INFORME FINAL 29-11 MUNICIPALIDAD DE RIO IBAÑEZ AUDITORIA DE INVERSION EN INFRAESTRUCTURA - DICIEMBRE 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565324890

INFORME FINAL 29-11 MUNICIPALIDAD DE RIO IBAÑEZ AUDITORIA DE INVERSION EN INFRAESTRUCTURA - DICIEMBRE 2011

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2011
EmisorRegional Aysén
ServicioMUNICIPALIDAD DE RIO IBAÑEZ
Número de informe29/2011
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir:

  1. La Municipalidad de Rio Ibáñez deberá iniciar un proceso disciplinario, con el fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas, por el pago de la partida "Permisos", la cual no fue ejecutada, según lo indicado en la observación Administrativa 6), de la obra N°1, debiendo enviar el proceso sumarial a su término para el correspondiente control de juridicidad.

  2. La Municipalidad de Rio Ibáñez deberá tener presente las observaciones que se mantuvieron en el análisis de este Informe Final, y por las cuales esta Contraloría Regional emitió las siguientes instrucciones, cuyo cumplimiento será verificado en próximas visitas que se realicen a esa Entidad: 2.1 Relativo a las observaciones Administrativas 5), de la obra N°1, 3) de las obras N°s 2, 3, 5, 6 y 7 y 4) de la obra N°4, sobre el incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias respecto a la obligatoriedad y oportunidad en que se deben tramitar los permisos de edificación, la Municipalidad de Río Ibáñez deberá regularizar a la brevedad la totalidad de las observaciones realizadas, teniendo presente la normativa legal vigente sobre la materia.:

    Asimismo, en consideración a que según lo dispuesto en el articulo 4 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, a las Secretarías Regionales Ministeriales, les corresponde supervigilar las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas y técnicas sobre construcción y urbanización e interpretar las disposiciones de los instrumentos de planificación territorial, se informara de lo anterior a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Aysén, para su conocimiento y fines legales pertinentes. 2.2 En atención a las observaciones Administrativas 1), de las obras N°s 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, relativas al incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias respecto al use de los sistemas electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública para las licitaciones públicas realizadas por el Servicio, este Órgano Fiscalizador, procederá a comprobar la utilización exclusiva de dichos procedimientos en los futuros proyectos realizados por el Servicio. 2.3 En relación a las observaciones Administrativas 2), de las obras N°s 2. 5 y 6, relativas al incumplimiento de las estipulaciones legales que rigen el contrato en relación al nombramiento de los...

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