Informe final 183-2019 sobre auditoria a las excepciones de garantías de oportunidad de la patología vih/sida efectuadas por centros de salud de la red asistencial del servicio de salud metropolitano sur - Doctrina Administrativa - VLEX 818042573

Informe final 183-2019 sobre auditoria a las excepciones de garantías de oportunidad de la patología vih/sida efectuadas por centros de salud de la red asistencial del servicio de salud metropolitano sur

Fecha27 Septiembre 2019
Número de informe183/2019
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO La fiscalización tuvo por objeto practicar una auditoría a los casos exceptuados de garantías de oportunidad de VIH/SIDA, cursados por los centros de salud familiar, en adelante e indistintamente CESFAM Paine, Doctor Carlos Lorca y Pueblo Lo Espejo, todos los cuales forman parte de la red asistencial del SSMS, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 30 de noviembre de 2018.
La finalidad de la revisión consistió en verificar las acciones de supervisión, coordinación y control que el SSMS haya ejercido en relación con las excepciones de garantías de oportunidad, como asimismo, que los centros asistenciales hayan implementado procedimientos de control que les permitan asegurar que, respecto de los casos exceptuados, se haya observado la normativa vigente, incluida la referente al cierre administrativo de los mismos, cuando proceda, examinando también que cuenten con la respectiva documentación de respaldo.
CONCLUSIONES Principales Resultados:
• En relación con las acciones de supervisión, coordinación y control, se verificó que, durante el periodo examinado, el SSMS realizó actividades de monitoreo mensual en los centros de salud familiar de su red asistencial, tales como apoyo en la implementación de la toma muestra de VIH por medio del test visual rápido en Atención Primaria de Salud, APS, y actividades de consolidación y validación de los datos de la red para la construcción de los indicadores VIH, información que se reporta al Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre VIH/SIDA, ONUSIDA, y a la Organización Mundial de la Salud, OMS. Por consiguiente, en virtud de lo señalado, no se generaron observaciones que formular sobre la materia.
• Mediante la resolución exenta N° 413, de 2016, el SSMS creó el denominado “Consejo GES”, con el objeto de definir las estrategias y coordinar las acciones para dar cumplimiento a la ley N° 19.966, que Establece un Régimen de Garantías Explícitas en Salud. Asimismo, a través de la resolución exenta N° 936, de igual año y origen, el servicio de salud asignó funcionarios para el citado consejo, determinando las tareas que les corresponde efectuar, entre otras, mantener un monitoreo permanente del cumplimiento de las garantías explicitas en salud, cuyos resultados se representan en los informes mensuales denominados “Informes de Registro y Cumplimiento GES”, en los cuales se consolida la información de la red asistencial. Por lo tanto, no hay observaciones que formular en este aspecto.
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