INFORME FINAL 50-13 SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR CUMPLIMIENTO DE LA LEY N° 20.000-DICIEMBRE 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565137502

INFORME FINAL 50-13 SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR CUMPLIMIENTO DE LA LEY N° 20.000-DICIEMBRE 2013

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2013
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioSERVICIO DE SALUD METROPOLITANO SUR
Número de informe50/2013
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

El Servicio de Salud Metropolitano Sur ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido subsanar parte de las observaciones planteadas, como se expresa en el cuerpo del presente informe. No obstante lo anterior, se mantienen algunas situaciones, respecto de las cuales se deberán adoptar las medidas pertinentes que contemplen, al menos, las siguientes:

  1. Instruir un procedimiento disciplinario con el objeto de determinar las eventuales responsabilidades de los funcionarios involucrados por acción u omisión en lo que dice relación con el punto N° 5 sobre multas no cobradas, del acápite de Aspectos de Control Interno: 1, sobre adquisición de los servicios de destrucción de droga, numeral 1.1, fundamentación del trato directo y 1.2, falta de resolución y cotizaciones, todos del capítulo de Examen de Cuentas; y punto 5, análisis e informe de la muestra legal, del capítulo de Cumplimiento de la Normativa Sobre Decomiso y Destrucción de Drogas, remitiendo a este Organismo de Control, en el plazo de 15 días hábiles, el acto administrativo que nombra el fiscal, y luego, aquel que afina dicho procedimiento con su documentación de respaldo para ser sometido al trámite de toma de razón, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.2.3 de la resolución N° 1.600, de 2008, de este origen.

  2. Cumplir con el principio de celeridad indicado el artículo 7° de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, y a lo estipulado en los artículos y de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, respecto a la demora en la entrega de las muestras al laboratorio, por parte de la unidad de decomisos, como también el retraso en la remisión del protocolo de análisis del perito del laboratorio (Acápite III. Cumplimiento de la Normativa sobre Decomiso y Destrucción de Drogas, números 4 y 6).

  3. Regularizar la contratación del servicio de destrucción de droga por intermedio de una licitación publica y elaborar un convenio con la empresa que se adjudique, estableciendo en dicho acuerdo el detalle de los costos asociados a este proceso, además de implementar el plan de mejora de los procedimientos de gestión (capitulo II, Examen de cuentas, números 1, 1.1 y 2).

  4. Ceñirse estrictamente a lo indicado en la Norma Técnica General N° 7, de 1996, del Ministerio de Salud, que fija Procedimientos a Seguir por los Servicios de...

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