INFORME FINAL 32-11 DIRECCIÓN DEL TRABAJO AUDITORÍA DE TRANSACCIONES - JULIO 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565320462

INFORME FINAL 32-11 DIRECCIÓN DEL TRABAJO AUDITORÍA DE TRANSACCIONES - JULIO 2011

Fecha de Resolución11 de Julio de 2011
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioDIRECCION DEL TRABAJO
Número de informe32/2011
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

La Dirección del Trabajo, ha aportado antecedentes y adoptado medidas tendientes a corregir las observaciones planteadas, sin embargo, se mantienen aquellas respecto de las cuales se deben realizar acciones a fin de dar cabal cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias que las norman, a saber:

  1. Deberá dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, contenido en el decreto supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.:

    En concordancia con lo anterior, deberá revisar los contratos de antigua data con el objeto de someterlos a los procedimientos establecidos y exigir las cauciones respectivas, a fin de cautelar el resguardo de los derechos de la Entidad, según lo estipulado en la citada ley N° 19.886. Sin perjuicio de lo anterior, procede que se arbitren las medidas correspondientes en orden a establecer eventuales responsabilidades administrativas, derivadas de la omisión de acciones conducentes a realizar un nuevo contrato por la adquisición de combustible, de conformidad con la normativa vigente. De igual modo, deberá observar lo establecido en el artículo 57 del aludido decreto supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y en el artículo 18 de la precitada ley N° 19.886, referente a la confección de las ordenes de compras, las que deben reflejar la totalidad del gasto que se esta realizando por un contrato o servicio y no por una fracción de este.

  2. Someter los contratos, según montos y materia, al tramite de toma de razón, acatando lo señalado en la resolución N° 1.600 de 2008, de esta Contraloría General, lo cual resulta esencial para la preservación del Estado de Derecho y el resguardo del patrimonio público, evitando que se Ileguen a producir efectos que puedan lesionar derechos fundamentales de las personas, o que comprometan los recursos públicos.

  3. Establecer los controles necesarios y dictar las instrucciones que sean pertinentes, a fin de que los saldos de las cuentas de activos y de gastos, relativos a los combustibles, sean consistentes con el sistema auxiliar respectivo.

  4. Exigir el cumplimiento de los convenios, aplicando las multas o sanciones, establecidas de manera oportuna, a fin de...

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