INFORME FINAL 51-14 GOBIERNO REGIONAL LOS LAGOS AUDITORIA A LOS GASTOS DE LOS CONSEJEROS REGIONALES - DICIEMBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 562796718

INFORME FINAL 51-14 GOBIERNO REGIONAL LOS LAGOS AUDITORIA A LOS GASTOS DE LOS CONSEJEROS REGIONALES - DICIEMBRE 2014

Fecha de Resolución31 de Diciembre de 2014
EmisorRegional Los Lagos
ServicioGOBIERNO REGIONAL LOS LAGOS
Número de informe51/2014
SectorGobierno Regional
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el Gobierno Regional de Los Lagos ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 51, de 2014. En efecto, la información aportada ha permitido dar por subsanadas las observaciones señaladas en el capítulo 1, Aspectos de Control Interno, en el número 4, referido al expediente de rendición de cuentas; en el capítulo 11, Examen de Cuentas, puntos 6.1, letra a), sobre gastos de taxi; y 9.3, otorgamiento de nuevos anticipos de fondos sin haber rendido los entregados con anterioridad. Asimismo, en el ya mencionado capítulo 11, Examen de Cuentas, se ha subsanado parcialmente el punto 2, dieta por asistencia a sesiones de comisiones; 6.1, letra c), gastos de taxi; 9.2, oportunidad en la rendición de gastos. Por su parte, en el acápite 111, Examen de la Materia Auditada, la observación contenida en el punto 2, letra a), otros bienes entregados a los consejeros y se ha subsanado parcialmente la letra c), del mismo numeral. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. En relación a las observaciones contenidas en el capítulo 1, Aspectos de Control Interno, numerales 1, referido al manual de rendiciones de gastos de los consejeros regionales; 2, informes de auditoría; 3, sobre reglamento de funcionamiento del Consejo Regional; y 6, relacionado con las actas de sesiones publicadas en la página web; procede que la autoridad regional, en un plazo de 60 días hábiles, remita a esta Entidad de Control la documentación que dé cuenta de las acciones implementadas respecto de cada una de las materias allí señaladas, lo que será verificado en la etapa de seguimiento respectiva.:

  2. Sobre lo indicado en el N°5, relacionado con el registro de asistencia de los consejeros regionales del mismo acápite 1, Aspectos de Control Interno, ese servicio deberá velar por el debido cumplimiento de la normativa legal, cuya regularización será verificada en la etapa de seguimiento respectiva.:

  3. Respecto del capítulo 11, Examen de Cuentas, numeral 2, sobre el pago de dieta por asistencia a sesiones de comisiones, el servicio deberá materializar el reintegro de los montos requeridos a los señores...

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