Informe final 304-17 servicio de salud metropolitano oriente, auditoría a los contratos de obra julio 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840314942

Informe final 304-17 servicio de salud metropolitano oriente, auditoría a los contratos de obra julio 2017

Fecha10 Julio 2017
Número de informe304/2017
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO La fiscalización tuvo por objeto practicar una auditoría a los contratos de obras financiados por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente, con ejecución entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016.

La finalidad de la revisión fue determinar si la ejecución de los mencionados contratos se ciñó a las disposiciones normativas aplicables, como asimismo, que los gastos efectuados estén debidamente acreditados, comprobando la autorización, valuación, registro contable y existencia de la documentación de respaldo.
CONCLUSIONES Se detectó que las obras asociadas a los contratos fiscalizados no contaron con permisos de edificación, verificándose además que los inmuebles en los cuales se ejecutaron dichas obras, se encontraban en funcionamiento pese a no contar con recepción definitiva por parte de la Dirección de Obras Municipales correspondiente, por lo que se instruyó al servicio velar por que las obras que ejecute en los inmuebles que forman parte de su red asistencial cuenten con los permisos de edificación y las excepciones municipales respectivas con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 116 y 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones -contenida en el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo-, aspectos que serán validados en una futura auditoría. Sin perjuicio de ello, se indicó que esta Entidad de Control deberá instruir un procedimiento disciplinario tendiente a determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios involucrados en los hechos descritos.

La entidad auditada celebró el 26 de diciembre de 2016, un convenio con la Municipalidad de Macul, con el objeto de impulsar la reposición; del CESFAM Félix De Amesti, de esa comuna. En la cláusula cuarta de ese convenio se determinó, que la suma asignada para el cumplimiento de ese propósito ascendería a $700.000.000, y en la cláusula octava, se dispuso que el servicio fiscalizado efectuaría la transferencia de los recursos al citado municipio en dos cuotas: la primera de $420.001.000, y la segunda de $279.999.000. El convenio en comento, fue aprobado mediante resolución N° 552 de 30 de diciembre de 2016, por la Directora(S) del Servicio de Salud Metropolitano Oriente. En su resuelvo N° 2, se consignó que el gasto que demandaría dicho acto administrativo sería imputado con cargo al subtítulo 31, ítem 02, asignación 004 "Obras civiles”, del presupuesto del SSMO. Ahora bien, la
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