Indicaciones a reforma restringen los servicios mínimos y repone negociación por federaciones - 14 de Abril de 2015 - El Mercurio - Noticias - VLEX 565298506

Indicaciones a reforma restringen los servicios mínimos y repone negociación por federaciones

Según fuentes del Ejecutivo, los cambios buscaron primar el equilibrio entre las partes involucradas (trabajadores y empresas) y mantener la consistencia del proyecto con la recuperación de la economía.

Así, se excluyó la negociación por ramas de actividad y la indexación de los salarios al IPC en el caso de los contratos colectivos y se mantuvieron los pactos de adaptabilidad, que la CUT pedía eliminar.

Los cambios propuestos por el Gobierno enfrentaron reparos en todos los sectores, incluyendo a la oposición y la Nueva Mayoría (ver recuadro). De este modo, tanto representantes de los trabajadores, como de los empresarios esperan que el proyecto tenga cambios más relevantes durante su discusión en el Senado.

Esta vez, los perfeccionamientos se concentran en la definición de qué son servicios mínimos, fueros y facultades de la Dirección del Trabajo (DT), entre otros temas.

  1. Servicios mínimos

    En las indicaciones se restringe la definición de qué son los servicios mínimos que se deben mantener en una empresa en caso de huelga, aunque se excluye la posibilidad de que sean "servicios esenciales", como pidieron los parlamentarios de la Nueva Mayoría de acuerdo a la definición de la OIT. En cambio, se determina que ese tipo de servicios sólo atenderán las operaciones "estrictamente necesarias" y que sean para evitar un "daño grave" o irreparable a las instalaciones o infraestructura de la empresa. Adicionalmente, se propuso que la definición de dichos servicios debe ser pactada entre las partes antes del inicio de la negociación colectiva.

    También se establece que la calificación de los servicios mínimos podrá tomar en consideración los requerimientos vinculados al tamaño de la empresa.

  2. Federaciones y confederaciones

    El proyecto que ingresó el gobierno eliminaba la posibilidad de que las confederaciones y federaciones pudieran negociar colectivamente. En las indicaciones eso se repone, pero con carácter voluntario y sólo si es que cuentan con el acuerdo de las empresas involucradas.

  3. Negociación colectiva

    Se establece una serie de normas que buscan hacer el proceso de negociación colectiva más rápido, facilitando la norma sobre la entrega de la respuesta del empleador frente a una propuesta sindical. Si no hay respuesta, el proyecto presentado por el sindicato se entiende como aceptado. También se remplaza la comisión negociadora "laboral" por "sindical", como pedía la CUT.

  4. Fuero sindical

    Se mantiene la norma actual sobre el fuero de...

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