Informe final 361-16 subsecretaría de transportes - sobre contratos a honorarios - septiembre 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 840029107

Informe final 361-16 subsecretaría de transportes - sobre contratos a honorarios - septiembre 2016

Fecha14 Septiembre 2016
Número de informe361/2016
EmisorAuditoría Administrativa

OBJETIVO

El examen tuvo por finalidad practicar una auditoría y examen de cuentas a los gastos en personal efectuados por la Subsecretaría de Transportes, específicamente los referidos a contratos a honorarios, durante el período comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2015, análisis que, en algunos casos, abarcó meses anteriores y/o posteriores, en cuanto se consideró necesario.
El objetivo de la revisión fue determinar si el proceso enunciado cumple con las normas legales y reglamentarias que lo regulan, si las funciones desempeñadas fueron las acordadas en los respectivos contratos, que éstas no correspondieran a labores habituales de la institución, si los convenios se encontraban debidamente acreditados y contaban con la documentación sustentatoria pertinente; y si estaban correctamente imputados en los registros contables de la entidad auditada. Todo lo anterior, en concordancia con la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República.
Adicionalmente, se examinó el cumplimiento de lo dispuesto en la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, en relación con el tema en estudio, y de la ley N° 20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios.

CONCLUSIONES

Se comprobó por una parte, la existencia de 5 personas contratadas a honorarios que, por la naturaleza de sus funciones constituyen labores habituales y no accidentales de la entidad, y por otra, que 45 convenios suscritos con la institución examinada tenían por finalidad el desarrollo de funciones que, por sus características, constituyen cometidos
específicos, que han pasado a transformarse en una .situación estable dentro de la subsecretaría, dejando de ser transitorias y accidentales, por lo que en ambas situaciones se instruye adoptar las medidas pertinentes con el objeto de evitar la contratación de prestadores a honorarios para la ejecución de labores que, por sus características, constituyan labores habituales, no circunscritas a cometidos específicos, y permanentes en el tiempo.
En relación al cumplimiento de la ley N° 20.730, se verificaron diversos incumplimientos, en la publicación del registro de audiencias, respuestas fuera de plazo a las solicitudes de audiencias, en cuanto a la obligación de remitir el registro de agenda pública al...

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