INFORME FINAL 5-13 MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE AUDITORIA DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA- AGOSTO 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565152566

INFORME FINAL 5-13 MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE AUDITORIA DE INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA- AGOSTO 2013

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2013
EmisorRegional Tarapacá
ServicioMUNICIPALIDAD DE IQUIQUE
Número de informe5/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

En mérito de lo expuesto en el cuerpo del presente Informe Final, corresponde que la Municipalidad de Iquique adopte las acciones que se indican a continuación, a fin de subsanar las debilidades detectadas; las cuales serán materia de seguimiento por parte de este Organismo de Control. A.:

ASPECTOS DE CONTROL INTERNO En relación a las observaciones señaladas en este acápite, esa entidad en lo que corresponde, deberá realizar las acciones que más adelante se indican, a fin de subsanar las debilidades de control detectadas; teniendo en consideración para ello, la circular N° 37.556, de 2006, este Organismo Contralor, que hizo de obligatoriedad general para los servicios públicos las normas de control interno impartidas en la resolución exenta N° 1.485, de 1996, de esta Contraloría General de la República.:

  1. - Sobre el numeral 1 "Informes de auditoría interna", la Municipalidad de Iquique deberá adoptar las medidas tendientes a realizar mejoras en este aspecto con el fin de mitigar los riesgos por falta de vigilancia de controles con el fin de fortalecer el sistema de control interno, dando así, cumplimiento a lo dispuesto en la citada resolución exenta N° 1.485, de 1996.

  2. - En relación con el numeral 2 sobre la falta de "Manual de procedimientos'', ese municipio deberá implementar manuales que describan claramente la función que deben realizar los funcionarios involucrados, respecto de la materia auditada.:

    Dicho instrumento deberá ser sancionado formalmente mediante decreto alcaldicio.

  3. - Con respecto a los numerales 3 "Resguardo y registro de boletas de garantía" y 4 "Registro boletas de garantía devueltas", el municipio deberá adoptar medidas de control a fin de asegurar un adecuado resguardo y registro de la boletas de garantía caucionadas por dicha entidad y su oportuna devolución al contratista.:

  4. - Sobre el numeral 5 "Falta de revisión exhaustiva de estados de pago", el municipio deberá establecer medidas de control a fin de asegurar una correcta y prolija revisión de los estados de pago de las obras, que permita minimizar los riesgos de pagos indebidos que afecten el patrimonio municipal.

  5. - Tratándose de lo referido en el numeral 6 "Inconsistencia en bases administrativas", la entidad edilicia deberá adoptar las medidas de control pertinentes que aseguren una correcta y prolija elaboración de las bases administrativas.

  6. - Ahora bien, en cuanto al numeral 7 "Incumplimiento de normativa legal aplicable a multas y sanciones", esa autoridad deberá implementar medidas de control que permitan una adecuada supervisión respecto del cumplimiento de la norma jurídica en materia de multa y sanciones a fin de mitigar el riesgo de ocurrencia de una posible pérdida del patrimonio municipal a raíz de la debilidad detectada.:

  7. - Sobre el numeral 8 "Decretos de pago", la entidad edilicia deberá implementar medidas de control en su Unidad de Tesorería Municipal que permita un adecuado resguardo y registro de los decretos de pago a fin de asegurar un fácil acceso e identificación cuando esto sea requerido.

  8. - Con respecto al numeral 9 "Supervisión técnica de obras" la municipalidad deberá establecer las medidas de control correspondientes, para efectuar una mayor fiscalización durante la ejecución de las obras, para que la inspección técnica a cargo, informe oportunamente y registre todos los hechos relevantes en los libros de obras, procurar que cada estado de pago represente la ejecución efectiva de la obra y, además, que las deficiencias constructivas sean reparadas antes de proceder a efectuar la recepción provisoria y/o definitivas de las obras contratadas, velando íntegramente por el cumplimiento de las normas que las regulan. B. EXAMEN DE CUENTAS 9.- En relación a los numerales 1.1, 2.1, 3.2 y 4.2 en relación al pago de partidas globales de las cuatro (4) obras en comento, y en consideración de que...

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