Informe final 336-19 Municipalidad de arica auditoria subsidios de licencias médicas-julio 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 816772681

Informe final 336-19 Municipalidad de arica auditoria subsidios de licencias médicas-julio 2019

Fecha30 Julio 2019
Número de informe336/2019
EmisorRegional Arica y Parinacota

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por finalidad efectuar un examen de cuentas a la recuperación, reembolso y gestiones de cobro por concepto de licencias médicas en la Municipalidad de Arica, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la ley N°18.196, Normas Complementarias de Administración Financiera, Personal y de Incidencia Presupuestaria, y en el artículo único de la ley N° 19.117, que Establece Normas para la Recuperación por Municipalidades o Corporaciones Empleadoras de sumas correspondientes a Subsidios por Incapacidad Laboral de Funcionarios, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2018.

A su vez, la revisión tuvo por finalidad determinar si los procesos enunciados cumplen con las normas legales y reglamentarias que los regulan, se encuentran debidamente documentados, sus cálculos son exactos y están correctamente imputados en los registros contables. Todo lo anterior, en concordancia con la citada ley N° 10.336.

CONCLUSIONES

Se constató que la Municipalidad de Arica presenta debilidades en el control y gestión de los cobros de los subsidios por incapacidad laboral, sumado a que el manual emitido sobre la materia no considera gestiones de cobranza, lo anterior, se evidenció en el saldo por recuperar que mantiene esa entidad por este concepto, respecto de las licencias médicas emitidas entre los años 2014 y 2018, el cual, al 31 de diciembre de 2018, alcanzó a $ 127.456.905, atendido lo cual, esa municipalidad deberá remitir la documentación que dé cuenta de la recuperación de esa suma, bajo el apercibimiento que, si así no lo hiciere, se formulará el pertinente reparo, de conformidad con los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, sin perjuicio de la aplicación del artículo 116 de ese ordenamiento.

De las validaciones efectuadas a los balances de comprobación y saldos correspondientes a los años 2017 y 2018, en cuanto a la contabilización de los ingresos y los montos a recuperar por concepto de subsidios de licencias médicas por parte de esa entidad, no se determinaron incumplimientos de la normativa emitida por esta Contraloría General, en relación con la materia.

Esa entidad mantuvo registrados en las respectivas conciliaciones bancarias 81 documentos girados y no cobrados por un lapso de 90 y 255 días, respectivamente, antes de ser imputados contablemente como caducados, debiendo acreditar la formalización de las instrucciones anunciadas en su respuesta, así como la implementación de las...

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