INFORME FINAL 49-14 COORDINACION DE CONCESIONES DIRECCION GENERAL DE OBRAS PUBLICAS MANTENIMIENTO ESTACIONES DE TRANSBORDO TRANSANTIAGO - ENERO 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 562166658

INFORME FINAL 49-14 COORDINACION DE CONCESIONES DIRECCION GENERAL DE OBRAS PUBLICAS MANTENIMIENTO ESTACIONES DE TRANSBORDO TRANSANTIAGO - ENERO 2015

Fecha de Resolución14 de Enero de 2015
EmisorInfraestructura y Regulación
ServicioCOORDINACION DE CONCESIONES
Número de informe49/2014
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Dirección General de Obras Públicas, a través de la Coordinación de Concesiones, ha aportado antecedentes que han permitido subsanar la objeción relacionada con la proposición de multas de la actividad A01 “Aseo rampas y pavimentos del andén”, según lo expuesto en el acápite de “Examen de cuentas”. No obstante lo anterior, se mantienen las siguientes observaciones formuladas en el cuerpo del presente informe, respecto de las cuales ese servicio deberá arbitrar medidas tendientes a subsanarlas, entre ellas:

  1. Proponer las multas fijadas en el numeral 1.9.6.1 cuando se detecte el incumplimiento de la sociedad concesionaria de los estándares establecidos en las bases licitación o los indicadores de estado exigidos en el plan anual de conservación de la infraestructura, tal como se describió en el acápite “Examen de Cuentas”, en razón de las inobservancias detectadas para el periodo de revisión, las que fueron registradas en el numeral 1 del acápite “Examen de la Materia Auditada”, este informe. Al respecto, deberá proponer y aplicar la multa ascendente a 9.300 UTM por los 62 incumplimientos detectados en esta auditoría relacionados con las operaciones A03, A04, A05 y A06, lo que será verificado en una próxima acción de seguimiento.

  2. Dar estricta observancia y promover un eficaz control al cumplimiento de las disposiciones establecidas en las bases de licitación, reglamento de servicio de la obra y programa anual de mantenimiento, en particular, a la ejecución de las operaciones rutinarias A01, A03, A04, A05 y A06, establecidas en el programa anual de conservación, situación que será verificada en futuras auditorías, conforme a lo expuesto en los numerales 1 y 2 del acápite “Examen de la Materia Auditada”. A su vez, la entidad fiscalizada deberá remitir los respaldos que acrediten una mejora al plan anual de conservación del año 2015...

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