INFORME FINAL 20-13 MUNICIPALIDAD DE CALAMA EXAMEN DE CUENTAS A LOS INGRESOS PERCIBIDOS POR PERMISOS DE CIRCULACION Y LICENCIAS DE CONDUCIR - DICIEMBRE 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565137386

INFORME FINAL 20-13 MUNICIPALIDAD DE CALAMA EXAMEN DE CUENTAS A LOS INGRESOS PERCIBIDOS POR PERMISOS DE CIRCULACION Y LICENCIAS DE CONDUCIR - DICIEMBRE 2013

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2013
EmisorRegional Antofagasta
ServicioMUNICIPALIDAD DE CALAMA
Número de informe20/2013
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, cabe concluir lo siguiente:

  1. La Municipalidad de Calama aportó antecedentes que permitieron subsanar las observaciones contenidas en los numerales 1.2.1 y 1.2.2 del apartado de Examen de Cuentas, referido a los expedientes de permisos de circulación y antecedentes faltantes para la obtención de los mismos. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, la jefatura comunal deberá adoptar las medidas que permitan regularizar lo representado, con apego a las normas legales y reglamentarias aplicables en la especie, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes acciones: CONTROL INTERNO 2. En cuanto a las situaciones descritas en los numerales 1.1, letra a), y 2.1, del apartado I, referidas a la falta de formalización de los manuales de procedimiento de permisos de circulación y de licencias de conducir, respectivamente, la autoridad alcaldicia deberá sancionar la aprobación de dichos instructivos y remitir una copia de los actos administrativos que así lo dispongan, en un plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción del presente documento.

  2. Sobre lo expuesto en los numerales 1.1, letra b), y 2.4 del Capítulo I, referente a la falta de orden y resguardo de la documentación de permisos de circulación y de licencias de conducir otorgadas en años anteriores, respectivamente, la entidad comprometió la adquisición de bienes para el archivo y organización de los antecedentes.

  3. En relación a las observaciones descritas en los numerales 1.2 y 2.2 del acápite I, referidas a falta de control de los folios nulos de permisos de circulación y de licencias de conducir, respectivamente, la jefatura comunal deberá ordenar la implementación de procedimientos periódicos y rutinarios para el control de los formularios de permisos de circulación que son anulados, permitiendo la individualización , inutilización y resguardo físico de la totalidad de documentos que se encuentren en dicha condición, con el objeto de impedir que aquellos sean utilizados de manera irregular.

  4. En cuanto a lo descrito en el numeral 1.3, referido a la recepción del cheque N° 183534, para el pago de un permiso de circulación, la Municipalidad de Calama deberá remitir a este Organismo Fiscalizador, dentro de 30 días hábiles contados desde la recepción del presente informe final, todos los antecedentes que permitan esclarecer las circunstancias en las cuales fue...

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