Informe final 274-16 subsecretaría de vivienda y urbanismo sobre transferencias de recursos efectuados a los serviu con cargo al subtitulo 33, ítem 03, asignación 001 - diciembre 2016
Fecha | 30 Diciembre 2016 |
Número de informe | 274/2016 |
Emisor | II Contraloría Regional Metropolitana de Santiago |
La fiscalización tuvo por objeto practicar una auditoría a las transferencias de recursos efectuadas por la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo a los distintos SERVIU, entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2015, con cargo al subtítulo 33, ítem 03, asignación 001, "Otras Transferencias a SERVIU".
La finalidad de la revisión fue verificar que tales operaciones cumplan con la normativa financiera, presupuestaria y administrativa que las rige, entre las cuales se encuentran las resoluciones N°s 759, de 2003, y 30, de 2015, de esta Contraloría General, que fijan normas de procedimiento sobre rendición de cuentas, como asimismo, validar .que estén correctamente acreditadas y comprobar su autorización, valuación y la existencia de la documentación de respaldo.
Adicionalmente, se revisó el cumplimiento por parte de ese servicio, de la ley N° 20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios, y del decreto N° 71, de 2014, del Ministerio de Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el reglamento de la citada ley, durante el período comprendido entre el 1 de julio y 31 de diciembre de 2015, acerca de los registros obligatorios y la publicidad de la información.
• Se detectó que la repartición auditada realizó transferencias de recursos a distintos SERVIU que mantenían a lo menos una rendición pendiente por fondos ya otorgados por la misma entidad, infringiendo lo dispuesto en las anotadas resoluciones N°s 759 y 30, de 2003 y 2015. En el futuro deberá abstenerse de entregar nuevos fondos, cuando la rendición anterior se haya hecho exigible y la persona o entidad receptora no hubiese rendido cuenta de la inversión de cualquier monto ya concedido, salvo en casos debidamente calificados y expresamente fundados por la unidad otorgante, aspecto que será corroborado en futuras fiscalizaciones que realice este Organismo de Control. No obstante, esa entidad deberá iniciar un procedimiento disciplinario tendiente a determinarlas eventuales responsabilidades administrativas derivadas de los hechos expuestos.
• La Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo no dio estricto cumplimiento a las citadas resoluciones N°s 759 y 30, de 2003 y .2015, respectivamente, en lo tocante a requerir a los SERVIU el cumplimiento de la oportuna y periódica remisión de los informes de ingresos y gastos de la inversión de las transferencias examinadas, por lo que en lo sucesivo deberá...
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