROCESO DE ABASTECIMIENTO-DICIEMBRE 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 565310886

INFORME FINAL 59-10 MUNICIPALIDAD DE LLAY LLAY PROCESO DE ABASTECIMIENTO-DICIEMBRE 2010

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2010
EmisorRegional Valparaíso
ServicioMUNICIPALIDAD DE LLAY LLAY
Número de informe59/2010
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

En conformidad con el trabajo desarrollado durante esta auditoría, es dable concluir que la Municipalidad de Llay Llay deberá:

  1. Implementar las medidas destinadas a corregir las situaciones observadas sobre control interno, como asimismo velar por su efectivo y permanente cumplimiento (numeral I).

  2. Dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en la ley N° 19.886, Y su reglamento, para cuyo efecto deberá adoptar las medidas correctivas necesarias a fin de evitar la reiteración de las situaciones observadas.

  3. Inutilizar todas las facturas, boletas de honorarios, u otro documento de respaldo, una vez efectuados los pagos correspondientes (numeral 11.1).

  4. Aclarar la diferencia presentada entre el total adjudicado según el acta publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y el monto consignado en el respectivo contrato de prestación de servicios asociado a la licitación N° 3882-6-LP10 (numeralll.3.g).

  5. Asociar las órdenes de compra que se generan a la respectiva licitación que le dio origen (numeralll.5.a).

  6. Consignar en las órdenes de compras la fecha de entrega de las mercaderías, conforme fueron ofertadas (numerall 7).

  7. Habilitar un vínculo al portal de compras públicas de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.5, del instructivo general N° 4, del Consejo para la Transparencia (numeral II.9).

  8. Publicar en el sitio electrónico del municipio, las actas del concejo municipal con las respectivas firmas de las autoridades competentes (numeral II.9).

  9. Velar por el debido resguardo del "principio de continuidad" de la función pública, para lo cual ese municipio deberá arbitrar las medidas necesarias a objeto de atender las necesidades de la comunidad en forma continua y permanente (numeral III).

  10. Arbitrar las medidas tendientes a subsanar aquellas observaciones respecto de las cuales no dio respuesta.:

11 Ordenar a la brevedad los procesos sumariales correspondientes a fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios en relación con las siguientes materias: a) Omisión de Plan Anual de Compras para la adquisición de bienes y servicios, conforme a lo estipulado en el artículo 12, de la ley N° 19.886 (numeral 1.2.1). b) Adquisiciones efectuadas bajo la modalidad de trato directo menores a 100 Unidades Tributarias Mensuales, que no cuentan con un mínimo de tres cotizaciones de diferentes proveedores (numera ll.2.a). c) Adquisiciones efectuadas bajo la modalidad de trato directo...

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