INFORME FINAL 149-12 OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA AUDITORÍA EN MATERIAS DE PERSONAL Y REMUNERACIONES - MAYO 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565333918

INFORME FINAL 149-12 OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA AUDITORÍA EN MATERIAS DE PERSONAL Y REMUNERACIONES - MAYO 2013

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2013
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioOFICINA NACIONAL DE EMERGENCIAS
Número de informe149/2012
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

La Oficina Nacional de Emergencia, ha aportado antecedentes y ha iniciado acciones correctivas, las cuales permiten subsanar en parte las observaciones señaladas en el Preinforme de Observaciones N° 149, de 2012. Sin embargo, la mayoría de las situaciones observadas persisten, respecto de las cuales se deberán adoptar, a lo menos, las siguientes medidas cuya efectiva implementación debe ser comunicada a esta Entidad de Control en el término de 60 días hábiles contados desde la recepción del presente informe:

  1. En relación a la observación establecida en el acápite II, examen de cuentas, numeral 2, sobre viáticos en moneda nacional, ese servicio deberá instruir la investigación sumaria solicitada por la falta del acto administrativo que formalizara el traspaso del Fondo Fijo a la funcionaria Urrea Latín.

  2. En lo que concierne al Control Interno y Manual de Procedimientos, la entidad fiscalizada deberá elaborar un documento formal que informe, describa, estandarice y oficialice el funcionamiento de los procesos sobre el recurso humano, con el objeto de apoyar tanto las labores de los actuales funcionarios como de quienes ingresen en el futuro a dicho servicio.

  3. En relación al plan de auditoría, al servicio auditado le corresponde efectuar las auditorias comprometidas para el área de recursos humanos.

  4. Respecto a Ia información administrativa y permiso compensatorio, deberá mantener los datos de los funcionarios en forma Integra y oportuna, de modo que se cumpla con el objetivo de servir para la gestión, control y administración, y que refleje a cabalidad la situación de los funcionarios, cuya responsabilidad le concierne a la División Administrativa, como asimismo, dejar establecido en los vistos de los actos administrativos que autorizan trabajos extraordinarios, por situaciones de emergencia, las razones que existieron para dictarlos con efecto retroactivo.

  5. Ordenar los descuentos respectivos por los errores detectados en el incremento previsional.

  6. Realizar las correcciones pertinentes en el tope imponible para efectos de salud y previsión.

  7. Acerca del acápite viáticos, deberá contabilizar el pago y devengo de estos de acuerdo a lo establecido en los dictámenes N°s 54.900, de 2006, y 60.820, de 2005, de esta Contraloría General, y el decreto N° 1.802, de 2011, del Ministerio de Hacienda.:

    Además, de mejorar los controles aplicados a este proceso con el objeto de establecer con certeza la fecha, duración y el monto entregado a cada...

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