INFORME FINAL 32-13 MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR AUDITORIA INTEGRAL ALEATORIA - DICIEMBRE 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565137642

INFORME FINAL 32-13 MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR AUDITORIA INTEGRAL ALEATORIA - DICIEMBRE 2013

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2013
EmisorRegional Valparaíso
ServicioMUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR
Número de informe32/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Municipalidad de Viña del Mar ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones No 32, de 2013. No obstante, se mantienen situaciones respecto de las cuales deberá adoptar las medidas correspondientes, a fin de dar estricto cumplimiento al ordenamiento jurídico que regula las materias objeto del análisis, según se indica a continuación:

  1. La municipalidad deberá requerir la autorización a este Organismo Contralor para la apertura y cierre de las cuentas \ corrientes que no registran dicho trámite, como asimismo, confeccionar las conciliaciones de las cuentas que no las poseen, todo ello, en virtud del oficio No 11.629, de 1982, mediante el cual se impartieron instrucciones al sector municipal para el manejo de cuentas bancarias, lo que debe ser regularizado por esa entidad.

  2. Se determinaron deficiencias en el sistema de control de boletas de garantías, relativas a errores de registro y cauciones que no fueron habidas o que el municipio desconoce la situación en que se encuentran, por lo que corresponde se adopten medidas para regularizar dicha situación.

  3. Se determinó la existencia de 40 funcionarios que se encuentran en calidad de subrogantes, cuya permanencia en esa condición varía de entre 18 meses y 31 años, situación que en los casos en que corresponda, debe ser corregida por ese municipio.

  4. Debilidades en el control del cumplimiento de las jornadas laborales ord inarias y extraordinarias de trabajo, con funcionarios que registran reiterados atrasos, otros que a la hora de ingreso al municipio en la mañana tenían su tarjeta de control horaria marcada con varias horas de antelación, algunos que no estaban en sus puestos de trabajo sin haber marcado su salida laboral, a pesar que estaban con horas extraordinarias autorizadas, y tiempo destinado a colación mayor al establecido por la autoridad edilicia, correspondiendo que ese municipio adopte las medidas correctivas para evitar la reiteración de estos hechos, sin perjuicio de las medidas disciplinaria que resulte procedente aplicar como resultado del proceso sumarial que ordenó instruir sobre estos hechos.

  5. Asimismo, de verificó la existencia de funcionarios que tuvieron uno o ningún día de descanso en el mes lo cual no se condice con la jurisprudencia de este Organismo Contralor, por lo que ese municipio deberá velar porque la jornada de trabajo que realicen los funcionarios, se enmarque en la posibilidad real de efectuar adecuadamente las tareas que se encomienden.

  6. No existe un control efectivo del cumplimiento de la jornada laboral del personal, toda vez que se constató que el municipio pagó indebidamente horas extraordinarias de funcionarios que permanecieron con licencia médica o feriado legal, o respecto de quienes trabajaron una cantidad menor de horas que las pagadas, situación que el municipio deberá regularizar, sin perjuicio del resultado de la acción cautelar interpuesta sobre la materia.:

  7. Existencia de planillas electrónicas confeccionadas para el pago de honorarios que no se ingresan...

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