INFORME FINAL 37-13 MUNICIPALIDAD DE COLINA INICIATIVAS DE INVERSION IMPUTADAS BAJO LA CODIFICACION CONTABLE 215-31-02-004 CON GASTOS EN EL AÑO 2012 - MARZO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565132798

INFORME FINAL 37-13 MUNICIPALIDAD DE COLINA INICIATIVAS DE INVERSION IMPUTADAS BAJO LA CODIFICACION CONTABLE 215-31-02-004 CON GASTOS EN EL AÑO 2012 - MARZO 2014

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2014
EmisorInfraestructura y Regulación
ServicioMUNICIPALIDAD DE COLINA 
Número de informe37/2013
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

La Municipalidad de Colina ha aportado antecedentes que permiten levantar las observaciones descritas en los numerales 3, letra a), y 16 del acápite II “Examen de la Materia Auditada”, relacionadas con la licitación sancionada por decreto alcaldicio N°E-1.964, de 2011, y sobre la recepción definitiva del contrato “Instalación cierre perimetral tramo poniente Parque San Miguel”, respectivamente. A su vez, las argumentaciones vertidas y los antecedentes aportados resultan suficientes para subsanar las objeciones descritas en los numerales 5 y 9, letra b), del acápite II, “Examen de la Materia Auditada”, sobre modificaciones no formalizadas y discordancias entre lo proyectado y lo ejecutado, y falta de control de la inspección técnica y el uso del libro de obras en el contrato “Luminarias diversos sectores de la comuna”, respectivamente. Sin perjuicio de lo anterior, las restantes observaciones se mantienen, debiendo la Municipalidad de Colina arbitrar medidas tendientes a resolverlas y dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que rigen la materia examinada, entre ellas:

  1. Definir procedimientos de control que ofrezcan garantías razonables respecto de las labores realizadas por los inspectores técnicos de obras, de acuerdo a lo señalado en el acápite I, “Aspectos de Control Interno”, sobre falta de supervisión.

  2. Evitar la ocurrencia de errores en la evaluación de las ofertas, al tenor de lo representado en las letras a), b) y c) del numeral 1 del acápite II, “Examen de la Materia Auditada”, sobre irregularidades en las evaluaciones técnicas-económicas de las ofertas.

  3. Ajustarse al procedimiento previsto en los artículos 10 y 49 del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, como también el artículo 9° de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, relativo a la acreditación de la justificación de las contrataciones por trato directo, en razón de lo anotado en el numeral 2 del acápite II, “Examen de la Materia Auditada”, de este informe.

  4. Atenerse a lo prescrito en el artículo 45 del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, a la luz de lo reprochado en el numeral 3, letras a), sobre la falta de justificación de las licitaciones sancionadas por los decretos alcaldicios NosE-1.015 y E-1.313, ambos de 2012, y b), acerca del registro de las invitaciones a licitaciones privadas, del acápite II, “Examen de la Materia Auditada”.

  5. Llevar un control...

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