INFORME FINAL 33-11 MUNICIPALIDAD DE CHIMBARONGO AUDITORÍA DE TRANSACCIONES - DICIEMBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565325546

INFORME FINAL 33-11 MUNICIPALIDAD DE CHIMBARONGO AUDITORÍA DE TRANSACCIONES - DICIEMBRE 2011

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2011
EmisorRegional Lib. Bernardo O'Higgins
ServicioMUNICIPALIDAD DE CHIMBARONGO 
Número de informe33/2011
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir que la Municipalidad de Chimbarongo, en general, ha calculado correctamente los permisos de circulación y de las patentes CIPA (comerciales, industriales, profesionales y alcoholes) como, asimismo, se han cumplido los requisitos para su otorgamiento y renovación. En cuanto a los gastos, se comprobó que las transacciones, en su mayoría, cumplieron con las disposiciones legales y reglamentarias, y que éstas se encontraban debidamente documentadas, asimismo estaban bien calculadas y que su registro en la contabilidad se había realizado de conformidad a la normativa emanada por esta Entidad Fiscalizadora.:

Sin perjuicio de lo anterior, deberá resolver las siguientes situaciones: En relación al capítulo I. sobre evaluación de control interno, numerales 1, 3, 4, 7 y 11, procede que se adopten las medidas destinadas a corregir las debilidades advertidas. Sobre el capítulo III, examen de cuentas rubro ingresos, numeral 1.1, permisos de circulación, punto 1.1.1 incumplimiento de requisitos para el otorgamiento, letras a y b, municipio deberá exigir de los contribuyentes los requisitos previos, en particular la documentación de respaldo. En lo concerniente a la letra c, de este capítulo, deberá ajustar el procedimiento de otorgamiento a lo dispuesto en el artículo 12 y siguientes del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre rentas municipales, como asimismo a la ley N° 18.290, de Tránsito, las instrucciones que anualmente imparte el Servicio de Impuestos Internos, a través de la respectiva resolución, y lo instruido por este Organismo de Control, con ocasión del proceso anual de renovación de permisos de circulación. A su turno, respecto a lo observado en la letra d, el municipio deberá implementar a la brevedad el nuevo sistema de permiso de circulación adquirido, con el objeto de regularizar las anomalías que presentó el anterior y vigente para el período de la auditoría.:

En relación al numeral 1.1.2, formularios faltantes de permisos de circulación, las eventuales responsabilidades deberán ser investigadas por esa Corporación Edilicia.:

Respecto, del numeral 1.2, patentes municipales, letra b. contribuyentes morosos, ese municipio deberá realizar las gestiones administrativas tendientes a recaudar las contribuciones morosas, para cuyo efecto deberá tener en consideración las normas establecidas en el decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre rentas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR