INFORME FINAL 39-13 MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO - ADQUISICIONES Y ABASTECIMIENTO - LEY 20.500 - DICIEMBRE 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565136966

INFORME FINAL 39-13 MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO - ADQUISICIONES Y ABASTECIMIENTO - LEY 20.500 - DICIEMBRE 2013

Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2013
EmisorMunicipalidades
ServicioMUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO 
Número de informe39/2013
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Lo Espejo ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar algunas de las siguientes situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 39, de 2013. En efecto las observaciones señaladas en el capítulo I, control interno, numeral 1, falta de publicación del reglamento de organización interna; el capítulo II, examen dé cuentas, numerales 1, letras a), pago de intereses por servicios de consumos básicos; b), pago de intereses por impuestos por contribuciones; y, c), pago de intereses por servicio de franqueo, en lo que dice relación con la contabilización errónea de los desembolsos; 2, gastos sin documentación de respaldo, por el servicio de telefonía fija, celular e internet, por $ 5.715.266.-; 3, gastos insuficientemente acreditados, letras a) y c), servicio de vigilancia para las dependencias municipales e impresión de ejemplares del diario comunal, respectivamente; 5, activo fijo, sobre ubicación de una motobomba, por $ 2.645.370.-; capítulo III, examen de la materia auditada, numeral 1, macroproceso de adquisiciones y abastecimiento, punto 1.1, letras c) y e), relacionadas con la publicación en el portal mercado público de las bases administrativas y técnicas, el decreto alcaldicio sección primera N° 611, de 2010 y los contratos celebrados con las empresas H y H Señalética Ltda., adjudicataria de los servicios de mantención conservación, suministro e instalación de señalética vial, y Automática y Regulación S.A., AUTER, por el servicio de mantención del sistema de control de semáforos de Lo Espejo, respectivamente; letra f), contrato de arrastre, literal f.1), contrato por la adquisición de combustible mediante cupón electrónico; puntos 1.3.4, validaciones del activo fijo; 1.5, requisitos exigidos a los oferentes que no se ajustan a lo dispuesto en los artículos 4° y 6° de la ley N°19.886; y, 1.6, adquisiciones por convenio marco; se dan por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. En lo que se refiere al capítulo II, examen de cuentas, numeral 1, desembolsos improcedentes, letras a), pago de intereses por servicios de consumos básicos, por $ 9.651.502.-; b), pago de intereses por impuestos por contribuciones, por $ 567.721.-; y, c), pago de intereses por servicio de franqueo, por $ 706.955.-, esta Contraloría General formulará el reparo correspondiente por la suma de $ 10.926.178.-, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta repartición. Acerca de los numerales 3, gastos insuficientemente acreditados, letra b), habilitación de dependencias del Juzgado de Policía Local; y 5, activo fijo, relacionado con la ubicación de especies, corresponde que ese municipio acredite el pago de las cotizaciones previsionales de los trabajadores de la empresa Constructora Pino González Ltda., correspondientes al primer de estado de pago, por $ 13.879.586.-, y remita los antecedentes que permitan acreditar la ubicación de los bienes de activo fijos observados, por $ 21.118.029.-, en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR