INFORME FINAL 11-14 CORPORACIÓN MUNICIPAL GABRIEL GONZÁLEZ VIDELA UIDTORÍA AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - SEPTIEMBRE 2014
Fecha de Resolución | 4 de Septiembre de 2014 |
Emisor | Regional Coquimbo |
Servicio | CORPORACION MUNICIPAL DE LA SERENA |
Número de informe | 11/2014 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Corporación Municipal Gabriel González Videla ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N°11, de 2014. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:
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En cuanto a lo señalado en el acápite II, numerales 2.2 y 2.3, referente a recursos gastados y remanentes no utilizados y saldo en cuenta corriente de la corporación, esta Entidad de Control adoptará las medidas que en derecho correspondan, respecto del excedente de $1.937.897.581, por fondos del PIE, los que no se encuentran disponibles en la cuenta corriente del programa.:
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En lo concerniente en la sección II, numeral 5.5, letra b), referente a que las cotizaciones previsionales y de seguridad social de los docentes contratados con fondos del PIE, ascendentes a $613.533.129, esa entidad deberá acreditar el pago efectivo de dichos valores, con el debido detalle y documentación de respaldo. En cuanto a los intereses y multas generados por el atraso en el entero de las cotizaciones previsionales y de seguridad social que se determinen, esta Sede de Control arbitrará las acciones que en derecho correspondan. Asimismo, se remitirán los antecedentes a la Dirección Provincial del Trabajo Coquimbo, para que adopte las medidas pertinentes de los incumplimientos a la aludida ley N°17.322.
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En cuanto a lo indicado en el capítulo II, numeral 5.5, letra a), acerca de que no fueron entregadas las carpetas de 6 profesionales del PIE 2013, ese servicio tendrá que arbitrar las medidas pertinentes con el objeto de contar con los antecedentes de las personas individualizadas en el cuerpo de este informe, dando estricto cumplimiento con el citado oficio N°496, de 2011.
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Frente a lo expuesto en el acápite II, numeral 7.4, referente al Registro de Planificación y Evaluación de Actividades de Curso, ese organismo habrá de completar el referido documento de acuerdo a lo exigido en el instructivo del PIE, arbitrando las medidas pertinentes para asegurar que los profesionales de los distintos planteles municipales que participan del programa en esa comuna, efectúen el llenado de todos los ítems aquí analizados, en concordancia con...
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