Informe final 577-18 Municipalidad de viña del mar sobre auditoría a los sistemas informáticos, al nivel de endeudamiento y a los ingresos y gastos ejecutados - enero 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 840029284

Informe final 577-18 Municipalidad de viña del mar sobre auditoría a los sistemas informáticos, al nivel de endeudamiento y a los ingresos y gastos ejecutados - enero 2019

Fecha17 Enero 2019
Número de informe577/2018
EmisorRegional Valparaíso

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto efectuar una auditoría al sistema de información, al endeudamiento, a la pertinencia de los saldos de ingresos y gastos presupuestarios al 31 de diciembre de 2017, y realizar un examen de cuentas a los ingresos y gastos ejecutados por la Municipalidad de Viña del Mar en el periodo que se indica para cada materia, en el acápite Universo y muestra de este documento, con la finalidad de verificar la legalidad, fidelidad y autenticidad de las transacciones y de la documentación de respaldo.

CONCLUSIONES

• Se comprobó que Municipalidad de Viña del Mar incurrió en un déficit de $17.585.250.174, en la ejecución presupuestaria al 31 de diciembre de 2017, incumpliendo el principio de la legalidad del gasto, contemplado en los artículos , , 98 y 100, de la Constitución Política de la República, conforme al cual los organismos públicos deben obrar estrictamente de acuerdo con las atribuciones que les confiere la ley, y en el aspecto financiero, observar la preceptiva que rige el gasto público, establecida en el decreto ley N° 1.263, de 1975, y en el artículo 56 de la ley N° 10.336, esta Sede Regional iniciará un procedimiento disciplinario con el objeto de establecer las eventuales responsabilidades de los funcionarios involucrados en los hechos descritos.
• Se constató que las cuentas públicas de los años 2015 al 2017, informaron para las dos primeras anualidades que esa entidad edilicia había obtenido un superávit en su gestión y que el último de esos años se había producido un déficit, sin embargo, las cifras expuestas difieren de aquellas informadas por el Director de Control del municipio, lo que importaría un incumplimiento de lo ordenado en el artículo 67, de la ley N° 18.695, por lo que esta Sede Regional adicionará tales antecedentes al procedimiento disciplinario ya citado.
• Se advirtió que al 31 de mayo 2018, la entidad fiscalizada contabilizó y pago facturas por $9.583.743.047, y que devengó otras por $1.776.431.513, en circunstancias que todas ellas corresponden a bienes y/o servicios recibidos en el año 2017, transgrediéndo los principios del devengado y exposición; además, la circularización de deudas, determinó la existencia de 4 proveedores que informaron que ese municipio les adeudaba un total de $336.683.538, sin que estas se encuentren como pendientes en los registros de la municipalidad. Esta Sede Regional procederá a incorporar dichos aspectos al procedimiento disciplinario antes aludido.
• Se determinó que, si la Municipalidad de Viña del Mar hubiera registrado toda su deuda al término del ejercicio presupuestario del año 2017, podría haber advertido la existencia de gastos devengados superiores a los límites definidos en el presupuesto vigente a esa data, situación que no se ajusta a lo establecido en el artículo 19, del decreto ley N° 1.263, de 1975, por lo que tales antecedentes serán incorporados al sumario administrativo que iniciará esta Sede Regional.
• Se constató que desde el año 2015, diferentes Directores de Control informaron a la Alcaldesa y al Concejo Municipal que parte del déficit presupuestario se debía a deudas contraídas que no habían sido reconocidas ni pagadas oportunamente, constatándose, además, que el presupuesto inicial del año 2017, no contempló el déficit de esa entidad edilicia, a pesar de que tanto la autoridad comunal como el precitado cuerpo colegiado habían sido informados, lo que no se ajusta al principio de equilibrio presupuestario, ni al régimen de administración financiera establecido en los artículos y 51 del decreto ley N° 1.263, de 1975, como tampoco al artículo 79, letra c), de la ley N° 18.695, que entrega al concejo facultades para fiscalizar la ejecución presupuestaria municipal.
• El análisis de la ejecución presupuestaria durante el año 2017, determinó que en horas extraordinarias se gastó $5.540.515.128, y en honorarios...

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