INFORME FINAL 142-12 FISCALÍA NACIONAL ECONÓMICA EXAMEN DE CUENTAS A LAS OPERACIONES DEL SUBTÍTULO 22 Y 29 - FEBRERO 2013
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2013 |
Emisor | Auditoría Administrativa |
Servicio | FISCALIA NACIONAL ECONOMICA |
Número de informe | 142/2012 |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Central |
En mérito de lo expuesto en el presente informe, cabe concluir que la Fiscalía Nacional Económica, ha realizado acciones tendientes a dar solución a las observaciones formuladas, cuya efectividad será verificada en una próxima auditoría a la Entidad. No obstante lo anterior, la Entidad auditada deberá implementar, entre otras, las siguientes medidas:
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Aparcar el vehículo institucional los días de semana fuera de la jornada de trabajo en el lugar que se ha destinado para estos efectos, conforme lo previsto en el artículo 6°, del citado decreto ley N° 799, de 1974, y en las instrucciones impartidas por esta Contraloría General en el oficio circular N° 35.593, de 1995, numeral VII, y en la jurisprudencia contenida en los dictámenes N" 22.232 de 1990 y 37.794 de 1996, ambos de este Organismo de Control.
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Gestionar la excepción en el uso del distintivo fiscal, conforme a lo dispuesto en el artículo 3°, del decreto ley N° 799, de 1974, y en el numeral III, letra B, del oficio circular N° 35.593. de 1995, de esta Contraloría General.
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Incorporar en la bitácora del vehículo, el detalle de los desplazamientos efectuados, y habilitar la hoja de vida del mismo, conforme a lo instruido en el numeral XII, letras f) y g), del precitado oficio circular N° 35.593, de 1995, de esta Contraloría General, respectivamente.
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Llevar el control administrativo de los bienes de uso de acuerdo a lo dispuesto en el oficio circular N° 60.820, de 2005, de esta Contraloría General y en la letra b), de las normas específicas, de la resolución exenta N° 1.485, de 1996, del mismo origen, sobre registro oportuno y adecuado de las transacciones y hechos. Asimismo, conciliar la información de las cuentas de bienes de uso mantenidas en el SIGFE con lo registrado en el sistema informático de activo fijo.
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Elaborar las conciliaciones bancarias en el módulo habilitado para ello en el Sistema de Información para la Gestión Financiera del...
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