Informe final 239-18 Municipalidad de punta arenas auditoría al otorgamiento cobro y percepción de los permisos de edificación-julio 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 840027467

Informe final 239-18 Municipalidad de punta arenas auditoría al otorgamiento cobro y percepción de los permisos de edificación-julio 2018

Número de informe239/2018
Fecha11 Julio 2018
EmisorRegional Magallanes

OBJETIVO

Verificar que el otorgamiento, cobro y percepción de los permisos de edificación por parte de la Municipalidad .de Punta Arenas, durante, el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, se hayan ceñido a las disposiciones reglamentarias vigentes.

CONCLUSIONES

• Se determinó que hubo ingresos no percibidos por el municipio por $ 3.986.022, más reajustes, intereses y multas, por la falta de cobranza administrativa establecida en el decreto alcaldicio Nº 2.261, 2003, de esa entidad, por cuanto, ese municipio deberá informar sobre la conclusión de las acciones de cobro en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la fecha de recepción del presente informe, lo que será verificado en seguimiento.
• Se verificó que hubo ingresos no percibidos por el municipio por $ 797.085, correspondiente a un cobro insuficiente de los permisos de edificación, por cuanto, ese municipio deberá informar sobre el resultado de las acciones de cobro en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la fecha de recepción del presente informe, lo que será verificado en la fase de seguimiento.
• Se constató que la entidad edilicia no descontó $ 3.492.607, por concepto de la participación del revisor independiente en un permiso, lo que no se aviene con lo señalado en el artículo 116 bis del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1976, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Dicha devolución deberá ser informada por el municipio, a esta Sede de Control, en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la fecha de recepción del presente informe, lo que será comprobado en la etapa de seguimiento.
• Se evidenció que hubo errores en el cálculo de los derechos municipales, en disconformidad con lo establecido en los artículos 126 y siguientes, del citado decreto con fuerza de ley N° 458, de 1976, los que significaron cobros en exceso a los contribuyentes por $ 1.074.640. La acreditación de la devolución del monto señalado, por parte del municipio a los interesados, deberá ser informada a esta Contraloría Regional dentro del plazo de 60 días hábiles, contado desde la fecha de recepción del presente informe, lo que será verificado en la fase de seguimiento.
• Se detectó que no fueron descontados $ 2.395.166 por concepto de revisión de anteproyecto de permisos de edificación otorgados por ese municipio, en contravención a lo establecido en el inciso final del artículo 5.1.14 del decreto N° 47, de 1992, de la Cartera de Vivienda y Urbanismo, debiendo el municipio...

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