INFORME FINAL 115-13 SERVICIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA AUDITORIA INTEGRAL - SEPTIEMBRE-2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565134646

INFORME FINAL 115-13 SERVICIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA AUDITORIA INTEGRAL - SEPTIEMBRE-2014

Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2014
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioSERVICIO DE COOPERACION TECNICA (SERCOTEC)
Número de informe115/2013
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el Servicio de Cooperación Técnica ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las observaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 115, de 2013. Respecto de aquellas que se mantienen, deberá adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que rigen las materias examinadas, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. Presentar los antecedentes que acrediten el lugar en que se encuentran los bienes singularizados en el Anexo N° 1, del presente informe, en cumplimiento de lo señalado en el manual de procedimiento de activo fijo de SERCOTEC y en la resolución N° 8.754-A, de 2011, de ese origen, que encomienda a la Gerencia de Administración y Finanzas asegurar la administración y funcionamiento de los subsistemas internos de gestión correspondientes a esa área, entre otros, el sistema de activo fijo (sección. I, numeral 1.3).

  2. Obtener la rendición de la totalidad de los fondos transferidos a la Asociación Nacional de Organizaciones de Ferias Libres y Afines, para el proyecto denominado "Rediseño de ASOF para un mejor servicio, formación de sus asociados y uso de sus oportunidades", con el objeto de ajustarse a lo previsto en la cláusula tercera, número cuatro, del respectivo convenio, y en el numeral 5.3, de la resolución N° 759, de 2003, de esta Contraloría General, que Fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas (acápite II, numeral 2.8.1).

  3. Requerir a la Dirección de Compras y Contratación Pública la rendición de la totalidad de los fondos transferidos por SERCOTEC en el año 2009, para la ejecución del proyecto denominado "Directorio de Consultores de Fomento", de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.2, de la resolución N° 759, de 2003, ya citada (sección II, numeral 2.1.3, letra a)).

  4. Mantener a disposición de este Organismo Fiscalizador las rendiciones de cuentas presentadas por la Fundación Artesanías de Chile, correspondientes a la totalidad de los recursos transferidos en conformidad a los convenios suscritos en el año 2008, así como las atingentes a los recursos que el servicio transfirió en el año 2012 a los beneficiarios RUT Nos 7.793.XXX-X y 77.657.930-0, de los programas "Iniciativas de Desarrollo de Mercado" y "Capital Semilla Empresa", según lo consignado en el numeral 5.3, de la resolución N° 759, de 2003, antes aludida (acápite II, numerales 2.1.3, letra a), y 2.4.1).

  5. Exigir los reintegros de las sumas pagadas erróneamente por concepto de asignaciones sustitutiva, bonificaciones de previsión y de salud establecidas en las leyes N" 19.185, 18.675 y 18.566, respectivamente, que se enteran al personal regido por el decreto ley N° 249, de 1975, que Fija la Escala Única de Sueldos (acápite II, numeral 3.1).

  6. Calcular el monto a pagar por las horas extraordinarias, en relación al valor que corresponda al mes de su ejecución y determinar aquellas mal enteradas al considerar los minutos trabajados, con el objeto de ajustarse a lo previsto los artículos 31 y 32, del Código del Trabajo, requiriendo en ambos casos, el reintegro pertinente (acápite II, numeral 3.2).

  7. Rectificar el procedimiento de viáticos al extranjero, de modo que estos estipendios se paguen de acuerdo a la escala vigente al momento del viaje, en atención a lo comprometido por la entidad auditada y reliquidar las sumas mal pagadas por este concepto, en conformidad con lo que determina el Ministerio de Relaciones Exteriores anualmente (sección II, numeral 3.3).

  8. Avanzar en la cobranza judicial de los recursos entregados a los beneficiarios RUT Nos 14.033.XXX-X, 7.775.XXX-X, 7.778.XXX-X, 13.711.XXX-X, 11.280.XXX-X, 12.625.XXX-X y 12.808.XXX-X, del programa "Capital Abeja Emprendimiento", para ajustarse a lo dispuesto en el numeral 5.3, de la aludida resolución N° 759, de 2003, de este origen (capítulo II, numeral 2.2.2).

  9. Evitar, en lo sucesivo, incurrir en gastos con motivo de la celebración de las fiestas patrias, los cuales no deben ser solventados con fondos públicos, según lo señala la jurisprudencia de este Organismo de Control emitida sobre la materia, entre otros, en el dictamen N° 71.083, de 2013, toda vez que dichos desembolsos no guardan relación directa con el cumplimiento de los objetivos y fines institucionales (acápite II, numeral 1.2).

  10. Presentar los originales de la documentación que respalda las rendiciones de cuentas de los fondos trasferidos a la Pontificia Universidad de Católica de Chile - Sede Villarrica, para la ejecución del proyecto "Desarrollo Sustentable Cuenca Toltén Sistema Información Territorial", de la línea "Capital Semilla Emprendimiento", así como a las iniciativas denominadas "Tour Virtual Multi Touch Screen" y "Creación de Agencias de Viajes para Hostales de Santiago con Soporte de Software modulares", del Programa Iniciativas de Desarrollo de Mercado, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 55, del decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de la Administración Financiera del Estado, y en la resolución N° 759, de 2003...

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